Objetivo
Implementado para motivarte al cumplimiento, a través de estructuras amigables que faciliten el pago de tu adeudo fiscal, evitando con ello llegar a requerir o embargar tus bienes, y en general, realizar acciones previstas en ley a través del Procedimiento Administrativo de Ejecución, lo que origina mayores gastos a los ya generados afectando tu historial crediticio debido a que el incumplimiento de las obligaciones fiscales, es reportado a las sociedades de información crediticia.
Canales de comunicación:  A través de las siguientes vías de cobro, establecemos el contacto, comunicamos el adeudo y te facilitamos el proceso, para tu pago con el envío electrónico del formato para pago de contribuciones federales, que contiene la línea de captura, evitando te desplaces a nuestras oficinas. 
  • Cartas- invitación enviadas a los domicilios de los contribuyentes. 
  • Correos electrónicos con o sin formato para pago de contribuciones federales que contiene la línea de captura.
  • Centro Telefónico de Cobranza, donde se invita a regularizar la situación fiscal de contribuyentes con créditos no cubiertos; de igual forma se atienden y tramitan las aclaraciones solicitadas por el deudor, lo que posibilita enviar al contribuyente los formatos necesarios para el pago de sus adeudos.
Ventajas: Entre las principales ventajas se encuentran las siguientes:
  1. No produce costos adicionales para los contribuyentes.

  2. Logra mayor acercamiento con los contribuyentes que tienen adeudos fiscales y, empatía con sus necesidades particulares.

  3. Agiliza y facilita el procedimiento para el pago de los créditos.

  4. Acerca y facilita la atención telefónica a los contribuyentes.
Verifica la carta invitación o llamada telefónica recibida 
Esta validación y consulta también puede realizarse a través del Centro Telefónico de Cobranza, disponible de lunes a viernes de 8:00 a 18:30 horas, a través de MarcaSAT 55 627 22 728, opción 9, seguida de opción 1.
  1. Cartas con formato para pago . Consulta por el número de control impreso en el documento, la autenticidad de una carta.
  2. Cartas-invitación. Consulta por el número de control impreso en el documento, la autenticidad de una carta-invitación.

  3. Correos electrónicos. Consulta por el número de control impreso en el documento, la autenticidad de un correo electrónico.

  4. Contacto telefónico. Consulta por tu número telefónico si el SAT lo tiene registrado: indica el número de 10 dígitos para confirmar si ha sido marcado por agentes del Centro Telefónico de Cobranza

  5. Reproducción de mensajes telefónicos cortos al teléfono del contribuyente. Consulta por tu número telefónico si el SAT lo tiene registrado: indique el número a 10 dígitos para confirmar si ha emitido un mensaje telefónico pregrabado. Si deseas realizar la verificación por internet, utiliza la herramienta: Verifica la carta invitación o llamada telefónica recibida.

Se describen las acciones de cobro persuasivo, realizadas durante los últimos seis meses de ​​2020 y 2021: 

Comunicado

may-21

abr-21

mar-21

feb-21

ene-21

dic-20

Cartas

0

2,810

2,698

2,664

1,183

3,330

Llamadas del SAT

7,459

7,714

9,437

9,734

8,472

16,786

Mensajes telefónicos pregrabados

0

0

0

0

0

0

Correos electrónicos

12,325

7,946

22,815

26,286

7,424

6,467

Mensajes en Buzón Tributario

8,496

7,615

11,347

36,164

7,469

4,716

Centro telefónico de cobranza
Para cualquier aclaración o comentarios referentes a esta forma de cobro, ponemos a su disposición el Centro Telefónico de Cobranza, disponible de lunes a viernes de 8:00 a 18:30 horas, a través de MarcaSAT  55 627 22 728, opción 9, seguida de opción 1. Su llamada será atendida por personal especializado para resolver cualquier duda sobre sus adeudos, el contenido y autenticidad de las cartas-invitación, correos electrónicos, llamadas telefónicas, mensajes, así como de situaciones relacionadas con el Buró de Crédito. El SAT atiende consultas, reportes, y cualquier situación relacionada con los adeudos; el servicio es proporcionado a través de agentes telefónicos identificables para servicio de los contribuyentes, debiendo ser otorgado con respeto y cordialidad. Cualquier anomalía podrá ser reportada al correo electrónico cobranza@sat.gob.mx .

Publicaciones. Aviso
 Ahora contamos con un micrositio de cobranza de adeudos fiscales, donde encontrarás información relacionada con facilidades de pago, recuperación de bienes embargados, pasos para garantizar un crédito fiscal, cómo atender una notificación y otros temas relacionados con adeudos fiscales. Para ingresar da clic aquí

Fundamento legal: Artículos 1, 2, 3, 4,  7, fracciones I y XVIII, y 8, fracción III, de la Ley del Servicio de Administración Tributaria, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 15 de diciembre de 1995, en vigor a partir del 1 de julio de 1997, y modificada mediante Decretos publicados en el mismo órgano oficial de difusión el 4 de enero de 1999, 12 de junio de 2003, 6 de mayo de 2009, 9 de abril de 2012 y 17 de diciembre de 2015, vigentes a partir del día siguiente de su publicación; artículos 2, párrafo primero apartado B, fracción I, inciso f), y párrafo segundo,  5, primer párrafo; 11, 12, 16, fracciones XXV y XL , tercer párrafo, numeral 6, con relación al 17, apartado F, Primero, Segundo y Tercero Transitorios, todos del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de agosto de 2015, que inició su vigencia en un plazo de noventa días naturales siguientes a su publicación en el mencionado órgano de difusión, esto es el 22 de noviembre de 2015, de conformidad con el Transitorio Primero, párrafo primero, salvo lo dispuesto en sus fracciones I, II y III del citado Transitorio del Reglamento.