+ Sin indicios de daño ni responsabilidad ambiental atribuible a FONATUR; autorizaciones otorgadas  por SEMARNAT, válidas y vigentes

 + Fueron concedidas en 2005 a un predio que no está considerado sitio RAMSAR ni se encuentra dentro del  ANP Sistema Lagunar Nichupté

+ Única evidencia recabada hasta el momento sobre presunto daño ambiental  es contra  empresa BI & DI REAL ESTATE DE MÉXICO S.A. DE C.V.

+ Llevó a cabo desmonte de vegetación forestal sin autorizaciones en materia de impacto ambiental y cambio de uso de suelo, ni Estudio Técnico Justificativo ni con proyectos ejecutivos validados por la SEMARNAT

+ Particulares dueños de lotes deberán obtener nuevas autorizaciones de impacto ambiental para sus construcciones, al amparo de la legislación vigente

El desmonte del pasado 16 de enero se ejecutó al amparo de autorizaciones válidas y vigentes otorgadas por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT), para desarrollarse en un predio que no está considerado sitio RAMSAR ni se encuentra dentro del  Área Natural Protegida (ANP) Sistema Lagunar Nichupté.

Hasta el momento la evidencia recabada sobre un presunto daño es indicativa de responsabilidad ambiental a la empresa BI & DI REAL ESTATE DE MÉXICO S.A. DE C.V., por realizar acciones de desmonte de vegetación forestal sin contar con autorizaciones en materia de impacto ambiental y cambio de uso de suelo en terrenos forestales, ni con Estudio Técnico Justificativo, ni con proyectos ejecutivos validados por la SEMARNAT.

Para la construcción de los proyectos en los diversos lotes del predio se deberán obtener nuevas autorizaciones de la SEMARNAT, al amparo de la legislación hoy vigente y en congruencia con las demás disposiciones estatales y municipales.

La PROFEPA ha realizado inspecciones permanentes al proyecto y continúa profundizando en la revisión de los términos y condicionantes de las autorizaciones otorgadas por la SEMARNAT al proyecto Malecón Tajamar Cancún. Sin embargo, se precisa que las acciones de chapeo y desmonte realizadas por FONATUR se hicieron con base en los protocolos correspondientes.

Esta Dependencia Federal emplazará y ordenará al Fondo Nacional de Fomento al Turismo (FONATUR) para que concluya  el programa de rescate de la fauna silvestre observada en la inspección efectuada el pasado 26 de enero.

Asimismo, continuará con los procedimientos para determinar la responsabilidad ambiental y administrativa de la empresa BI & DI REAL ESTATE DE MÉXICO S.A. DE C.V., y mantendrá su coadyuvancia  con la Procuraduría General de la República (PGR) para la determinación de la responsabilidad penal que corresponda, por delitos contra la biodiversidad.

A la fecha no hay indicios de la existencia de daños ni responsabilidad ambiental atribuible a FONATUR, como resultado de la remoción de mangle en el Malecón Tajamar Cancún.

La evidencia recabada hasta ahora es indicativa de responsabilidad ambiental de la empresa  BI & DI REAL ESTATE DE MÉXICO S.A. DE C.V.

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BP/070-16 México, D.F. a 28 de enero de 2016