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Ayuda para gastos de sepelio en el ISSFAM

El ISSFAM otorga un apoyo económico al personal militar en situación de retiro al momento del fallecimiento de sus familiares en línea directa.

Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas | 31 de octubre de 2022
Logotipo del Instituto en escala de grises .
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  • El personal militar que este percibiendo haber de retiro por el fallecimiento de algún familiar en línea directa. (cónyuge, concubina, concubinario, madre, padre, hijos.)
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  1. Copia certificada del acta de defunción del militar.
  2. Facturas de gastos funerarios a favor del solicitante.
  3. Copia simple del INE o Pasaporte vigente del solicitante.
  4. Original o copia simple de la tarjeta de Filiación del militar extinto.
  5. Copia certificada del acta de nacimiento o matrimonio según corresponda (para acreditación de parentesco con el extinto)
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En la Ciudad de México o el interior de la República, la solicitud se requisitará en línea:

  1. Ingresa al apartado de trámites de gob.mx del ISSFAM:
    https://www.gob.mx/tramites/ficha/solicitud-de-ayuda-economica-para-gastos-de-sepelio-ante-el-issfam/ISSFAM5070
  2. Ingresa al menú "Trámite en línea" y selecciona “Registrar ayuda para gastos de sepelio”.
  3. Selecciona datos del derechohabiente extinto (nombre, fecha de fallecimiento).
  4. Selecciona datos del militar en situación de retiro solicitante (CURP, RFC, nombre, dependencia, grado, matrícula, parentesco con la persona fallecida, expediente y filiación).
  5. Ingresa el domicilio de la persona solicitante, aunque el teléfono o correo electrónico no son obligatorios se recomienda requisitar por cualquier necesidad de contacto respecto a su trámite.
  6. En la opción de radicación de pago, seleccionar la transferencia bancaria como forma de pago de su beneficio
  7. Capturar la clave bancaria estandarizada (CLABE) compuesta por sus 18 dígitos de una cuenta bancaria a nombre del beneficiario o beneficiaria.
  8. Se recomienda verifique y deberá confirmar la clave, siendo su responsabilidad.
  9. Para concluir el registro deberá capturar el código de verificación (captcha), cuando acepte se mostrará el formato de solicitud debidamente requisitado, el cual debería imprimirse, firmarlo y anexarlo a la documentación y remitirse en un sobre cerrado dirigido a la Dirección de Prestaciones Económicas, Subdirección de Seguros y Trámite de Prestaciones en Av. Industria Militar No. 1053, Col. Lomas de Sotelo, Alcaldía Miguel Hidalgo, C.P. 11200 Cd. México
  10. Es importante que anote el número de folio que le arroga el sistema, ya que con el podrá darle seguimiento a su trámite en el punto de “Consultar el estatus de la solicitud” que se encuentra en el siguiente link: https://servicios.sedena.gob.mx:8443/PagasAyud/Globales/ConsultaSegLanza.jsp
  11. Selecciona datos del derechohabiente extinto (nombre, fecha de fallecimiento).
  12. Selecciona datos del militar en situación de retiro solicitante (CURP, RFC, nombre, dependencia, grado, matrícula, parentesco con la persona fallecida, expediente y filiación).
  13. Ingresa el domicilio de la persona solicitante, aunque el teléfono o correo electrónico no son obligatorios se recomienda requisitar por cualquier necesidad de contacto respecto a su trámite.
  14. En la opción de radicación de pago, seleccionar la transferencia bancaria como forma de pago de su beneficio
  15. Capturar la clave bancaria estandarizada (CLABE) compuesta por sus 18 dígitos de una cuenta bancaria a nombre del beneficiario o beneficiaria.
  16. Se recomienda verifique y deberá confirmar la clave, siendo su responsabilidad.
  17. Para concluir el registro deberá capturar el código de verificación (captcha), cuando acepte se mostrará el formato de solicitud debidamente requisitado, el cual debería imprimirse, firmarlo y anexarlo a la documentación y remitirse en un sobre cerrado dirigido a la Dirección de Prestaciones Económicas, Subdirección de Seguros y Trámite de Prestaciones en Av. Industria Militar No. 1053, Col. Lomas de Sotelo, Alcaldía Miguel Hidalgo, C.P. 11200 Cd. México
  18. Es importante que anote el número de folio que le arroga el sistema, ya que con el podrá darle seguimiento a su trámite en el punto de “Consultar el estatus de la solicitud” que se encuentra en el siguiente link: https://servicios.sedena.gob.mx:8443/PagasAyud/Globales/ConsultaSegLanza.jsp

Presencial en la Ciudad de México:
Si radicas en la Ciudad de México acude a la Dirección de Vivienda en el quinto piso del ISSFAM, ubicado en Av. Industria Militar No. 1053, Col. Lomas de Sotelo, Alcaldía Miguel Hidalgo, Código Postal 11200, Ciudad de México, con tu documentación para solicitar tu trámite.

En el interior de la República:
Podrás acudir a la instalación militar más cercana a que se le oriente en el trámite.

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  1. El nombre en el estado de cuenta debe aparecer exactamente igual que en la Identificación Oficial que remiten.
  2. Tener especial cuidado al capturar la CLABE interbancaria, es muy importante, porque a esa cuenta se realiza el pago, y debe coincidir con el estado de cuenta que remiten.
  3. Bancos: Preferentemente Banjército y Bancoppel, otros bancos como BBVA Bancomer, Banorte y Banamex deben verificar antes de elaborar la solicitud, si su cuenta recibe transferencias electrónicas superiores a $100,000.00.
  4. Cuentas de Saldazo del Oxxo NO reciben transferencias electrónicas.
  5. Favor de mantener la cuenta con movimientos todos los meses mientras se realiza su pago.

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15 días hábiles considerando que la documentación presentada se encuentre completa y correcta ya que de lo contrario se solicitará documentación complementaria que generara que la respuesta de resolución se posponga. 

¿Cuál es el costo de este trámite?
Trámite gratuito.

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Departamento de Orientación y Gestión

¿Es necesario realizar una cita y en dónde?
No es necesario.

¿El apoyo económico en qué consiste?
Los Generales, Jefes, Oficiales, y sus equivalentes en la Armada tendrán derecho a que se les otorgue el equivalente a 20 días de haber de retiro que este percibiendo en el momento del fallecimiento de su familiar.
En los mismos casos para el personal de Tropa del Ejército y de Marinería tendrán derecho a que se les otorgue el equivalente a 40 días de haber de retiro que este percibiendo en el momento del fallecimiento de su familiar.

¿Cómo se determina a quien se le otorga este beneficio cuando existe en el núcleo familiar más de un militar con haber de retiro?
En el caso de padres que tengan varios hijos militares, la ayuda para gastos de sepelio se le cubrirá al hijo que los haya efectuado, situación que se acreditará con la factura electrónica a su nombre.
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