+ Impone la clausura total temporal de las obras y actividades.

La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA), en conjunto con la Corporación de Fuerza Civil, presentaron ante el Ministerio Público Federal a tres personas por realizar actividades de extracción de material pétreo en el Río Salinas, Municipio de Salinas Victoria, Nuevo León, sin la autorización de Impacto Ambiental que expide la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

En atención a una denuncia ciudadana sobre personas que realizaban actividades de extracción y desazolve en el lugar referido, la PROFEPA realizó un operativo en conjunto con elementos de Fuerza Civil para verificar los hechos denunciados.

Al momento de la diligencia, inspectores  de la PROFEPA  y elementos de seguridad encontraron a las personas antes mencionadas en el lugar de los hechos.

Los inspectores federales constataron la actividad en un área aproximada de 10,907.50 metros cuadrados, además de un tracto camión con caja que contenía el material para ser transportado posteriormente; sin embargo, el inspeccionado no presentó la autorización de Impacto Ambiental correspondiente. 

Por lo anterior, se impuso la Clausura Total Temporal de las obras y actividades, además se aseguraron tres retroexcavadoras y el tracto camión que contenía el material pétreo.

Los detenidos fueron trasladados a las oficinas de la Procuraduría General de la República con  sede en el municipio de Escobedo. 

La PROFEPA interpuso denuncia penal en contra de los detenidos, de conformidad con el artículo 150 en relación al artículo 149 de la Ley General de Bienes Nacionales.

Lo anterior, establece una pena de dos a doce años de prisión y multa por el equivalente de 300 a 1,000 Unidades de Medida y Actualización vigente a quien use, aproveche o explote un bien que pertenece a la nación sin haber obtenido previamente autorización con la autoridad competente.

Asimismo,  los responsables podrían hacerse acreedores a  una multa equivalente de 30 hasta 50 mil Unidades de Medida y Actualización vigente, de conformidad con lo establecido en el artículo 171 fracción I de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

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BP/1052-17

Monterrey, Nuevo León, a 25 de Septiembre de 2017