Dirección General de Planeación y Desarrollo en Salud.

Colaboración con: Secretaría de Bienestar

El FAIS es uno de los ocho fondos que forman el Ramo 33, cuyo objetivo fundamental -de acuerdo con la Ley de Coordinación Fiscal- es el financiamiento de obras y acciones sociales básicas que beneficien directamente a sectores de población en condiciones de rezago social y pobreza extrema. El FAIS cuenta con recursos equivalentes al 2.5% de la Recaudación Federal Participable y se divide en dos fondos: El Fondo de Infraestructura Social Estatal (FISE) y el Fondo de Infraestructura Social Municipal (FISM) .

Por lo anterior, al identificar la importancia de dicho fondo y su vinculación al fortalecimiento de infraestructura en salud, se estableció un mecanismo de trabajo con la Dirección General de Desarrollo Regional de la Secretaría de Bienestar a fin de incidir en los “Lineamientos generales para la operación del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social” de tal forma que los criterios para la asignación de recursos para este fondo en cuanto a temas de infraestructura en salud tengan una alineación a la normatividad de la Secretaría de Salud, en particular a lo referente al Plan Maestro de Infraestructura. Como resultado de este trabajo en el pasado mes de abril de 2015, la Subsecretaría de Planeación, Evaluación y Desarrollo regional de la Secretaría de Bienestar, emitió un oficio circular en el que deja clara dicha alineación a través de precisar la interpretación del rubro de infraestructura social básica del sector salud consensuada entre ambas dependencias:

  1. Los proyectos de salud son una prioridad de política pública para el desarrollo social.
  2. Con los recursos del FAIS los gobiernos locales pueden contribuir a mejorar el acceso a los servicios de salud de la población que habita en sus comunidades.

Todo proyecto deberá de contar con la aprobación del certificado de necesidad, el cual es un instrumento de planeación con el que cuenta la secretaría de salud, por medio del cual la nueva infraestructura y las acciones de fortalecimiento, ampliación o sustitución de las entidades federativas, se incorporan al plan maestro de infraestructura física en salud

III. Para la planeación de proyectos de salud con los recursos del FAIS, los gobiernos locales deben de cumplir con lineamientos establecidos por la Secretaría de Salud.

Asimismo, se encuentra en proceso un trabajo colaborativo a fin de generar contenidos de capacitación para personal de la Secretaría de Bienestar en los municipios, quienes conocerán la normatividad en Salud para asesorar en esta materia a quienes busquen fortalecer su infraestructura a través del uso de este FONDO.