Publicaciones Recientes
2024-03-01 08:30:00 -0600
2024-01-01 09:00:00 -0600
2024-01-01 08:00:00 -0600

¿Cómo funciona el autofinanciamiento?

¿Piensas adquirir un auto, una casa o remodelar, ampliar o construir un inmueble? El autofinanciamiento tal vez sea una opción, siempre y cuando te informes sobre las ventajas y desventajas de este sistema.

Procuraduría Federal del Consumidor | 14 de diciembre de 2016

El autofinanciamiento es un sistema de comercialización de bienes y servicios que consiste en formar un grupo de personas que periódicamente aportan sumas de dinero a un fondo común, el cual es administrado por un tercero, en este caso la empresa con la que se decida contratar. Estas empresas no tienen permitido otorgar créditos o préstamos, por lo que no pueden ofrecerte dinero en efectivo. En caso de que lo hagan, denuncia en la Profeco.

Para disponer del bien se deben realizar eventos de adjudicación, cuya periodicidad deberá establecerse en el contrato. Conoce los más comunes: 

  • Sorteo: Los consumidores que se encuentran al corriente de sus pagos participan en un procedimiento aleatorio.
  • Liquidación: Cuando se liquide al proveedor el total del bien o servicio contratado.
  • Por antigüedad: Se determina en función de la antigüedad del contrato de adhesión del consumidor respecto al de los demás participantes del grupo.
  • Por puntuación: Es para aquellos contratos que reúnan la mayor cantidad de puntos al día de la adjudicación.
  • Subasta: Se ofrecen cuotas por adelantado y se asignan los recursos al consumidor que con el número mayor de mensualidades subastadas tenga más puntos.

Infórmate antes de elegir

A través del autofinanciamiento únicamente se pueden adquirir muebles nuevos o inmuebles destinados a la habitación o uso como locales comerciales, así como la prestación de servicios de construcción, remodelación y ampliación de inmuebles.

Las empresas de servicios de autofinanciamiento deben contar con su contrato de adhesión registrado ante la Profeco y la autorización de funcionamiento ante la Secretaría de Economía (SE). Para comprobar la validez del contrato ingresa en el Buró Comercial de Profeco el número de registro del contrato, si quieres conocer sobre la autorización por parte de la SE visita la página del Centro de Contacto Ciudadano.

Antes de firmar asegúrate que el contrato de adhesión contenga como mínimo:

  • El número de consumidores que integran el grupo y el que te corresponde como integrante.
  • El número de cuotas periódicas.
  • La especificación del bien o servicio señalando marca, modelo, tipo, género, o la manera de determinarlo.
  • El precio del bien o servicio, señalando el factor por el que se actualiza periódicamente el importe a pagar.
  • El monto, condiciones y periodicidad de los pagos en las que deberá especificar las cantidades por cada concepto y la forma en que habrán de actualizarse.
  • La frecuencia y procedimiento para la obtención del bien o servicio, así como los medios y periodicidad para que el proveedor notifiqué y difunda los resultados de los eventos de  adjudicación.
  • Plazo y procedimiento para la liquidación del grupo.
  • Las causas de rescisión y el monto de las penas a las que se harán acreedoras ambas partes, las cuales no deberán exceder tres aportaciones periódicas.
  • También deberá indicar los tipos de seguro y cobertura que debe o podrá contratar el proveedor a nombre del consumidor, o en su caso, la fecha de la entrega de la póliza.
  • El número de registro del contrato de adhesión ante la Profeco.
  • La autorización por parte de la Secretaría de Economía.

Toma en cuenta que en el autofinanciamiento, los proveedores no deben solicitarte ninguna cantidad de dinero, sin que antes las partes hayan firmado el contrato de adhesión respectivo, mismo que debe contener el número de registro emitido por la Profeco.

Haz valer tus derechos

Cuentas con cinco días hábiles a partir de la firma del contrato para poder cancelarlo, siempre y cuando no hayas participado en un evento de adjudicación. Es importante que al cancelarlo le notifiques por escrito al proveedor ya que este deberá, en un plazo no mayor a los veinticinco días naturales siguientes a la notificación, pagarte el importe total de los pagos realizados. Si no lo hace también te deberá pagar intereses moratorios.

La liquidación del grupo deberá realizarse dentro de los sesenta días naturales siguientes a la fecha de vencimiento del contrato.

El proveedor deberá expedirte el recibo o comprobante por cada pago que realices de las cuotas periódicas totales.

No olvides que el proveedor deberá poner a tu disposición, en sus puntos de venta y en su página electrónica, el manual del consumidor y el contrato de adhesión.

Conoce tus obligaciones:

Al formar parte de un sistema de comercialización estarás obligado a cubrir tu cuota periódica total, de administración y, en su caso, una aportación extraordinaria, de inscripción, de cesión de derechos, y de sustitución voluntaria del bien. Estas cantidades o porcentajes deberán ser fijas e iguales y no podrán modificarse durante la vigencia del contrato.

Profeco te informa:

Actualmente el sector de autofinanciamiento ocupa el noveno lugar en reclamaciones ante la Profeco y prueba de ello es que tan sólo en 2015 ingresaron 2,850 quejas, mientras que de enero a julio del presente año se han recibido 1,984, siendo los principales motivos de reclamación: negativa a la entrega del producto o servicio, negativa a la rescisión del contrato y negativa a la devolución de depósito.

 Tuviste algún problema de consumo. Visita el http://telefonodelconsumidor.gob.mx/

O comunícate al Teléfono del Consumidor 5568 8722 - 01 800 468 8722.

Contesta nuestra encuesta de satisfacción.
¿Cómo fue tu experiencia en gob.mx?

Imprime la página completa

La legalidad, veracidad y la calidad de la información es estricta responsabilidad de la dependencia, entidad o empresa productiva del Estado que la proporcionó en virtud de sus atribuciones y/o facultades normativas.