La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON) informó que el día de ayer, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió favorablemente, por unanimidad, 6 amparos que se promovieron en beneficio de trabajadores que retiraron sus ahorros de las Administradoras de Fondos para el Retiro.

El Ombudsman fiscal planteó la inconstitucionalidad de las Reglas Misceláneas Fiscales emitidas por el SAT en 2013, 2014 y 2015, con apoyo en las cuales las Afores retuvieron por concepto de ISR, el 20% del ahorro generado durante toda la vida laboral de estas personas, bajo el argumento de que este tipo de recursos se consideran “ingresos esporádicos”.

PRODECON expuso que no existen bases para considerar a esos ingresos como “esporádicos” -como sí lo es, por ejemplo, el que alguien se gane la lotería- sino que son producto de una relación laboral de toda la vida y su tratamiento fiscal, por tanto, debe ser el correspondiente al de sueldos y salarios y no sufrir la retención del 20% aludida.

PRODECON informó que gracias al amparo los contribuyentes obtendrán una carga fiscal menor de ISR de hasta el 50%, lo que se traduce en un importante beneficio económico para aquéllos que han sido objeto de este tipo de retenciones que, en los casos que defendió la Procuraduría, oscilan entre 3 mil y 400 mil pesos.

El Ombudsman expuso como ejemplo el caso de una persona de sexo masculino que a los 66 años de edad retiró los ahorros generados en toda su vida de trabajo en cantidad de 231,501.06 pesos y sufrió una retención de 43,680.00. Este monto, sin duda, representaba una afectación económica desproporcionada para el contribuyente, especialmente si se toma en cuenta que este retiro de recursos se da en una etapa de mayor vulnerabilidad y menor productividad del ser humano.

Al coincidir con los argumentos planteados por el Ombudsman fiscal, la Corte sienta el criterio definitivo para que se resuelvan en favor de los contribuyentes más de 600 juicios que se encuentran pendientes de resolución en diversas instancias.

La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente se congratula por el sentido de justicia social mostrado por la Corte a través de esta sentencia.

Al mismo tiempo, invita a cualquier persona que se encuentre en esta situación a que presente su caso, ya sea por vía electrónica o presencial, para recibir la asesoría correspondiente.

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