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Realiza una queja y/o denuncia en materia de contrataciones públicas

Cómo realizar una queja y/o denuncia en materia de contrataciones públicas

Centro Nacional para la Salud de la Infancia y Adolescencia | 11 de octubre de 2017
Cómo hacer una queja o denuncia en materia de contrataciones públicas Cómo hacer una queja o denuncia en materia de contrataciones públicas

Autoridades ante las cuales se puede presentar la queja o denuncia.

1. Secretaria de la Función Pública

Información y requisitos en la siguiente liga:

http://www.funcionpublica.gob.mx/index.php/transparencia/transparencia-focalizada/mecanismos-parapresentar- quejas-y-denuncias.html

2. Área de Quejas del Órgano Interno de Control en la Secretaría de Salud.

A. Las quejas o denuncias deberán reunir los siguientes requisitos:

  • Los da tos del quejoso o denunciante en donde pueda ser localizado (opcional).
  • Datos de identificación del servidor público involucrado, de contar con ellos.
  • Narración de los hechos (indicando el cómo, cuándo y dónde); y
  • En su caso, las pruebas que pueda aportar.

B. Usted podrá presentar su queja o denuncia a través de cualquiera de los siguientes medios:

  • De manera personal o por escrito en Insurgentes Sur No. 1685, 10° piso, Col. Guadalupe Inn, Delegación Álvaro Obregón, C. P. 01020, México D. F., de lunes a viernes de las 09:00 a las 15:00 horas.
  • Por vía telefónica al número 2000-3123, de lunes a viernes de las 09:00 a las 18:00 horas.
  • Por correo electrónico a la dirección: atencionciudadanaoic@salud.gob.mx 

3. Sanciones.

Al respecto, se informa lo siguiente:

A. La Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas; la Ley Federal Anticorrupción en Contrataciones Públicas; y, la Ley de Asociación Público Privadas, establecen las siguientes sanciones a licitantes y proveedores, de acuerdo a la gravedad de la falta y a circunstancias precisadas en cada una de dichas disposiciones normativas:

  • Multa.
  • Inhabilitación.

B. De acuerdo al artículo 13 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, sanciones por falta administrativa a servidores públicos consistirán en:

  • Amonestación privada o pública.
  • Suspensión del empleo, cargo o comisión por un período no menor de tres días ni mayor a un año.
  • Destitución del puesto.
  • Sanción económica.
  • Inhabilitación temporal para desempeñar empleos, cargos o comisiones en el servicio público.

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