¿Qué es?

 Se trata de un conjunto de valores y principios que todo proveedor adherido deberá observar en las actividades relacionadas con el comercio electrónico, a fin de:

  • Respetar y promover los derechos de la población consumidora.
  • Fomentar una cultura de consumo responsable.
  • Promover derechos humanos de las y los consumidores.
  • Fomentar la publicidad digital ética y responsable.
  • Proteger a los grupos vulnerables.
  • Fomentar la autorregulación

Estándares que deben respetarse

Todos estos valores y principios constituyen un grupo de estándares mínimos que, de manera enunciativa más no limitativa, se deberán respetar en las actividades comerciales que se realicen en el comercio electrónico, así como de los mecanismos de verificación de su cumplimiento.

Objetivo del Código de Ética

Ser un conjunto de normas mínimas que los proveedores se comprometan voluntariamente a cumplir con la finalidad de que toda compra o venta de bienes, productos o servicios utilizando medios electrónicos digitales, ópticos o de cualquier otra tecnología, en el territorio nacional, se efectúe en un marco de respeto a los derechos de los consumidores, adoptando el uso de herramientas y las mejores prácticas comerciales a nivel global.

¿Quiénes podrán adherirse a él?

Cualquier persona física o moral que sea proveedora, nacional o extranjera, que efectúe transacciones a través del uso de medios digitales, ópticos o de cualquier otra tecnología en el territorio nacional.

¿Qué hay que hacer?

Los proveedores que deseen adherirse al Código de Ética deberán llenar el formato de solicitud para su obtención, que estará disponible en la página de la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco).

Este código contribuye al respeto de los derechos de los consumidores.

Información que contiene el formato de solicitud

  • Nombre comercial.
  • Registro Federal de Contribuyentes (RFC).
  • Correo electrónico.
  • Enviar su proyecto de Código de Ética, que deberá contener como estándares mínimos los establecidos en el acuerdo por el que se emite el Código de Ética en materia de Comercio Electrónico, o adherirse al formato tipo propuesto por la Profeco.

Proceso de registro

  1. Ingresa a www.gob.mx/profeco y llena el formato de solicitud. Una vez recibida se procederá a su revisión -junto con la documentación- para determinar si se cumple con los requisitos señalados, en un plazo máximo de 30 días hábiles.
  2. Si del análisis que realice la Procuraduría se observa que falta algún requisito para obtener el Código de Ética, se notificará mediante correo electrónico de esta circunstancia al proveedor, a efecto de que lo subsane en un plazo máximo de 15 días hábiles por la misma vía.
  3. Una vez que haya transcurrido el plazo previamente señalado sin que se subsane el requisito o requisitos faltantes por parte del proveedor, se entenderá por negada la solicitud (negativa ficta), pudiendo el proveedor iniciar una nueva solicitud.
  4. Una vez subsanadas las omisiones señaladas previamente, la Procuraduría tendrá un plazo máximo de 30 días hábiles para resolver respecto de la solicitud.
  5. De ser aprobada la adhesión se hará del conocimiento del proveedor mediante correo electrónico, otorgándose el registro correspondiente al proveedor el cual deberá conservar para cualquier trámite.
  6. Una vez obtenido su registro podrán obtener, además, previo cumplimiento de sus requisitos, el Distintivo Digital Profeco.

Requisitos

Toda tienda virtual o plataforma de comercio electrónico deberá poner a disposición de los consumidores:

  • Nombre comercial, marca, denominación o razón social.
  • Domicilio físico en territorio nacional y números telefónicos, u otros medios de contacto.
  • Registro Federal de Contribuyentes (RFC).
  • Información sobre el procedimiento para la adquisición del bien, producto o servicio en idioma español.
  • Información al consumidor de su derecho a revocar su consentimiento respecto de la transacción celebrada, sin responsabilidad.
  • Mecanismos de devolución, reposición o cambio de los bienes, productos o servicios.
  • Cuando ofrezcan garantías debe informar en qué consisten y cómo hacerlas efectivas.
  • Mecanismos de solución para las reclamaciones o aclaraciones.
  • Dar a conocer las restricciones de edad para hacer uso de la tienda virtual, así como advertencias para niños y niñas respecto a que no podrán efectuar compras sin la autorización de sus padres.
  • El tratamiento que se dará a sus datos personales proporcionados, ello a través del Aviso de Privacidad.
  • Términos y condiciones a que estarán sujetas las transacciones.
  • Métodos de pago y facturación.
  • Medidas de seguridad implementadas para la transacción.
  • Costos totales en moneda nacional, incluyendo IVA, impuestos transfronterizos y costo de envío.
  • Comprobante de la transacción comercial.
  • Los medios para obtener el comprobante fiscal o el comprobante de la transacción comercial.
  • La forma, costos y plazos de entrega.

Más acciones

Adicionalmente, los proveedores que se adhieran al código de ética deberán:

  • Respetar todos los derechos, deberes, beneficios y garantías contenidos en Ley Federal de Protección al Consumidor (LFPC), que deben ser reconocidos y aplicados estrictamente por las empresas adheridas a este Código de Ética.
  • Indicar claramente el contenido dirigido a adultos que se deberán identificar plenamente.
  • Abstener de incitar a las niñas, niños y adolescentes a la compra de un bien, producto o servicio, aprovechando su inexperiencia o su credulidad, ni a que persuadan a sus padres o tutores para que compren. Exponer a menores a situaciones peligrosas y a realizar declaraciones o presentaciones visuales ilícitas que les puedan causar perjuicio.
  • Con relación a los grupos vulnerables, establecer mecanismos para la solución ágil de sus conflictos y dudas.
  • Establecer mecanismos propios para solucionar los conflictos con los consumidores cuando exista algún incumplimiento a las obligaciones que se establecen en la LFPC, en la Norma Mexicana de Comercio Electrónico (NMX-COE-001-SCFI-2018) y en este Código.
  • Procurar solucionar las disputas con los consumidores a través de medios alternativos de solución de conflictos. La mediación, conciliación y arbitraje serán primordiales para llegar a acuerdos o mediante los procedimientos establecidos por la Profeco.
  • Actuar diligentemente en los procedimientos conciliatorios para llegar a acuerdos con el propósito de beneficiar a los consumidores.

Adhiérete al Código de Ética en materia de Comercio Electrónico y ofrece un mejor servicio.

Su vigilancia y cumplimiento

Los proveedores que se adhieran a este Código de Ética deberán de contar con mecanismos propios para vigilar el cumplimiento de éste, así como de procedimientos de seguimiento ante su incumplimiento.

Todo proveedor que se adhiera a él y obtenga su registro deberá de comprometerse a respetarlo y cumplirlo en materia de comercio electrónico, publicidad, protección de datos y derechos humanos.

A su vez, la Profeco realizará monitoreos cuatrimestrales a los proveedores adheridos con el propósito de revisar su cumplimiento. Dicho listado se publicará en el Padrón de Proveedores Responsables en Comercio Electrónico publicado en la página oficial de la Procuraduría.

Consulta el acuerdo del Código de Ética en materia de Comercio Electrónico en el siguiente enlace:

https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5612351&fecha=26/02/2021