Con fundamento en el artículo Tercero del “Acuerdo mediante el cual se ordena la suspensión de labores en la Administración Pública Federal y en el sector productivo de todo el territorio nacional, durante el periodo que comprende del 1º. al 5 de mayo del presente año”, se informa que se han identificado las áreas indispensables del Instituto para la Protección al Ahorro Bancario (IPAB), que continuarán realizando sus funciones, ante esta situación de emergencia. Salvo la operación de dichas áreas, el IPAB suspende labores del 1º al 5 de mayo.

En virtud de lo anterior y toda vez que el sector financiero continuará laborando, el día 4 mayo del presente año, el IPAB realizará las operaciones de tesorería que correspondan con bancos y casas de bolsa, así como las acciones necesarias para la emisión de Bonos para la Protección al Ahorro (BPA’S) del día 6 de mayo.