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La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) cuenta con cuatro unidades administrativas –Subprocuraduría de Asesoría y Defensa del Contribuyente, Subprocuraduría de Análisis Sistémico y Estudios Normativos, Subprocuraduría de Protección de los Derechos de los Contribuyentes y Subprocuraduría de Acuerdos Conclusivos y Gestión Institucional – que ejercen atribuciones sustantivas para la protección, tutela y salvaguarda de los derechos de los contribuyentes, garantizando su derecho a recibir justicia en materia fiscal en el orden federal, como lo mandata el artículo 1° de su Ley Orgánica.

De esta forma, Prodecon brinda asesoría a los contribuyentes; emite respuestas a consultas especializadas que éstos presentan; atiende quejas en donde los contribuyentes aducen violaciones a sus derechos por parte de las autoridades fiscales y, si una vez tramitado el procedimiento correspondiente se detecta que efectivamente se transgredieron, emite Recomendaciones públicas donde propone medidas correctivas para la efectiva restitución de los afectados en sus derechos y, si procede, la reparación de los daños y perjuicios que se hubieren ocasionado. De igual forma la Procuraduría identifica e investiga los problemas de carácter sistémico que ocasionan perjuicios a los contribuyentes, a efecto de proponer a las autoridades fiscales las Recomendaciones correspondientes; presta, por otra parte, el servicio de representación y defensa legal gratuito, patrocinando a los contribuyentes a través de la interposición de los recursos administrativos y juicios procedentes; y además promueve, transparenta y facilita la solución anticipada y consensuada de los diferendos y desavenencias que, durante el ejercicio de las facultades de comprobación, puedan surgir entre contribuyentes y autoridades fiscales.

En el ejercicio de todas estas facultades, Prodecon por conducto de su titular y de los servidores públicos que la integran, imprime todo su esfuerzo a efecto de construir una cultura de plena vigencia y respeto de los derechos de los contribuyentes en México, como el mejor medio para lograr la satisfacción del interés público, en un marco de igualdad en el que se privilegie la relación del fisco con el contribuyente y teniendo siempre como premisa el brindar una atención profesional, eficaz, eficiente, imparcial y de servicio al contribuyente, con lo que la Procuraduría se compromete a un ejercicio diario de transparencia y rendición de cuentas en todas y cada una de las actuaciones que en el ámbito de su competencia lleva a cabo.

Es así, que desde que la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente abrió sus puertas al público el 1° de septiembre del 2011, se ha preocupado en que los actos que emite sean siempre para favorecer a los gobernados la protección más amplia, cumpliendo con la máxima constitucional de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos fundamentales de aquéllos, de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad.
Para ello se ocupa de analizar a fondo cada uno de los asuntos que le son sometidos por los gobernados procurando al resolverlos esclarecer la verdad real, además de la jurídica, a fin de alcanzar una efectiva defensa de los derechos fundamentales de los gobernados.

En este afán de protección a los contribuyentes, Prodecon se asegura que tanto las unidades administrativas que conforman sus oficinas centrales, como las diferentes delegaciones que se encuentran en funciones en diversas localidades de la República Mexicana, emitan sus actos en concordancia con los principios y fines anteriormente referidos y que éstos no sean contradictorios entre sí.

Para asegurar dichos resultados, la Procuradora de la Defensa del Contribuyente, entre otras acciones, emitió el 18 de octubre de 2011, un Acuerdo General1 por el que creó el “Comité Técnico de Normatividad”, como un grupo de trabajo interdisciplinario, con carácter permanente, deliberativo y resolutivo, con el objeto de establecer criterios de interpretación y aplicación de la normatividad de este organismo público autónomo.

Dicho Comité, se encuentra integrado por el titular de la Procuraduría, los titulares de las Subprocuradurías de Asesoría y Defensa del Contribuyente, Análisis Sistémico y Estudios Normativos, Protección de los Derechos de los Contribuyentes, Acuerdos Conclusivos y Gestión Institucional, así como por el Secretario General y los delegados coordinadores3. A las sesiones que celebra el Comité asisten de manera virtual, los delegados y, de manera presencial, los directores generales; lo anterior, a fin de garantizar que los asuntos planteados sean analizados bajo la óptica y perspectiva de las distintas áreas sustantivas y los puntos de vista de los expertos que las integran, garantizando que las decisiones adoptadas por los integrantes del Comité sean congruentes, apegadas a derecho y sobre todo que favorezcan, de manera efectiva, los derechos de los contribuyentes, misión fundamental de la Procuraduría.

En este sentido, el Comité Técnico de Normatividad está facultado, en términos de sus Reglas de Operación2, para establecer los criterios generales de interpretación de la Ley Orgánica de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente, de su Estatuto Orgánico y de los Lineamientos que regulan el ejercicio de las atribuciones sustantivas de Prodecon, para la atención de los asuntos recibidos por sus unidades administrativas.

Entre otros temas el Comité examina y aprueba:

  • Criterios Normativos de interpretación de la Ley Orgánica de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente, su Estatuto Orgánico y Los Lineamientos que regulan el ejercicio de sus atribuciones sustantivas, para la atención y trámite de los asuntos recibidos por las unidades administrativas, respecto del ejercicio de las atribuciones sustantivas de Prodecon;
  • Criterios Sustantivos derivados de las recomendaciones, respuestas a las consultas especializadas o de algún otro acto que lleven a cabo las diversas unidades administrativas de la Procuraduría en el ejercicio de sus atribuciones sustantivas.
  • Criterios Jurisdiccionales y obtenidos en Recurso de Revocación que Prodecon en su carácter de abogada defensora de los contribuyentes, en ejercicio de la atribución que le confiere el artículo 5, fracción II de su Ley Orgánica ha obtenido, y que trascienden en beneficio de los derechos de aquéllos.

Los referidos criterios, resultan de observancia obligatoria para los servidores públicos de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente, en el ejercicio de sus funciones sustantivas, cuando resulten aplicables.

Los criterios normativos y sustantivos, contienen interpretaciones acerca del sentido y alcance de preceptos jurídicos y transparentan el quehacer de la Procuraduría en el ejercicio de sus atribuciones sustantivas.

Por su parte, los criterios jurisdiccionales así como los obtenidos en recurso de revocación, facilitan la consulta de precedentes favorables que la Procuraduría ha obtenido como abogada defensora de los contribuyentes en los diferentes órganos judiciales y jurisdiccionales, así como en sede administrativa, mismos que por transparencia y en bien de la defensa de los pagadores de impuestos, son publicados.

NOTAS

1. “Acuerdo General número 05/2011, de fecha 18 de octubre de dos mil once, que crea el Comité Técnico de Normatividad de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente. Descarga aquí el acuerdo

2. “Acuerdo General número 004/2013, de nueve de abril de dos mil trece, por el que se establecen las reglas para la integración y operación del Comité Técnico de Normatividad de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente.” Descarga aquí el acuerdo

3. “Acuerdo General número 005/2020 de 18 de agosto de dos mil veinte, que modifica el diverso Acuerdo General 004/2013 de nueve de abril de dos mil trece, por el que se establecen las reglas para la integración y operación del comité técnico de normatividad de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente.” Descarga aquí el acuerdo