Publicaciones Recientes
2024-03-20 09:21:00 -0600
2024-03-14 15:06:00 -0600
2024-03-13 13:21:00 -0600
2024-03-11 16:07:00 -0600
2024-03-07 16:14:00 -0600

Devolución del Fondo de la Vivienda Militar (FOVIMI)

a beneficiarios en caso de muerte del militar en activo ISSFAM

Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas | 17 de febrero de 2017
logo .

Se devolverá el total de depósitos constituidos a favor del militar a las y los beneficiarios designados en la hoja de trabajo por el o la militar fallecido.

“En el caso que se haya hecho uso del crédito hipotecario otorgado a cargo del Fondo de la Vivienda Militar antes del 20 de noviembre del 2008, se le retiene el 40% del 5% de las aportaciones para amortizar la deuda del crédito hipotecario; y quien haya ejercido su crédito hipotecario a partir del 20 de noviembre del 2008 se le retendrá el 100% de las aportaciones, para el mismo caso.”

Los Derechos de los miembros de las Fuerzas Armadas titulares de depósitos constituidos en el FOVIMI o de sus causahabientes o beneficiarios, prescribirá en un plazo de 5 años.

Regresar a Inicio de Crédito Hipotecario

Contesta nuestra encuesta de satisfacción.
¿Cómo fue tu experiencia en gob.mx?

Imprime la página completa

La legalidad, veracidad y la calidad de la información es estricta responsabilidad de la dependencia, entidad o empresa productiva del Estado que la proporcionó en virtud de sus atribuciones y/o facultades normativas.