Con el fin de evitar la automedicación y prevenir riesgos a la salud de la población, la Secretaría de Salud, a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS), envío hoy a las asociaciones y cadenas de farmacias una circular en la que advierte que los antivirales para la influenza Oseltamivir (Tamiflú) y Zanamivir (Relenza) deben venderse sólo con receta médica.

 

Además del aviso, los verificadores sanitarios intensificaron este miércoles la vigilancia de farmacias, boticas y droguerías, para constatar el cumplimiento de la legislación, ya que ambos antivirales están clasificados en la fracción IV de la Ley General de Salud, la cual establece que este tipo de fármacos, al igual que los antibióticos, deben dispensarse única y exclusivamente contra la exhibición de la receta médica correspondiente.

 

Paralelamente, la COFEPRIS envío la circular a las secretarías de salud de las 32 entidades federativas, con el objetivo de que promuevan y revisen el cumplimiento de la normatividad en las farmacias.

 

En la circular, la autoridad sanitaria advierte que multará o incluso suspenderá a las farmacias o boticas que sean sorprendidas vendiendo antivirales prescritos para el tratamiento de la influenza AH1N1 sin solicitar receta médica al paciente.

 

La venta de ambos antivirales está condicionada a la exhibición de la receta médica en todo el país, ya que así lo estipula también el “Acuerdo por el que se determinan los lineamientos a los que estará sujeta la venta y dispensación de antibióticos”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de mayo de 2010.

 

La COFEPRIS exhorta finalmente a los farmacéuticos a revisar y observar las recomendaciones contenidas en la “Guía de Buenas Prácticas Sanitarias