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Devolución del Seguro Colectivo de Retiro ISSFAM

Devoluciones al SE.CO.RE.

Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas | 30 de junio de 2017

Para que puedas realizar tu trámite, debes considerar lo siguiente:

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  • Personal militar que causa baja de las Fuerzas Armadas a partir de 20 años de servicio o por incapacidad en primera o segunda categoría dentro del servicio.
  • Beneficiarios del personal militar activo fallecido con más de 20 años en las Fuerzas Armadas.
  • Acreedor alimentista
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  • Oficio de baja (copia).
  • Certificado de servicios.
  • Certificado de último pago (CUP) emitido por la Unidad Ejecutora de Pagos correspondiente (copia).
  • Identificación oficial del (a) solicitante (Credencial para votar o pasaporte vigente)(copia).
  • Estado de cuenta o documento expedido por la Institución Bancaria, con fecha de expedición no mayor a tres meses, el cual deberá contener: nombre completo del cuentahabiente y clave bancaria estandarizada (CLABE) legible y visible (copia).

En caso de ser necesario adjuntar

  • Ordenamiento judicial, solo en caso de encontrarse sujeto a descuento por pensión alimenticia (copia).
  • Copia certificada del acta de defunción del (a) militar, expedida por el Registro Civil (Original).
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1. Ingresa al apartado de trámites de gob.mx del ISSFAM: https://www.gob.mx/tramites/ficha/solicitud-de-seguro-colectivo-de-retiro-ante-el-issfam/ISSFAM4705
2. Ingresa a la opción "Registrar solicitud”.
3. Selecciona la opción de trámite a realizar.
4. Ingresa tu "CURP" y la del militar.
5. Ingresa el código de verificación.
6. Registra los datos personales solicitados.
7. En la opción de radicación de pago, podrá seleccionar la Transferencia Interbancaria como forma de pago de su beneficio:
8. En caso de seleccionar la opción de transferencia bancaria deberá capturar la clave bancaria estandarizada (CLABE) y deberá confirmar la clave.
9. Para concluir el registro deberá capturar el código de verificación (captcha), cuando acepte se mostrará el formato de solicitud debidamente requisitado, el cual debería imprimirse, firmarlo y anexarlo a la documentación y remitirse en un sobre dirigido a la Dirección de Prestaciones Económicas, Subdirección de Seguros y Trámite de Prestaciones en Av. Industria Militar No. 1053, Col. Lomas de Sotelo, Alcaldia Miguel Hidalgo, C.P. 11200 Cd. México.
10. Es importante que anote el número de folio que le arroga el sistema, ya que con el podrá darle seguimiento a su trámite en el punto de “Consultar el estatus de la solicitud”

Presencial en la Ciudad de México:
Si radica en la Ciudad de México acude al módulo de atención al público del ISSFAM ubicado en Av. Industria Militar No. 1050, Lomas de Sotelo, Alcaldía Miguel Hidalgo, Código Postal 11200, Ciudad de México, con tu documentación para solicitar tu trámite.

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  1. El nombre en el estado de cuenta debe aparecer exactamente igual que en la Identificación Oficial que remiten.
  2. Tener especial cuidado al capturar la CLABE interbancaria, es muy importante, porque a esa cuenta se realiza el pago, y debe coincidir con el estado de cuenta que remiten.
  3. Bancos: Preferentemente Banjército y Bancoppel, otros bancos como BBVA Bancomer, Banorte y Banamex deben verificar antes de elaborar la solicitud, si su cuenta recibe transferencias electrónicas superiores a $100,000.00.
  4. Cuentas de Saldazo del Oxxo NO reciben transferencias electrónicas.
  5. Favor de mantener la cuenta con movimientos todos los meses mientras se realiza su pago.
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De 20 a 30 días hábiles con documentación completa.
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Departamento de Orientación y Gestión

¿Es necesario realizar una cita y en dónde?
No es necesario.

¿Por qué causa no tengo derecho a cobrar mi devolución?
Cuando causan baja definitiva de las Fuerzas Armadas por haber permanecido prófugos de la justicia militar.

¿En caso que cause baja por mala conducta o por efectos de sentencia ejecutoria que determinó mi baja o destitución de mi empleo?
Si tendrás derecho a que te devuelvan únicamente las cantidades que aportaste sin importar el tiempo de servicios prestados.

¿La solicitud de la Devolución del Seguro Colectivo de Retiro tiene una vigencia?
La vigencia para solicitar el beneficio será de 2 años y contará a partir del fallecimiento del militar, y en el caso de desaparición comprobada, a partir de la emisión de las órdenes de baja del personal que se encontraba en servicio activo y por lo que hace al personal en situación de retiro a partir de que se emite la sentencia definitiva en el juicio de presunción de muerte.

¿Qué hacer cuando se cancela el cheque de pago de la Devolución del  SE.CO.RE.?
Los cheques tienen una vigencia de tres meses a partir de que se expide a nombre del interesado o interesada, asimismo, en caso de que éste sea cancelado se deberá solicitar una reexpedición mediante solicitud debidamente firmada, anexando copia de su identificación oficial vigente (IFE, INE o Pasaporte).

Los trámites y servicios de este Instituto se otorgan de conformidad a lo establecido a su normatividad, asimismo, queda prohibido cualquier forma de discriminación por: origen étnico o nacional, la raza, el color de la piel, la cultura, el sexo, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, económica, de salud o jurídica, la religión, preferencias sexuales, estado civil, apariencia física, las características genéticas, condición migratoria, la lengua o cualquier otro motivo.

 

 

 

 

 

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