REQUISITOS PARA APERTURA DE EXPEDIENTE 

El día que se presente para su cita de valoración al Instituto Nacional de Perinatología Isidro Espinosa de los Reyes, tiene que traer como requisitos indispensables en original y copia la siguiente documentación: 

  1. Acta de nacimiento, Clave Única de Registro de Población (CURP) e identificación oficial vigente (con nombre, fotografía y firma) de la paciente, esposo, pareja o de quien dependa económicamente: credencial de elector, cédula profesional, cartilla del servicio militar, certificado de matrícula consular (extranjeros), pasaporte o constancia de identidad (en situación de menor de edad y casos de excepción en adultas/os). Aun cuando la paciente y/o esposo o pareja sean menores de edad y estén desempleados, deberán presentar la documentación requerida. 
     
  2. Dos fotografías tamaño infantil de la paciente y del esposo o persona responsable, para el carnet de citas. 
     
  3. Constancia electrónica de no afiliación al IMSS, para lo cual deberá acceder a la página: https://serviciosdigitales.imss.gob.mx , o en formato impreso para ser llenado con nombre y fecha de nacimiento tanto de la paciente como del esposo o pareja (aun cuando se encuentren desempleados); para el trámite deberá de acudir a las direcciones indicadas en el formato proporcionado por el Instituto presentando: identificación, acta de nacimiento y comprobante de domicilio. Si la paciente reside en algún Estado de la República, podrá acudir a realizar el trámite en la Delegación del IMSS del Estado donde radica. Deberá verificar que los datos que aparecen en el formato sean correctos, además del sello y firma de quien le atendió. 
     
  4. Constancia electrónica de no afiliación al ISSSTE, la cual podrá descargar de la siguiente liga: https://oficinavirtual.issste.gob.mx 
     
  5. Toda paciente sin seguridad social y/ póliza de gastos médicos mayores, podrá presentar Póliza de Seguro Popular vigente como titular o integrante dentro del núcleo familiar, exceptuando aquellos casos en los que la beneficiaria es “titular no beneficiaria” con la finalidad de evaluar si la patología que presenta se encuentra incluida en la oferta de servicios vigente del Convenio de Compensación Económica para Hospitales Federales del Seguro Popular. De no presentar dicho documento, deberá dejar un depósito económico, el cual dependerá de la complejidad de atención especializada que requiera, previa valoración del área de Seguro Popular INPer, quienes serán las únicas personas facultadas para informar los requisitos de cobertura. 

Así como, también deberá presentar: 

1. Comprobante de domicilio actual (boleta predial, recibo de teléfono o agua), de no contar con comprobante oficial, puede tramitar una constancia de residencia en su Delegación Política o en su Municipio. 

2. Comprobante de ingresos o Constancia oficial de empleo, tanto de la persona que solicita los servicios como del esposo o pareja. Ejemplo: último recibo de nómina, carta oficial expedida por la Empresa o Institución en donde labora, última declaración de ingresos ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Si no contara con ninguna de éstas, deberá tramitar estudio socioeconómico o carta “bajo protesta de decir verdad” en la Delegación o Municipio correspondiente. 

3. Constancia de situación civil. Ejemplo: Acta de Matrimonio o en caso de no estar casada, “Constancia de Hechos” que se tramita ante Juez Cívico, Familiar o Calificador de la Delegación o Municipio correspondiente a su domicilio. En caso de ser divorciada, presentar Acta de Divorcio y si es viuda Certificado de Defunción. 

4. En caso de pagar renta, deberá presentar el recibo a nombre de la paciente y/o el esposo o pareja. 

Si necesita saber cómo llenar los formatos o tiene alguna duda, estamos para servirle en el teléfono: 01 (55) 5520 9900 extensiones: 118 ó 127 Departamento de Trabajo Social. 

El que presente sus documentos, no quiere decir que el Instituto está obligado a otorgarle el servicio, únicamente es para agilizar el trámite en caso de ser aceptada. La información que usted proporcione, será sujeta a verificación y en caso de no ser verdadera se procederá de las maneras legales correspondientes. La alteración de los documentos solicitados, será motivo de cancelación del servicio. 

Nota: en caso de ser aceptada como paciente del INPer y con la finalidad de atenderle de manera inmediata, es necesario, que prevea traer como mínimo la cantidad de $ 500.00 para iniciar los procedimientos correspondientes a la atención de su padecimiento. Es importante mencionar que los cobros realizados varían de acuerdo al nivel socioeconómico que le sea asignado. 

A T E N T A M E N T E 

DEPARTAMENTO DE CONSULTA EXTERNA 

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