Comprometidos con la sociedad para propiciar el trabajo digno y decente en todas las relaciones laborales y evitar que se reproduzcan los roles y estereotipos de género que inciden en la desigualdad, la exclusión, la discriminación y repercutan negativamente en las relaciones de trabajo.

La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo defiende y tutela la igualdad de oportunidades entre trabajadores y trabajadoras frente al patrón. Esta se logra eliminando la discriminación.

DISCRIMINACION LABORAL

Es aquella que anula el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos laborales, considerando las diferencias biológicas, sociales, culturales y de género de las personas.

¿ SABES QUE ES HOSTIGAMIENTO ?

 Es el ejercicio del poder en una relación de subordinación real de la víctima frente a la o él agresor en los ámbitos laborales. Se expresa en conductas verbales, físicas o ambas.

¿SABES QUE ES ACOSO LABORAL?

 Son los actos o comportamientos, en el entorno del trabajo o con motivo de éste, con independencia de la relación jerárquica de las personas involucradas, que atenten contra la autoestima, salud, integridad, libertad o seguridad de las personas.

SE CONSIDERA EL ACOSO SEXUAL

Como una forma de violencia en la que, si bien no existe la subordinación, hay un ejercicio abusivo de poder que conlleva a un estado de indefensión y de riesgo para la víctima, independientemente de que se realice en uno o varios eventos.

¿SABIAS QUÉ LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO ESTABLECE PROHIBICIONES PARA LOS TRABAJADORES Y PATRONES?

QUEDA PROHIBIDO A LOS TRABAJADORES: Acosar sexualmente a cualquier persona o realizar actos inmorales en los lugares de trabajo”.

QUEDA PROHIBIDO A LOS PATRONES O CUALQUIER PERSONA QUE EJERZA FUNCIONES DE DIRECCION O ADMINISTRACION EN LA FUENTE DE TRABAJO: Realizar actos de hostigamiento y/o acoso sexual contra cualquier persona en el lugar de trabajo.

IMPORTANTE:

Si sufres violencia o discriminación laboral puedes acercarte a PROFEDET con los elementos probatorios con los que cuentes para que previo estudio y análisis del asunto se determine su procedencia.

Recuerda que como medio de prueba puedes presentar:

  • Documentos
  • Fotos
  • Videograbaciones
  • Grabaciones de voz
  • Cualquier otro que se genere consulte, procese, o modifique por medios electrónicos y enviados a través de un mensaje de datos.
  • Testigos