Dirección de Sistemas Gerenciales.

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RECTORÍA EN SALUD

Según la OMS la rectoría en salud es la capacidad del gobierno para formular políticas de salud, coordinar los actores del sistema, regular y supervisar el cumplimiento de dichas políticas[1]. La OPS agrega entre las funciones de rectoría la planificación y evaluación del sistema de salud[2]. Por su parte, el Banco Mundial señala que la rectoría es una función clave del gobierno para garantizar un sistema de salud efectivo y equitativo[3].

En ese sentido, la Dirección General de Planeación y Desarrollo en Salud ha desarrollado la siguiente definición: La rectoría en salud constituye el ejercicio de las responsabilidades y competencias sustantivas del gobierno ejercidas a través del liderazgo de la autoridad sanitaria nacional, cuya finalidad es desarrollar acciones y políticas públicas para satisfacer y garantizar el derecho a la salud.

La rectoría en salud tiene 6 dimensiones[4], concebidas como áreas de responsabilidad de la autoridad sanitaria y sus competencias institucionales:

  1. Conducción Sectorial. - Consiste en orientar todo el sector salud, incluyendo instituciones y grupos sociales para cumplir la Política Nacional en Salud.
  2. Regulación y fiscalización. - Diseño y cumplimiento del marco normativo sanitario para proteger y promover la salud.
  3. Medición de ejecución de las Funciones Esenciales de Salud Pública (FESP). - Entendidas como capacidades y competencias de la autoridad sanitaria nacional necesarias para mejorar el ejercicio de la salud.
  4. Armonización de la provisión de los servicios de salud. - Encaminada a promover la complementariedad de los diversos proveedores y grupos de usuarios para extender la cobertura de atenciones de salud equitativa y eficientemente.
  5. Garantía del aseguramiento en salud. - Garantizar la cobertura en salud de acuerdo a las necesidades de la población.
  6. Modulación del financiamiento. - Mejorar el financiamiento con la finalidad de asegurar el acceso equitativo a los servicios de salud.

Con base en el marco jurídico vigente se observa que la Secretaría de Salud cuenta con las atribuciones y facultades para ejercer la rectoría del Sistema Nacional de Salud (SNS), como se señala a continuación:

Figura 1. Marco jurídico que establece la rectoría en salud

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De acuerdo con la OMS[5], la rectoría es una de las funciones de todo sistema de salud que, junto con la generación de recursos (inversión y capacitación), prestación de servicios (provisión) y el financiamiento, permiten alcanzar los objetivos de: supervisión del mejoramiento de los niveles de salud de la población, protección contra riesgos sociales y financieros, y eficacia del SNS.

GOBERNANZA EN SALUD

La gobernanza en salud se define por la OMS[6] como el proceso de toma de decisiones y la implementación de políticas de salud, involucrando a diversos actores y asegurando transparencia, responsabilidad y participación. La OPS[7] enfatiza la importancia de la gobernanza para mejorar la eficiencia y la equidad en los sistemas de salud. Por su parte, el Banco Mundial[8] subraya que una buena gobernanza en salud mejora los resultados en salud mediante la participación inclusiva y la transparencia.

Derivado de lo anterior se ha decidido acuñar la definición siguiente: La gobernanza en salud se refiere al proceso de toma de decisiones, estrategias y mecanismos para implementar las políticas de salud a través de la participación de diversos actores y sectores, asegurando una utilización eficiente de los recursos mediante la transparencia y rendición de cuentas.

La existencia de cuerpos de gobernanza, favorece el análisis de diferentes dinámicas y procesos, así mismo constituyen en sí un medio para enfrentar los problemas, a través de las instancias y organizaciones actuando como catalizadores, que facilitan la cooperación e interacción entre el Estado y actores no estatales para la implementación de políticas, programas y planes.

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DIFERENCIAS Y SIMILITUDES ENTRE RECTORÍA Y GOBERNANZA EN SALUD

En resumen, la facultad rectora del Sistema Nacional de Salud (SNS) recae únicamente sobre la autoridad sanitaria, es decir, la Secretaría de Salud.

Los demás actores del SNS pueden ejercer acciones de gobernanza, las cuáles se potencializan cuando son conducidas con la participación y liderazgo de la Secretaría de Salud.

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[1] Evaluación del desempeño de los sistemas de salud, OPS, 2022.

[2] Good Governance for Medicines (2008).

[3] Evaluación del desempeño de los sistemas de salud, OPS, 2022.

[4] Improving Health, Nutrition, and Population Outcomes in Sub-Saharan Africa: The Role of the World Bank (2005).

[5] Strengthening Health Systems to Improve Health Outcomes: WHO's Framework for Action (2007).

[6] Health Systems Profile: Cuba, Monitoring and Analyzing Health Systems Change/Reform (2009)

[7] World Development Report 2004: Making Services Work for Poor People.

[8] La función rectora de la Autoridad Sanitaria Nacional en Acción, OPS, 2007.