+ Se inició acta administrativa y se determinó el aseguramiento precautorio de una camioneta y su remolque, así como mil kilos del producto forestal no maderable transportado.

+ El inspeccionado manifestó que el heno tenía como destino el poblado de Pozas de Santa Ana, ubicado en el municipio de Guadalcázar, San Luis Potosí.

 

La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) aseguró una tonelada de materias primas forestales no maderables de Heno (Tillandsia usneoides), en un operativo carretero, donde fue interceptada una camioneta, en cuyo interior y en su remolque, traía la bromeliácea, cuyo destino era el municipio de Guadalcázar, San Luis Potosí, donde sería usado en el poblado de Pozas de Santa Ana.

Personal de inspección, en coordinación con elementos de la Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA), y Policía Federal, instalaron un filtro de revisión vehicular en la Carretera Federal 57 México-Piedras Negras, a la altura del entronque a Villa de Arista, en el Municipio de Villa Hidalgo, en esa entidad.

Se detectó una camioneta que traía adaptado un remolque conteniendo producto forestal no maderable, identificado como Heno (Tillandsia usneoides), por lo que se solicitó al conductor detener su marcha, con la finalidad de verificar la legal procedencia del producto forestal transportado.

Los inspectores solicitaron al conductor del vehículo la documentación expedida por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) que acreditara la legal procedencia del heno, quien explicó que carecía de ésta, ya que lo había adquirido en la Central de Abastos de San Luis Potosí, donde no le extendieron documento alguno.

Por lo anterior, se instauró el acta administrativa y con fundamento en el artículo 170, fracción II, de la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente se determinó el aseguramiento precautorio de la camioneta, remolque y producto forestal transportado, cuyo total fue de mil kilogramos de peso.

Cabe mencionar que el inspeccionado podrá hacerse acreedor a una multa por el equivalente de 100 a 20 mil veces la Unidad de Medida y Actualización vigente, de conformidad con lo señalado en el artículo 157, fracción II, de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable y en caso de no acreditar la legal procedencia del producto forestal transportado al decomiso del mismo.

La PROFEPA reitera que una vez más las acciones coordinadas entre autoridades rinden resultados en la detección de ilícitos forestales.

 

0 0 0 0 0

BP/1219-18

San Luis Potosí, SLP, a 20 de noviembre del 2018