Preguntas frecuentes

Otorgamiento del subsidio por cuidados médicos oncológicos

Para que puedas realizar tu trámite, debes considerar lo siguiente:
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¿Quién puede realizar el trámite?

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La persona madre o padre trabajadora derechohabiente.

 

¿Cuáles son los requisitos?

 

   
  1. Ser madre o padre trabajador vigente en la modalidad que incluya seguro de salud (excepto en continuación voluntaria en el régimen obligatorio).
  2. Que el paciente sea menor de 16 años se encuentre vigente.

 

 

 

¿Qué documentos necesito y cuáles deben ser sus características?

 

   
  1. Solicitud de Licencia por Cuidados Médicos Oncológicos. – Original.
  2. Clave Única de Registro de Población (CURP). – Original.
  3. Cédula de Identificación Fiscal. – Original.
  4. Estado de Cuenta Bancario. – Original.
  5. Licencias por Cuidados Médicos Oncológicos. – Original.
 
NOTA: Al momento de solicitar el trámite en el Departamento de Pensiones, Seguridad e Higiene de la Oficina de Representación Estatal y Regional correspondiente, se le proporcionará el “Formato de Acuse de Recepción de Documentos para el Trámite del Subsidio por Cuidados Médicos Oncológicos”, el cual deberá requisitar y presentar junto con la documentación previamente solicitada.
 

 

¿Qué pasos debo realizar para el trámite?

 

Presencial:

  1. Acude a la Oficina de Representación del Instituto, según corresponda a tu domicilio particular.
  2. Presenta la documentación solicitada.
  3. Espera la notificación de tu resolución de pago.
  4. Recibe la notificación del pago correspondiente realizado por transferencia bancaria.
   

 

¿En cuánto tiempo obtengo una respuesta de resolución de este trámite?

 

30 días hábiles.

 

¿Cuál es el costo de este trámite?
 

Trámite gratuito.

 

¿Existe un contacto para la orientación o pedir informes?
 

Rodrigo Melo Castro
rmelo@issste.gob.mx
Jefe de Servicios
Teléfono (0155) 5140-9617, Extensión 12246.

   

 

¿Es necesario realizar una cita y en dónde?
 

No es necesario sacar una cita.

 

¿Qué pasaría si no realizo este trámite?
 

Las personas madres o padres trabajadoras, no podrán tener acceso al pago de subsidio por cuidados médicos oncológicos.

 

Consideraciones a tomar en cuenta

 

   
  1. Sólo puede solicitarla la madre o el padre trabajador en el consultorio de la especialidad, hospitalización y/o urgencias.
  2. La expide exclusivamente el médico especialista tratante.
  3. Puede otorgarse para dar acompañamiento sólo durante los periodos críticos de la enfermedad: hospitalización, quimioterapia, radioterapia y/o cuidados paliativos.
  4. No podrá ser solicitada por ambos cuidadores derechoha- bientes en un mismo periodo.
  5. La solicitud debe realizarse dentro de los primeros tres días naturales después del inicio del tratamiento u hospitalización (no hay retroactividad).
  6. Se puede solicitar hasta por 28 días consecutivos, con posibilidad de renovación, siempre y cuando la acumulación de periodos no exceda 364 días a lo largo de un lapso de tres años.
  7. Se debe conservar la copia del formato de solicitud de la primera licencia tramitada; es un requisito para pedir
  8. el Subsidio por Ciudados Médicos Oncológicos.
 

 

Otorgamiento de la licencia por cuidados médicos oncológicos

Para que puedas realizar tu trámite, debes considerar lo siguiente:
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¿Quién puede realizar el trámite?

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La persona madre o padre trabajadora derechohabiente.

 

 

 

¿Qué pasos debo realizar para el trámite?

 
  1. Corrobora que tu historial de cotización se encuentre actualizado a través del portal: oficinavirtual.issste.gob.mx
  2. Verifica que cuentes con 210 días cotizados en un periodo de 12 meses anteriores a la fecha de diagnóstico.
  3. Si no cumples con la condición anterior, podrás solicitarlo para las licencias subsecuentes que tramites una vez que alcances 360 días de cotización ininterrumpidos.
  4. Preséntate en el área de representación estatal o regional que te corresponda, con la siguiente documentación:
  • Copia del formato de solicitud de la primera Licencia por Cuidados Médicos Oncológicos que tramitaste.
  • Las licencias por cuidados médicos oncológicos por las que requieres el subsidio, expedidas durante el año calendario en curso.
  • Clave Única de Registro de Población (CURP).
  • Estado de cuenta bancario a tu nombre, que contenga la CLABE, con vigencia de hasta 3 meses previos a la fecha de este trámite.                                                    

       6. Una vez que la oficina de representación compruebe que cumples con los requisitos y que tu documentación está completa, recibirás el pago dentro de los próximos 30 días   hábiles.

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            Actualizado Marzo 2024

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