SEGOB - FONATUR - INPI

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EL GOBIERNO DE MÉXICO

Con fundamento en los artículos 1º, 2º, 39, 90 y 133 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; los artículos 1 y 6 del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes; 19 y 32 de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas; XXIII de la Declaración Americana sobre Derechos de los Pueblos Indígenas; 25 inciso a) del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; 42 y 44 de la Ley General de Turismo; 1, 2 fracción I, 10, 11, 12, 14, 16, 26, 27 fracción I, II, VII y XXIV de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 59 fracción I de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 1, 2, 3, 4 fracciones III, IV, VI, VII, XII y XXIII, 5, 6 fracciones I, II y VII y 9 de la Ley del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas; 6 fracciones I, II, IV, XII, XVI y XVII, 69 fracciones IV y VI y 76 fracciones I, II, III, V y VII del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación,

C O N V O C A

A las autoridades e instituciones representativas de los municipios y las comunidades indígenas pertenecientes a los pueblos indígenas Maya, Ch’ol, Tseltal, Tsotsil, y otros, de los estados de Chiapas, Tabasco, Campeche, Yucatán y Quintana Roo, ubicados en el área de influencia del “Proyecto de Desarrollo Tren Maya”, así como a la ciudadanía en general de dichos estados, a participar en el

PROCESO DE CONSULTA INDÍGENA Y JORNADA DE EJERCICIO PARTICIPATIVO CIUDADANO SOBRE EL “PROYECTO DE DESARROLLO TREN MAYA”

El proceso de Consulta a comunidades indígenas se realizará del 15 de noviembre al 15 de diciembre de 2019, a través de Asambleas Regionales Consultivas. Por su parte, la Jornada de ejercicio participativo se llevarán a cabo el día 15 de diciembre de 2019, bajo las siguientes:

BASES

Justificación:

El Gobierno de la República considera que los pueblos indígenas son parte fundamental del actual proceso de transformación nacional, por lo cual, como sujetos de derecho público, son el eje central de atención de la política pública y de los proyectos estratégicos. Por ello, los proyectos tendrán componentes cimentados en sus concepciones de desarrollo y sus especificidades culturales. Se trata de alcanzar el bienestar de los pueblos indígenas y el desarrollo de la nación sobre la base del respeto irrestricto de sus derechos fundamentales y una distribución justa de beneficios.

Bajo estas consideraciones, la creación e implementación del “Proyecto de Desarrollo Tren Maya”, se concibe como un proyecto cuyo objetivo principal es lograr el desarrollo integral del sureste de México y la Península de Yucatán a partir de los siguientes ejes: ordenamiento territorial, preservación del medio ambiente, desarrollo económico inclusivo, bienestar social y la protección del patrimonio tangible e intangible e identidad histórica de los pueblos de la región.

Todo ello, se debe desarrollar e implementar mediante el diálogo y consulta con los pueblos y comunidades indígenas ubicados en la zona de influencia del proyecto, con la finalidad de que se incorpore su visión y especificidad cultural, asimismo, se diseñen los mecanismos para su participación plena y efectiva y la distribución justa y equitativa de los beneficios.

Aunado a lo anterior, debe considerarse que los ejercicios participativos robustecen los principios democráticos, entendiendo la democracia no solo como un régimen político, sino como un sistema de vida fundado en el constante mejoramiento económico, social y cultural, pues tienen por objeto que el Gobierno de la República conozca el parecer de la población sobre un tema específico, como condición previa a la toma de decisiones públicas, dando cumplimiento al objetivo 1.2 del Plan Nacional de Desarrollo en el que se prevé abrir el gobierno a la participación social y escuchar de manera permanente a la sociedad.

Por esta razón, el Gobierno de México considera de gran importancia llevar a cabo este proceso de diálogo abierto, directo y constructivo con las comunidades indígenas y la ciudadanía en general.

I. DE LA CONSULTA LIBRE, PREVIA E INFORMADA A LAS COMUNIDADES INDÍGENAS

A) Objeto de la consulta:

El Proceso de Consulta tendrá por objeto:

  1. Establecer un diálogo con los pueblos y comunidades indígenas a fin de recibir sus opiniones sobre el “Proyecto de Desarrollo Tren Maya”; y
  2. Establecer acuerdos con los pueblos y comunidades indígenas que se encuentran en el área de influencia del Proyecto, respecto de su participación en la implementación de dicho proyecto, así como en la distribución justa y equitativa de los beneficios.

B) Materia de la consulta

Será materia de la consulta:

La creación del “Proyecto de Desarrollo Tren Maya” en los aspectos que tienen una relación directa con los pueblos y comunidades indígenas consultadas.

C) Identificación de los actores del Proceso de Consulta

i. Autoridad Responsable.- Tiene este carácter el Fondo Nacional de Fomento al Turismo, FONATUR.

II. Órgano Garante.- La Subsecretaría de Desarrollo Democrático, Participación Social y Asuntos Religiosos de la Secretaría de Gobernación.

III. Órgano Técnico.- El Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas, quien orientará y garantizará el adecuado desarrollo del Proceso de Consulta.

IV. Comité Técnico Interinstitucional.- Se integrará por representantes de las instancias de gobierno que, por razón de su competencia legal, atienden a los pueblos y comunidades indígenas, quienes proporcionarán la información que requieran o soliciten los sujetos consultados.

Integrarán este Comité: La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT), Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (SEDATU), Secretaría de Educación Pública (SEP), Secretaría de Bienestar (SEBIEN), Secretaría de Salud (SS), Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (SADER), Secretaría de Cultura (CULTURA), Secretaría de Turismo (SECTUR), Secretaría de Energía (SENER), Secretaría de Economía (SE), la Comisión Nacional del Agua (CONAGUA), Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH), Procuraduría Agraria (PA), Procuraduría Federal de Protección Ambiental (PROFEPA), Comisión Federal de Electricidad (CFE), Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) y Registro Agrario Nacional (RAN), entre otras.

Asimismo, integrarán este Comité las representaciones de los gobiernos de las cinco Entidades Federativas correspondientes.

V. Observadores.- Se invitará con tal carácter a las instancias nacionales e internacionales especializadas en derechos humanos y de los pueblos indígenas.

D) El procedimiento de consulta

La consulta se desahogará a través de las siguientes etapas:

a) Etapa de actos Previos

Para llevar a cabo el Proceso de Consulta y a fin de ofrecer las mejores condiciones de cercanía y comunicación con las comunidades a consultar, se ha configurado 15 regiones indígenas en las que se realizarán las Asambleas Regionales Consultivas, teniendo como base la información oficial disponible sobre municipios y localidades indígenas ubicados en el área de influencia del proyecto.

Asimismo, elaboró un Protocolo de la Consulta Libre, Previa e Informada para este Proceso de Consulta, que contiene las reglas y principios mínimos que deberán observar las partes durante todo el proceso, el cual puede ser consultado en la página electrónica www.gob.mx/inpi.

Dicho protocolo prevé que en aquellos casos de posible afectación a sus tierras y recursos naturales, o cualquiera otra que implique un impacto significativo de acuerdo con el criterio de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, se implementarán procesos de consulta específicos para alcanzar acuerdos con la comunidad de que se trate.

b) Etapa informativa:

A partir de la publicación de la presente convocatoria en el Diario Oficial de la Federación, la Autoridad responsable y el órgano técnico proporcionarán, por todos los medios de comunicación y difusión, la información disponible del proyecto a las comunidades indígenas a consultar.

Asimismo, se realizarán 15 Asambleas Regionales Informativas los días 29 y 30 de noviembre de 2019, a partir de las 09:00 horas en los lugares que más adelante se detallan.

La información que se proporcione, por lo menos deberá atender los siguientes aspectos:

i. Objetivos del proceso de consulta, así como metodología de la Asamblea Regional Consultiva;

ii. Información técnica, económica, social, cultural y ambiental del “Proyecto de Desarrollo Tren Maya”; y,

iii.   Se entregará un resumen ejecutivo del proyecto en cuestión;

La comunidad consultada tendrá el derecho de solicitar información adicional en cualquier etapa del procedimiento de consulta. Por su parte, las distintas instancias gubernamentales expondrán la información que, conforme a sus atribuciones, les competa.

c) Etapa deliberativa:

Concluida las Asambleas Regionales Informativas, se declarará abierta la fase deliberativa. En esta etapa los representantes de las comunidades indígenas podrán llevar a cabo asambleas o reuniones con sus integrantes a fin de reflexionar la información recibida y construir propuestas, sugerencias o planteamientos sobre el “Proyecto de Desarrollo Tren Maya”.

d) Etapa de consultiva:

La etapa consultiva se desahogará a través de 15 Asambleas Regionales Consultivas que se celebrarán los días 14 y 15 de diciembre del presente año, a partir de las 09:00 horas.

En esta etapa, la Autoridad responsable del proyecto, establecerá un diálogo con las comunidades indígenas consultadas con la finalidad de recibir propuestas, opiniones, sugerencias o planteamientos, estableciendo los acuerdos correspondientes.

Las propuestas, recomendaciones y acuerdos serán plasmados en un Acta y Relatoría de las Asambleas a las que se adjuntarán las firmas de los participantes y las firmas de las autoridades responsables.

e) Seguimiento

En las Asambleas Regionales Consultivas se deberá designar una Comisión de Seguimiento y Verificación para el debido cumplimiento de los acuerdos. El INPI dará seguimiento al cumplimiento de los acuerdos que se generen en el Proceso de Consulta.

f) Otros mecanismos de recepción de propuestas y planteamientos

Las autoridades y representantes de las comunidades indígenas, así como los ciudadanos pertenecientes a dichas comunidades podrán remitir sus propuestas, opiniones, sugerencias o planteamientos al siguiente correo electrónico: derechosindigenas@inpi.gob.mx

De igual manera, podrán entregarlos directamente en las Oficinas de Representación y en los Centros Coordinadores de Pueblos Indígenas del INPI.

E. Sedes y fechas de la Consulta Indígena:

Las Asambleas Regionales Consultivas a los pueblos indígenas se realizarán en los siguientes lugares y fechas:

Entidad federativa

Sede

Pueblos Indígenas

Fase informativa

Fase consultiva

Chiapas

Palenque, Palenque

Ch´ol y Tseltal.

29 de noviembre de 2019

14 de diciembre de 2019

Tabasco

Tenosique, Tenosique

Tseltal, Ch´ol y Tsotsil.

30 de noviembre de 2019

15 de diciembre de 2019

Campeche

Xpujil, Calakmul

Maya Peninsular y Ch´ol.

30 de noviembre de 2019

15 de diciembre de 2019

Campeche

Don Samuel, Escárcega

Maya Peninsular

30 de noviembre de 2019

15 de diciembre de 2019

Campeche

Felipe Carrillo Puerto, Champotón

Maya Peninsular

30 de noviembre de 2019

15 de diciembre de 2019

Campeche

Tenabo, Tenabo

Maya Peninsular

29 de noviembre de 2019

14 de diciembre de 2019

Yucatán

Pisté, Tinum

Maya Peninsular

29 de noviembre de 2019

14 de diciembre de 2019

Yucatán

Chichimilá, Chichimilá

Maya Peninsular

29 de noviembre de 2019

14 de diciembre de 2019

Yucatán

Tunkás, Tunkás, 

Maya Peninsular

29 de noviembre de 2019

14 de diciembre de 2019

Yucatán

Tixpéhual,
Tixpéhual,

Maya Peninsular

29 de noviembre de 2019

14 de diciembre de 2019

Yucatán

Maxcanú, Maxcanú

Maya Peninsular

29 de noviembre de 2019

14 de diciembre de 2019

Quintana Roo

Reforma, Bacalar

Maya Peninsular

30 de noviembre de 2019

15 de diciembre de 2019

Quintana Roo

Xul-há, Othón P. Blanco

Maya Peninsular

30 de noviembre de 2019

15 de diciembre de 2019

Quintana Roo

X- Hazil Sur, Felipe Carrillo Puerto

Maya Peninsular

30 de noviembre de 2019

15 de diciembre de 2019

Quintana Roo

Cobá, Tulum

Maya Peninsular

30 de noviembre de 2019

15 de diciembre de 2019

La ubicación de los lugares en donde se desahogaran cada una de las Asambleas Regionales en cada una de las sedes, será publicada en la página web: www.gob.mx/inpi y se garantizará la más amplia difusión a través del Sistema de Radiodifusoras Culturales Indígenas del INPI, así como los canales de comunicación oficiales de la autoridad responsable.

II. DEL EJERCICIO PARTICIPATIVO CIUDADANO

a) Objeto

El ejercicio participativo ciudadano tendrá por objeto:

Promover la participación de la ciudadanía para la toma de decisiones, con información adecuada, oportuna y accesible del “Proyecto de Desarrollo Tren Maya”, y con ello facilitar consensos sociales que contribuyan a mantener las condiciones de unidad y la cohesión social, promover el fortalecimiento de las instituciones de gobierno y la gobernabilidad democrática.

b) El procedimiento del Ejercicio Participativo.

Previo a la jornada de participación de la ciudadanía, se realizarán brigadas informativas con la finalidad de sensibilizar a la población sobre la importancia de su participación y proporcionarle información del Proyecto.

El 15 de diciembre del presente año, se instalarán Módulos de Participación Ciudadana en los estados de Chiapas, Tabasco, Campeche, Yucatán y Quintana Roo. Se recibirá la participación de la ciudadanía a través de casillas y papeletas en la que expresarán su opinión. Las casillas funcionarán en un horario de 8:00 a 18:00 horas (hora local). Los módulos serán instalados en los municipios directamente involucrados en el trazo de la vía del tren conforme al “Proyecto de Desarrollo Tren Maya”.

El Gobierno de México difundirá la ubicación de los Módulos de Participación Ciudadana en el sitio de internet www.participacionsocial.gob.mx. En ese mismo sitio pondrá a disposición de la ciudadanía la metodología utilizada para determinar la ubicación de los módulos, así como el número de boletas y la forma de identificación de las personas participantes. Dicha metodología explicará los criterios tales como población, padrón, accesibilidad y vialidad, eso determinará también el número de boletas por módulo.

III. INFORMACIÓN Y ENLACES:

Para mayor información respecto de la Consulta Indígena, podrán acudir a los centros coordinadores de Pueblos Indígenas con sede en Palenque, Chiapas; Nacajuca y Tenosique del estado de Tabasco; Kalkiní, Hopelchén, X’pujil y Escárcega del estado de Campeche; Maxcanú, Peto, Sotuta y Valladolid del estado de Yucatán; así como, en Felipe Carrillo Puerto, Nuevo X’Can y Jose María Morelos del estado de Quintana Roo; o bien, en las oficinas de representación del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas en dichas Entidades Federativas y en sus oficinas centrales: Correo electrónico: derechosindigenas@inpi.gob.mx. Teléfono: (55) 91 83 21 00 Ext. 7542, 7562 y 7564.

Ciudad de México; a 14 de noviembre de 2019.
 

POR EL FONDO NACIONAL DE FOMENTO AL TURISMO
MILARDY DOUGLAS ROGELIO JIMÉNEZ PONS GÓMEZ
DIRECTOR GENERAL

POR LA SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN
MAESTRA DIANA ÁLVAREZ MAURY
SUBSECRETARIA DE DESARROLLO DEMOCRÁTICO, PARTICIPACIÓN SOCIAL  Y ASUNTOS RELIGIOSOS

POR EL INSTITUTO NACIONAL DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS
LICENCIADO ADELFO REGINO MONTES
DIRECTOR GENERAL

 

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