Con el fin de acabar con la discriminación y celebrar la diversidad, la tolerancia y la inclusión, el 1 de diciembre de 2013, la Asamblea General de las Naciones Unidas proclamó el 1 de marzo el Día para la Cero Discriminación, basándose en el Artículo 1° de la Declaración Universal de Derechos Humanos, el cual señala que "todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos"

De conformidad con la “Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación”, ésta consiste en toda distinción, exclusión, restricción o preferencia que, por acción u omisión, con intención o sin ella, no sea objetiva, racional ni proporcional y tenga por objeto o resultado obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos humanos y libertades, cuando se base en uno o más de los siguientes motivos: el origen étnico o nacional, el color de piel, la cultura, el sexo, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, económica, de salud o jurídica, la religión, la apariencia física, las características genéticas, la situación migratoria, el embarazo, la lengua, las opiniones, las preferencias sexuales, la identidad o filiación política, el estado civil, la situación familiar, las responsabilidades familiares, el idioma, los antecedentes penales o cualquier otro motivo.

El derecho a no ser discriminado implica que las personas y pueblos reciban un trato digno, a que se respete su autonomía, privacidad y confidencialidad. Nunca se debe discriminar a nadie por razones de edad, sexo, identidad de género, orientación sexual, discapacidad, raza, etnia, idioma, estado de salud (incluyendo el VIH), localización geográfica, estatus económico o migratorio, o por cualquier otra índole.[INPI1] 

En este sentido, el Programa Conjunto de las Naciones Unidas sobre el VIH/Sida (ONUSIDA), lanzó la campaña #cerodiscriminación para celebrar el derecho de todas las personas a vivir una vida plena y productiva con dignidad. La temática de este año es “Cero discriminaciones contra mujeres y niñas”.

Si bien los Pueblos Indígenas y Afrodescendiente son raíz y origen de México y en América Latina, también han sido objeto de vejaciones, discriminación y desigualdad, han enfrentado muchos desafíos y sus derechos humanos han sido violados con frecuencia: se les ha privado de su derecho a controlar su propio desarrollo con base en sus valores, necesidades y prioridades; han tenido escasa representación política; y no han tenido acceso a los servicios sociales; sin embargo, son ejemplo de tenacidad, lucha y resistencia en las diversas etapas históricas por los que ha pasado el país y la región.

En el caso específico de las mujeres y niñas pertenecientes a estos pueblos, han sufrido de discriminación estructural que se ha manifestado por ejemplo en el sistema educativo con una oferta de servicios muy por debajo de los mínimos recomendados en comparación con los que se brindan a otros sectores de la población, dificultad de acceso geográfico, infraestructura deficiente, ausencia de políticas educativas culturalmente adecuadas, o limitada oferta de educación intercultural bilingüe y falta de mecanismos de participación efectiva de las comunidades en los proyectos y procesos de enseñanza-aprendizaje. Asimismo, los roles y funciones que se han asignado a las mujeres indígenas en determinados contextos más tradicionales también han limitado el acceso y la permanencia en el sistema educativo.

El Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas, en el marco de su ley emitida el 4 de diciembre de 2018, reconoce a los pueblos Indígenas y Afromexicano como sujetos fundamentales de derecho público en el actual proceso de transformación nacional y la renovación de la vida pública, estableciendo una nueva relación entre el Estado y estos Pueblos, por lo que ha asumido el compromiso de reconocer, promover y hacer valer sus derechos, de conformidad con la normativa internacional en la materia.