Cincuenta años atrás, en 1968, el mundo enfrentaba importantes cambios sociales. Diversos países vieron nacer movimientos estudiantiles que marcarían la historia: de Estados Unidos a Japón, pasando por Francia y, por supuesto, México.

En mayo de ese mismo año, la Organización de las Naciones Unidas celebró en la ciudad de Teherán, la primera Conferencia Internacional sobre Derechos Humanos, con el objetivo de examinar los progresos después de 20 años de la Declaración Universal de Derechos Humanos.

En el acta final de la Conferencia se declaró, por primera vez en la historia, a la planificación como un derecho humano. El texto versaba: "Los padres tienen el derecho humano básico de determinar libremente el número de sus hijos y los intervalos entre los nacimientos".

A raíz de esta declaración, comenzó a tomarse consciencia sobre la importancia del derecho de los padres a elegir la frecuencia de nacimientos e incluso el derecho a no tenerlos.

En el país en enero de 1974, se publicó la Ley General de Población y se anunció la creación del Consejo Nacional de Población. A finales del mismo año, al artículo 4to de la Constitución Mexicana se le añadió un párrafo que sentaría las bases de la planeación familiar: "Toda persona tiene derecho a decidir de manera libre, responsable e informada sobre el número y el espaciamiento de sus hijos".

Con estos antecedentes, las instituciones gubernamentales comenzaron el diseño de políticas públicas en materia de planificación familiar y anticoncepción, coincidiendo con el momento histórico en que México alcanzó los niveles más altos de fecundidad y crecimiento de la población.

Para 1977, junto con el Plan Nacional de Planificación Familiar se lanzó el Programa Nacional de Educación Sexual, encaminado a que las personas y familias tomaran decisiones libres, responsables e informadas sobre la reproducción.

Los primeros programas de planificación familiar se orientaron a reducir las tasas de fecundidad y el crecimiento de la población. Actualmente, la concepción de la planificación familiar no sólo la concibe como un derecho humano, también reconoce en su ejercicio la posibilidad de acceder a otros derechos como el de la salud, la educación y el disfrute de una mejor calidad de vida.

Bajo este planteamiento, la Secretaría de Salud estableció el Programa de Acción Específico. Planificación Familiar y Anticoncepción. 2013-2018, el cual plantea tres objetivos: 1) incrementar el acceso efectivo a servicios y mejorar la calidad de la atención en planificación familiar y anticoncepción; 2) atender las necesidades específicas de planificación familiar y anticoncepción de la población, particularmente en grupos en situación de desventaja social, y 3) incentivar la paternidad activa y elegida y la responsabilidad del hombre en la planificación familiar y la anticoncepción.

Este año, la Organización de las Naciones Unidas celebra 50 años de la Declaración de Teherán, en el marco del Día Mundial de la Población 2018 y propone nueve estándares para ejercer el derecho humano a la planificación familiar:

  1. Sin discriminación
  2. Disponibilidad
  3. Accesibilidad
  4. Aceptabilidad
  5. Calidad
  6. Toma de decisiones
  7. Privacidad y confidencialidad
  8. Participación
  9. Responsabilidad

Fuentes e información relacionada

  • UNFPA, Family planning is a human right.
  • ONU, Día Mundial de la Población.
  • Programa de Acción Específico. Planificación Familiar y Anticoncepción. 2013-2018.
  •  Diario Oficial de la Federación, 31 de diciembre de 1974.
  • ACNUR, Proclamación de Teherán.

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