Te felicitamos por realizar tu Ahorro Voluntario, de esta manera te encuentras más cerca de cumplir tus metas y así tener una pensión con suficientes recursos para tu tranquilidad presente y futura. 

Además, ¿sabías que tus aportaciones tienen beneficios fiscales? Aquí te lo explicamos. 

La Constancia de Retención de Impuestos por Aportaciones Voluntarias es un documento emitido por tu AFORE que, en determinadas condiciones, hace a tus ahorros deducibles de impuestos. 

Para que tus Aportaciones Voluntarias obtengan el beneficio fiscal, debes considerar cuáles son los tipos de ahorro que tienen este beneficio: 

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Este tipo de ahorro es deducible de impuestos en la declaración anual del ejercicio fiscal a declarar. La inversión debe permanecer en tu Cuenta Individual un mínimo de 5 años para que se materialice el estímulo fiscal de deducibilidad. 

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En este tipo de ahorro la inversión debe permanecer en tu Cuenta Individual también por 5 años. Es deducible de impuestos en la declaración anual. Debe continuar invertido hasta los 65 años, para que al momento de tu retiro se aplique el beneficio fiscal de exención.   

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Estas aportaciones son adicionales a tu Cuenta Individual, con las que puedes complementar tu ahorro para el Retiro. Con este tipo de ahorro podrás deducir en tu declaración fiscal tus Aportaciones Voluntarias de tu ingreso acumulable. Debe permanecer invertido hasta los 65 años de edad para que al momento del retiro le aplique el beneficio fiscal de exención. 

Es importante que consideres que: 

  • De acuerdo con la Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR), el monto de las aportaciones deducibles es hasta el 10% del ingreso acumulable; dichas aportaciones no pueden exceder la cantidad de $163,467 pesos ahorrados voluntariamente en 2022. 

  • El máximo a deducir no puede superar el 15% de todas las deducciones personales combinadas con otros conceptos como donaciones o gastos médicos, en el caso de los depósitos en cuentas especiales para el ahorro, el monto máximo a deducir es de $152,000 pesos en 2022. 

  • El beneficio fiscal no aplica si retiras tus Aportaciones Voluntarias antes de 5 años. 

¿Qué necesitas para comprobar la deducción de tus Aportaciones Voluntarias de tu Cuenta Individual en tu Declaración Anual? 

Necesitas obtener la Constancia de Retención deI Impuestos. Solicita este comprobante fiscal de las aportaciones que hayas realizado a tu Cuenta Individual durante el año anterior en el Centro de Atención al Público (CAP) más cercano, en donde tienes que presentar los siguientes documentos: 

  • Identificación Oficial Vigente 

  • Comprobante de domicilio no mayor a 3 meses 

  • Constancia de Registro Federal de Contribuyentes (RFC) emitida por el SAT  

Dicha constancia se te proporcionará con corte al 31 de diciembre del año inmediato anterior, para que puedas deducirlas en tu Declaración Fiscal ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT). 

Guarda los comprobantes de las aportaciones que realices al Ahorro Voluntario hasta el momento de hacer tu Declaración Anual. 

Al elaborar tu Declaración de Ingresos Anual para presentarla ante el SAT vía internet: 

  • Localiza el apartado de deducciones y selecciona el concepto de Aportaciones Voluntarias. 

  • Ingresa la cantidad total que aparece en tu comprobante de aportaciones voluntarias. 

  • Si hay saldo a favor, indica el nombre de tu banco y la CLABE de tu cuenta bancaria, de esta manera el SAT te lo devolverá, ayudándote con esto a formar un capital sólido para tu Retiro al reinvertirlo como Ahorro Voluntario en cualquiera de las modalidades arriba mencionadas. 

¡No lo pienses más! Si realizaste Aportaciones Voluntarias el año pasado, aprovecha los beneficios fiscales en tu próxima declaración ante el SAT. 

Si quieres conocer más sobre los beneficios fiscales del Ahorro Voluntario, consulta en esta liga el cuadro explicativo de las deducciones, beneficios y penalizaciones fiscales: https://www.gob.mx/pensionissste/articulos/ahorro-voluntario-una-inversion-con-beneficios-fiscales.

Acércate a nosotros y recibe una asesoría personalizada, AFORE PENSIONISSSTE pone a tu disposición los teléfonos: 55 5062 0555 desde la Ciudad de México, así como el 800 400 1000 y 800 400 2000 en el resto de la República. 

Agenda tu cita de lunes a viernes de 08:00 a 20:00 horas y sábados 08:00 a 16:00 horas (horario de la Ciudad de México) 

También puedes escribir a los correos: atencion@pensionissste.gob.mx  o  atencioncomercial@pensionissste.gob.mx

 o enviar un mensaje a las redes sociales oficiales:

 

Los recursos en tu Cuenta Individual son tuyos. Infórmate en www.gob.mx/consar