En 2001, un grupo de especialistas en salud, de la Secretaría de Salud, el IMSS, el ISSSTE, académicos y organismos no gubernamentales, entre otros, en conjunto con la Comisión Nacional de Arbitraje Médico, se dio a la tarea de crear un decálogo de derechos de los pacientes tendiente a garantizar el derecho a la salud de las personas que requieren atención médica y hospitalaria, partiendo de los derechos humanos internacionalmente reconocidos y recogidos en diversos artículos de la Ley General de Salud y el  Reglamento de la Ley General de Salud en materia de prestación de servicios de atención médica.

En 2003, con la reforma a la Ley General de Salud, el decálogo de derechos se incorporó al Título Tercero bis de la Ley como parte de los Derechos y Obligaciones de los Beneficiarios.

Hay que recordar que los derechos humanos –reconocidos plenamente por nuestra Constitución en 2011- son indivisibles e interdependientes entre sí, por el ello el Derecho a la Salud tiene que ser visto en su relación con el derecho a la no discriminación, entre otros, y que el Estado tiene el deber de promoverlos, respetarlos, protegerlos y garantizarlos.

A continuación, presentamos los derechos generales de los pacientes, producto de un gran consenso nacional, en algunas de las lenguas indígenas más habladas del país.

 

 

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RESPONSABLE DE LA INFORMACIÓN: DIRECCIÓN GENERAL DE GESTIÓN DE SERVICIOS DE SALUD

FECHA DE ACTUALIZACIÓN: 05/11/19