Líneas de Actuación:
- Regularización de la tenencia de la tierra:
- Asesoría y asistencia a asambleas en lo relativo a la delimitación destino y asignación de tierras (Lay Agraria, Art. 23, Fracc. VII, VIII y X).
- Asesoría a ejidatarios y comuneros que no han obtenido sus certificados de derechos individuales
- Asistencia para la regularización de predios que brindan un servicio público.
Ordenamiento de la propiedad rural:
Intervenir en los procedimientos que modifiquen la tenencia de la tierra de los núcleos agrarios que así lo soliciten, para asesorar y vigilar que se cumpla la normatividad aplicable.
Asesorar en la incorporación de suelo social para equipamiento y desarrollo urbano, verificando que el proceso de se realice de conformidad con la normatividad aplicable, salvaguardando los intereses de los sujetos agrarios.
Asesorar a los núcleos agrarios en elaboración de una cédula de valuación territorial y plano regulador que se integre a sus Planes Ejidales o Comunales de Desarrollo, que procure su integración al desarrollo regional o urbano buscando el beneficio de los sujetos agrarios.
Apoyar a los núcleos agrarios en las gestiones para la inclusión de sus tierras en los planes estatales o municipales desarrollo, así como la dotación de servicios e infraestructura, coordinando las acciones de instituciones o entidades paraestatales de los tres niveles de gobierno.
Procedimientos expropiatorios:
Apoyando la regularización de las ocupaciones existentes a través de la asesoría para la conclusión del procedimiento o si es el caso suscribir los convenios de ocupación previa correspondientes.
Realizando la coordinación interinstitucional de proyectos futuros para planificar las acciones que tendientes a concretar los proyectos expropiatorios, incluyendo en su caso, la asesoría para la formalización de convenios de ocupación previa.
REQUISITOS
Que el Sujeto Agrario o su representante, solicite por escrito el servicio de asesoría, asistencia a las asambleas o reuniones y/o de gestión según sea el asunto.