BIEN COMÚN

Todas las decisiones y acciones de la y el servidor público deben estar dirigidas a la satisfacción de las necesidades e intereses de la sociedad, por encima de intereses particulares ajenos al bienestar de la colectividad. El y la servidora pública no deben permitir que influyan en sus juicios y conducta, intereses que puedan perjudicar o beneficiar a personas o grupos en detrimento del bienestar de la sociedad.

El compromiso con el bien común implica que el y la servidora pública estén conscientes de que el servicio público es un patrimonio que pertenece a todos los mexicanos/as y que representa una misión que sólo adquiere legitimidad cuando busca satisfacer las demandas sociales y no cuando se persiguen beneficios individuales.

INTEGRIDAD

La y el servidor público deben actuar con honestidad, atendiendo siempre a la verdad.

Conduciéndose de esta manera, los/as servidores/as públicas fomentarán la credibilidad de la sociedad en las instituciones públicas y contribuirán a generar una cultura de confianza y de apego a la verdad.

HONRADEZ

El y la servidora pública no deberán utilizar su cargo público para obtener algún provecho o ventaja personal o a favor de terceros.

Tampoco deberá buscar o aceptar compensaciones o prestaciones de cualquier persona u organización que puedan comprometer su desempeño como servidor o servidora público/a.

IMPARCIALIDAD

El y la servidora pública actuará sin conceder preferencias o privilegios indebidos a organización o persona alguna.

Su compromiso es tomar decisiones y ejercer sus funciones de manera objetiva, sin prejuicios personales y sin permitir la influencia indebida de otras personas.

JUSTICIA

El y la servidora pública deben conducirse invariablemente con apego a las normas jurídicas inherentes a la función que desempeña. Respetar el Estado de Derecho es una responsabilidad que, más que nadie, debe asumir y cumplir el y la servidora pública.

Para ello, es su obligación conocer, cumplir y hacer cumplir las disposiciones jurídicas que regulen el ejercicio de sus funciones.

TRANSPARENCIA

La y el servidor público deberá permitir y garantizar el acceso a la información gubernamental, sin más límite que el que imponga el interés público y los derechos de privacidad de los particulares establecidos por la Ley.

La transparencia en el servicio público también implica que el y la servidora pública hagan un uso responsable y claro de los recursos públicos, eliminando cualquier discrecionalidad indebida en su aplicación.

RENDICIÓN DE CUENTAS

Para el y la servidora pública rendir cuentas significa asumir plenamente ante la sociedad, la responsabilidad de desempeñar sus funciones en forma adecuada y sujetarse a la evaluación de la propia sociedad.

Ello le obliga a realizar sus funciones con eficacia y calidad, así como a contar permanentemente con la disposición para desarrollar procesos de mejora continua, de modernización y de optimización de recursos públicos.

ENTORNO CULTURAL Y ECOLÓGICO

Al realizar sus actividades, el y la servidora pública deben evitar la afectación de nuestro patrimonio cultural y del ecosistema donde vivimos, asumiendo una férrea voluntad de respeto, defensa y preservación de la cultura y del medio ambiente de nuestro país, que se refleje en sus decisiones y actos.

Nuestra cultura y el entorno ambiental son nuestro principal legado para las generaciones futuras, por lo que los servidores/as públicos/as también tienen la responsabilidad de promover en la sociedad su protección y conservación.

GENEROSIDAD

El y la servidora pública deberán conducirse con una actitud sensible y solidaria, de respeto y apoyo hacia la sociedad y los/as servidores/as públicas con quienes interactúan.

Esta conducta debe ofrecerse con especial atención hacia las personas o grupos sociales que carecen de los elementos suficientes para alcanzar su desarrollo integral, como las personas adultas mayores, la niñez, las personas con capacidades especiales, los integrantes de nuestras etnias y quienes menos tienen.

IGUALDAD

El y la servidora pública deberán prestar los servicios que se le han encomendado a la sociedad en general, que tengan derecho a recibirlos, sin importar su sexo, edad, raza, nacionalidad, credo, religión o preferencia política.

No deben permitir que influyan en su actuación, circunstancias ajenas que propicien el incumplimiento de la responsabilidad que tienen para brindar a quien le corresponde los servicios públicos a su cargo.

RESPETO

La y el servidor/a público/a deben dar a las personas un trato digno, cortés, cordial y tolerante.

Están obligadas/os a reconocer y considerar en todo momento los derechos, libertades y cualidades inherentes a la condición humana.

LIDERAZGO

El y la servidor/a público/a deben convertirse en un decidido promotor/a de valores y principios en la sociedad, partiendo de su ejemplo personal al aplicar cabalmente en el desempeño de su cargo público este Código de Ética y el Código de Conducta de la Institución Pública a la que esté adscrito.

El liderazgo también deben asumirlo dentro de la Institución Pública en que se desempeñen, fomentando aquellas conductas que promuevan una cultura ética y de calidad en el servicio público. El servidor público y la servidora pública tienen una responsabilidad especial, ya que a través de su actitud, actuación y desempeño se construye la confianza de la ciudadanía en sus instituciones.