Todas las niñas, niños y adolescentes en nuestro país son sujetos de Derechos previstos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los tratados internacionales y en las demás leyes aplicables, esencialmente en la Convención sobre los Derechos del Niño(a) y en la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes (publicada el 4 de diciembre de 2014).

Entre ellos se incluye su derecho a la salud, que es fundamental porque son seres vulnerables, más expuestos a enfermedades. El proteger la salud de las niñas y niños, permitirá que aprendan, jueguen y se relacionen adecuadamente, favoreciendo su desarrollo físico, psicológico y social. Por ello, se les debe garantizar el acceso a servicios médicos, vacunas, medicamentos, buena alimentación y a ser siempre atendidos con prioridad, cuando lo necesiten.

Las niñas y los niños afiliados al Sistema de Protección Social en Salud están protegidos de los principales padecimientos que se manifiestan durante los primeros años de vida, pero sobre todo en el primer mes de vida, a través del Programa Seguro Médico Siglo XXI que ofrece cobertura a niñas y niños menores de 5 años de edad.

El Programa Seguro Médico Siglo XXI (SMSXXI) tiene el objetivo de facilitar el acceso a los servicios de salud y contribuir a disminuir el empobrecimiento causado por problemas de salud, financia acciones de atención hospitalaria y de alta especialidad (intervenciones) que no están contempladas en el Fondo de Protección Contra Gastos Catastróficos (FPGC) y son complementarias a las intervenciones que ya son cubiertas a los menores de cinco años de edad del Catálogo Universal de Servicios de Salud (CAUSES). Estas patologías son cubiertas mediante acciones de prevención, diagnóstico y tratamiento.

Cubre las principales causas de morbilidad y mortalidad reportados en los menores de 5 años, población vulnerable sin seguridad social, que de otra forma no estaría en posibilidades de cubrir los costos de estas patologías, ya que generan un alto gasto de bolsillo a las familias de bajos recursos, porque en su mayoría son atendidas en hospitalización de segundo y tercer nivel de atención.

De manera adicional, con recursos del Programa SMSXXI se financian apoyos económicos con el objetivo de detectar y prevenir alteraciones en el desarrollo de la población beneficiaria menor de 5 años, a través de tamizaje metabólico, tamizaje auditivo y tamizaje del desarrollo infantil con lo que se evitan discapacidades en este grupo poblacional.

Los Sistemas Nacional y estatales de Salud reforzamos nuestro compromiso de garantizar el pleno cumplimiento del derecho a la salud atendiendo al interés superior de la niñez, la igualdad sustantiva y la no discriminación.

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Fuentes:

Secretaría de Salud

Comisión Nacional de Protección Social en Salud

https://www.humanium.org

 http://www.cndh.org.mx/