Nuevo Etiquetado Frontal Nutrimental

A partir del 30 de junio del 2015 todos los alimentos y bebidas no alcohólicas deberán contar con el etiquetado frontal nutrimental, el cual consiste en la obligación de señalar el contenido de la "Grasa saturada", "Otras grasas", "Azúcares totales", "Sodio" y "Energía".

Secretaría de Salud | 02 de febrero de 2016

Para conocer los productos exentos a declarar el etiquetado descarga el MANUAL DE ETIQUETADO FRONTAL NUTRIMENTAL, donde conocerás los productos exentos de declarar el etiquetado frontal nutrimental los cuales podrán utilizarlo siempre y cuando cumplan con la normatividad correspondiente.

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