Ciudad de México. – El Procurador Federal del Consumidor, Rogelio Cerda Pérez, hace un exhorto a todos los usuarios de Aeroméxico que no han acudido a la Profeco para conciliar, con relación a las afectaciones que hayan sufrido por el irregular paro laboral de pilotos del pasado 28 de noviembre, para que presenten su inconformidad, a fin de llegar a un acuerdo con la línea aérea a través del mecanismo de conciliación telefónica Conciliaexprés. El Teléfono del Consumidor es el 55 68 87 22, en la Ciudad de México y área metropolitana, y el 01 800 468 8722, sin costo en el resto del país, donde se recibirán dichas denuncias.

Como se informó en su momento, la contingencia de Aeroméxico provocó la cancelación de 62 vuelos redondos, lo que afectó a más de 10 mil pasajeros.

Por ello, el Procurador Cerda recuerda a todos los consumidores que, de acuerdo con la Ley de Aviación Civil y la Ley Federal de Protección al Consumidor, en los casos de retraso o cancelación por causas atribuibles a la proveedora, como es el presente caso, la línea aérea debe otorgar:

  • En retrasos de 1 a 2 horas, cupón para utilizar en un vuelo posterior en la misma ruta correspondiente al 5 % del precio pagado por el boleto.              
  • De 2 a 4 horas,  los descuentos cupón para utilizar en un vuelo posterior en la misma ruta correspondiente al 7.5 % del precio pagado por el boleto.
  • Si fue mayor a 4 horas, devolución del costo del boleto o de la proporción que corresponda a la parte no realizada del viaje e indemnización del 25% del precio boleto o de la parte no realizada del viaje o protección en el primer vuelo disponible, acceso a medios de comunicación, alimentos de acuerdo  con el tiempo de espera; en caso de pernocta, alojamiento y transporte terrestre desde y hacia el aeropuerto o bien viaje en fecha posterior e indemnización no inferior al 25%  del precio del boleto.
  • En el caso de cancelación del vuelo, a elección del consumidor, deben reintegrarle el precio del boleto o de la parte no realizada del viaje y la indemnización no inferior al 25% del precio del boleto o otorgar transporte sustituto en el primer vuelo disponible y acceso a llamadas, correos electrónicos, alimentos, alojamiento y trasporte terrestre desde y hacia el aeropuerto; o bien transportarlo en fecha posterior e indemnización no inferior al 25%  del precio del boleto.

Lo anterior, de acuerdo a las políticas de compensación registradas por la propietaria de Aeroméxico, Aerovías de México, S.A de C.V., con los números 000021-2017 y  000022-2017 Aerolitoral, S.A. de C.V., las cuales se encuentran vigentes hasta mayo del 2018.

No podrán reclamarse daños y perjuicios ante Profeco, pues es una instancia conciliatoria que vigila, promueve  y protege  el cumplimiento de los derechos y obligaciones en materia de consumo; para ello, el consumidor deberá acudir a las instancias judiciales correspondientes. Puede solicitarse asesoría legal ante el Instituto Federal de Defensoría Pública.