Conforme al artículo 11 del Estatuto Orgánico del ISSFAM, el Director General tiene a su cargo la conducción y ejecución de las acciones operativas del Instituto, así como las obligaciones y facultades siguientes:

Objetivo General

De conformidad a la ley del Instituto de Seguridad social para las Fuerzas Armadas Mexicanas y a su Estatuto Orgánico.

Funciones

  • Representar al Instituto;
  • Presentar cada año a la Junta Directiva un informe pormenorizado del estado del Instituto;
  • Someter a la decisión de la Junta Directiva todas aquellas cuestiones que sean de la competencia de la misma;
  • Asistir a las sesiones de la Junta Directiva , con voz pero sin derecho a voto. En sus ausencias, concurrirá a ellas quien asuma sus funciones;
  • Formular y presentar a la Junta Directiva el balance, los presupuestos de ingresos y egresos, la memoria y los planes de inversiones y de operaciones y servicios del Instituto correspondientes a cada ejercicio anual;
  • Administrar los bienes del Instituto;
  • Dictar las normas de administración y funcionamiento del Instituto; y elaborar los programas de manejo y explotación de sus bienes;
  • Resolver, bajo su inmediata y directa responsabilidad, los asuntos urgentes de la competencia de la junta directiva, a reserva de dar cuenta a la misma en el menor tiempo posible;
  • Conceder licencias al personal del Instituto en los términos de las disposiciones correspondientes;
  • Vigilar las labores del personal exigiendo su debido cumplimiento e imponer a los trabajadores del instituto las correcciones disciplinarias procedentes;
  • Convocar a sesiones ordinarias y extraordinarias a los miembros de la Junta Directiva cuando proceda o, a su juicio, existan razones suficientes;
  • Autorizar los cambios internos de estructura de las unidades administrativas cuando se trate de plazas ya previamente establecidas presupuestalmente; con excepción de lo señalado en la Ley Federal de las entidades paraestatales;
  • Autorizar a los directores de área la firma de los convenios y contratos en los que el Instituto sea parte, atendiendo a la esfera de sus atribuciones, y
  • Las demás que señalen la Ley Federal de las entidades paraestatales, Ley de este Instituto, sus reglamentos y demás disposiciones aplicables.