El Servicio de Administración Tributaria (SAT) mantiene su compromiso de fortalecer la recaudación tributaria sin privilegios del pasado y poniendo la tecnología al servicio de las y los contribuyentes, en beneficio de México. Durante el ejercicio 2023 se registraron 668 mil 643 declaraciones de personas morales, es decir, 75 mil más que en el año anterior, lo que representa un incremento de 13 por ciento.
Para el ejercicio 2024, las empresas tienen hasta el 31 de marzo para presentar su declaración. Los requisitos son:
- e.firma activa.
- Contar con un servicio de banca electrónica a través del banco de tu preferencia.
Se sugiere estar al corriente en pagos provisionales y declaraciones de ejercicios anteriores.
Es importante destacar que, si la e.firma está próxima a vencer o tiene menos de un año que venció, se puede renovar en el Portal del SAT en los apartados renovación de e.firma vigente y renovación de e.firma caduca respectivamente: https://www.sat.gob.mx/portal/public/tramites/firma-electronica-avanzada-pm
Para facilitar la presentación de la declaración, se aplicaron algunas mejoras en las que se destacan:
Nuevos campos:
Régimen general
- Devoluciones, descuentos y bonificación el apartado Gastos cuenta con la precarga de los CFDI.
Régimen Simplificado de Confianza (RESICO)
- Nómina deducible de periodos anteriores, dentro del apartado Sueldos, salarios y asimilados a salarios, con el fin de que se capture la nómina acumulada por el periodo de liquidación.
- Devoluciones, descuentos y bonificaciones el apartado Gastos contiene la precarga de los pagos provisionales.
En ambos casos:
- PTU pendiente de aplicar de ejercicios anteriores, con el fin de que se capture el importe cuando se encuentre en periodo de liquidación.
- PTU no deducible dentro del apartado PTU pagada.
- Se conserva la funcionalidad para agregar los remanentes de las pérdidas fiscales de ejercicios anteriores, de 2014 a 2023, en caso de que no se identifiquen como parte de la precarga que realiza el aplicativo.
Importante
Si obtuvieron autorización para aplicar los estímulos fiscales a que hacen referencia los decretos de PODEBI, POINBI o Zona Libre Chetumal durante el ejercicio, deben presentar la declaración anual por los ingresos percibidos dentro de las zonas a que hacen referencia cada uno de ellos en los formularios creados para la declaración anual de estos decretos los cuales, al ser cedulares, deben declararse de manera independiente a los demás ingresos obtenidos fuera de las zonas a las que refieren.
Para mayor información, se encuentran disponibles los medios:
- MarcaSAT 55 627 22 728 desde cualquier parte del país, de lunes a viernes de 9:00 a 18:00 horas, excepto días inhábiles:
- Opción 0: Orientación para la presentación de la Declaración Anual.
- Subopción 1. Orientación para la Declaración Anual de personas morales 2024.
- OrientaSAT disponible en minisitio Declaración Anual empresas y en Chat uno a uno
- Chat uno a uno disponible en el Portal del SAT en la parte inferior derecha o en chat.sat.gob.mx
- Visita el minisitio
Al declarar, cumples con tus obligaciones fiscales y contribuyes al bienestar de México.
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¡Cumplir es muy fácil!
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