En el último semestre se logró reducir 25 por ciento la mortalidad por accidentes automovilísticos en el Estado de México, como resultado de las medidas se regulación sanitaria que ha llevado a cabo la Secretaría de Salud mexiquense, mediante la Comisión para la Protección contra Riesgos Sanitarios de esta entidad.

 

Dio a conocer lo anterior el secretario de Salud del Estado de México, César Nomar Gómez Monge, en conferencia de prensa, donde añadió que esa disminución en la tasa de accidentes es resultado de las innovaciones legales al respecto, entre las que destacan la modificación de horarios de venta de bebidas alcohólicas al consumo inmediato y al copeo hasta las 02:00 horas, con lo cual los bares, centros de entretenimiento o discotecas no podrán vender alcohol después de esa hora.

 

Asimismo, se restringió el horario de venta de bebidas alcohólicas en botellas cerradas hasta las 22:00 horas de lunes a sábado, y a las 17:00 horas los domingos en tiendas de conveniencia y centros comerciales.

 

El propósito, es que los jóvenes disminuyan el consumo de bebidas alcohólicas,  evitar la delincuencia afuera de esos establecimientos y mejorar la seguridad hacia la población.

 

Y es que de acuerdo con el Observatorio de Alcohol, Tabaco y Otras Drogas, en 2011 25 por ciento de los estudiantes, sobre todo en el nivel bachillerato, consumía bebidas alcohólicas en exceso.

 

En el auditorio “Miguel E. Bustamante” de la Secretaría de Salud, el titular de Salud estatal explicó las acciones que se han desarrollado, como la modificación del Código Administrativo del Estado de México.

 

Dicho Código determina que los establecimientos que deseen vender bebidas alcohólicas para consumo inmediato deben contar con un Dictamen de Factibilidad de Impacto Sanitario que otorga el Consejo Rector de Impacto Sanitario. Después de obtenido este requisito, el establecimiento podrá solicitar el permiso de funcionamiento en el municipio.

 

Detalló que esta medida se tomó para tener mejor control de la calidad de alimentos, vigilar que no se venda alcohol adulterado, alcohol a menores de edad o sustancias prohibidas, además, que se cumpla la Ley General para el Control del Tabaco.

 

Se capacitó a más de 700 servidores públicos municipales, a 500 empresarios de las distintas cámaras de la industria restaurantera, de bares y centros de entretenimiento, a fin de informarles del dictamen y la normatividad.

 

Se incrementó de 300 a 500 metros, la distancia que debe haber entre los establecimientos que venden bebidas alcohólicas para consumo inmediato y escuelas, centros deportivos o de salud.

 

Se establecieron multas y penalidades que van de mil 500 a cuatro mil días de salario mínimo vigente y clausura a los dueños de establecimientos que incumplan con la normatividad.

 

En el segundo semestre de 2013 se hicieron 504 verificaciones con los instrumentos legales, dando como resultado la suspensión de 465 establecimientos. En 2014 se han realizado 320 revisiones con la suspensión de 180 establecimientos, es decir, poco más de 600 lugares no reabrirán.

 

Al referirse a la verificación sanitaria de hospitales y clínicas obstétricas, informó que se han realizado 20 revisiones, que dio como resultado la suspensión de seis clínicas por negligencia médica.

 

Finalmente, comentó que también se clausuraron 14 centros de spa y clínicas de belleza, por no cumplir con la normatividad y regulación sanitaria; 33 tiendas de conveniencia por no cumplir el reglamento para venta de bebidas alcohólicas; se suspendieron dos consultorios anexos a farmacias por no contar con médico titulado y se clausuraron cinco cafeterías en universidades por no contar con las medidas de higiene adecuada y vender alimentos caducos, así como 9 rastros.