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En la celebración de los Sorteos de la Lotería Nacional para la Asistencia Pública, cualquier billete puede resultar premiado o con reintegro, lo cual se puede verificar al consultar el número del billete en la Lista Oficial de Premios, que es exhibida en todos y cada de los expendios oficiales de la Lotería Nacional de la República Mexicana, en los periódicos de circulación nacional y en nuestra página Web de la Institución: www.lotenal.gob.mx "Ganadores / Lista de premios".

Para nuestros afortunados ganadores de premios y/o reintegros deberán de seguir estos sencillos pasos: 

PARA COBRAR UN PREMIO Y/O REINTEGRO EN LA CIUDAD DE MÉXICO

Todo billete premiado por cualquier monto o con reintegro, puede ser cobrado directamente en las oficinas de la Lotería Nacional para la Asistencia Pública, en días hábiles de lunes a viernes, de 9:00 a 13:00 horas, en el siguiente domicilio: Cajas de Pagos de Premios y Reintegros, Plaza de la República No.117, Primer Piso, Col. Tabacalera, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06037, Ciudad de México.

  • Entregar al Cajero de la Ventanilla de Pago de Premios, el o los billetes junto con su identificación oficial vigente (INE, IFE, pasaporte, cédula profesional, cartilla militar, INAPAM), en caso de que alguno de estos documentos no cuente con domicilio completo, adicionalmente deberá presentar un comprobante de domicilio.
  • Si el premio igual o menor a $10,000.00 (Diez Mil Pesos 00/100 M.N.), se puede pagar en efectivo o con cheque en ese momento, reteniendo el 7% de impuestos; 1% del impuesto federal y 6% del impuesto estatal (Distrito Federal).
  • Si el premio es igual o superior a $10,000.00 (Diez Mil Pesos 00/100 M.N.), se paga invariablemente con cheque nominativo a nombre del solicitante, con la leyenda para "Abono en Cuenta del Beneficiario"; la cantidad del cheque corresponde al importe neto, reteniendo el 7% de impuesto, 1% del impuesto federal y 6% del impuesto estatal (Distrito Federal).
  • El cajero, le entrega el efectivo o cheque, original de la carta recibo con el importe del premio y el impuesto retenido, así como la identificación oficial.
  • Al momento de cobrar algún premio se solicitará la siguiente información de identificación, en cumplimiento de  la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita;  nombre completo, fecha de nacimiento, RFC, CURP, tipo de identificación oficial, ocupación, teléfono, correo electrónico, país de origen, nacionalidad, país de residencia, entidad federativa, delegación o municipio, ciudad, colonia, código postal, calle, número exterior y número interior.

Es importante mencionar, que en apego a la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, los datos personales que proporcione el beneficiario de un premio o reintegro, son considerados como información confidencial, por lo tanto, no puede ser proporcionada.

Adicional a lo anterior, para los premios menores o reintegros, pueden cobrarse o canjearse en cualquier Expendio Oficial de la Lotería Nacional o directamente con los billeteros, siempre y cuando éstos, dispongan de los recursos monetarios para pagar el premio o reintegro; es importante mencionar, que para los expendios oficiales y para los billeteros, no existe obligación alguna de pagar billetes premiados, ni reintegros; ellos, lo hacen para proporcionar un servicio a sus cliente. Los pagos de reintegros, no causan impuestos.

Impuestos: Todo premio que se obtiene de cualquier sorteo de la lotería es causante del "Impuesto sobre Rifas y Sorteos".

La Lotería Nacional retiene este impuesto y lo entrega a las autoridades federales y estatales:

  • Al Gobierno Federal le corresponde el 1% del premio.
  • A cada estado de la República y al Distrito Federal, el porcentaje que hayan establecido en su legislación.

Vencimiento o Prescripción: El derecho al cobro de billetes de Lotería premiados "vence o prescribe" al año de celebrado el Sorteo, si ese día fuera inhábil, se corre al siguiente día hábil inmediato.

Tarjeta de apoyo que describe los pasos para cobrar los premios en la Ciudad de México

 

 

PARA COBRAR UN PREMIO Y/O REINTEGRO FUERA DE LA CIUDAD DE MÉXICO 

Puede cobrar billetes de lotería premiados en cualquier ciudad de la República realizando lo siguiente:

Si el premio obtenido es menor, o si el billete tiene reintegro, puede cobrarlo o canjearlo directamente con los billeteros o en el Expendio Oficial de Lotería Nacional de su localidad; siempre y cuando éstos, dispongan de los recursos monetarios para pagar el premio.

Importante. No existe obligación alguna para los expendios oficiales y para los billeteros de pagar billetes premiados, ni reintegros; lo hacen para proporcionar un servicio a sus clientes.

En caso de que el Expendio Oficial no pueda pagar el premio, puede acudir a la institución bancaria que éste indique.

  • Acudir al Expendio Oficial de su localidad y presentar, junto con una identificación oficial (IFE, pasaporte, cédula profesional, cartilla militar); el billete o billetes premiados para su validación.
  • Recibir del Expendio Oficial la "Factura de Billetes Premiados", el o los billetes premiados con el sello del Expendio en el reverso del mismo y su identificación oficial, firma de recibido una copia y la indicación de la sucursal bancaria en la que puede cobrar su premio.
  • Acudir a la sucursal bancaria indicada y presentar la Factura de Billetes Premiados, junto con el o los billetes premiados e identificación oficial.
  • Recibir el cheque nominativo por el importe neto indicado en la factura.

Impuestos: Todo premio que se obtiene de cualquier sorteo de la lotería es causante del "Impuesto sobre Rifas y Sorteos".

La Lotería Nacional retiene este impuesto y lo entrega a las autoridades federales y estatales:

  • Al Gobierno Federal le corresponde el 1% del premio.
  • A cada estado de la República y al Distrito Federal, el porcentaje que hayan establecido en su legislación.

Vencimiento o Prescripción: El derecho al cobro de billetes de Lotería premiados "vence o prescribe" al año de celebrado el Sorteo, si ese día fuera inhábil, se corre al siguiente día hábil inmediato.

Tarjeta informativa que describe el procedimiento para cobrar premios en cualquier parte de México