¿En qué consiste el apoyo?

Dependiendo de las necesidades detectadas en materia de derechos de las mujeres indígenas y afromexicanas y con base en la disponibilidad presupuestal, las Unidades Operativas y Administrativas del INPI podrán contar con una promotora de los derechos de las mujeres indígenas.

El Instituto es quien formulará las invitaciones por escrito a las personas prospectas.

¿Hacia quienes se dirige?

Esta modalidad está dirigida a mujeres indígenas y afromexicanas para que realicen acciones de promotoría en temas de derechos de las mujeres, prevención de la violencia de género y derechos sexuales y reproductivos, asesoría y acompañamiento a situaciones de violación de derechos de las mujeres

¿Existen criterios para ser elegibles?

a) Preferentemente ser hablante de la lengua indígena,
b) Contar con reconocimiento comunitario,
c) Contar con bachillerato terminado, preferentemente tener formación en derecho, antropología social, sociología, trabajo social, psicología, lengua y cultura, salud intercultural y enfermería,
d) Tener conocimientos en temas de derechos de las mujeres, igualdad de género, prevención de la violencia de género y derechos sexuales y reproductivos, y
e) Contar con disponibilidad de horario, considerando 6 horas diarias de lunes a viernes

¿Qué requisitos se deben cumplir?

Presentar la siguiente documentación en un periodo de cinco (5) días hábiles, contados a partir de la fecha de recepción de la invitación:
a) Escrito libre por el que la persona invitada, manifiesta su aceptación para participar, en los términos y condiciones establecidos en la presente guía; señalando que no mantiene relación de parentesco con servidoras y servidores públicos del INPI y que cuenta con la disponibilidad de horario señalada en los criterios,
b) Carta de las autoridades comunitarias en la que se indique que la persona invitada forma parte de la comunidad y, en su caso, señale que es hablante de la lengua indígena,
c) Currículum vítae debidamente firmado,
d) Copia del comprobante de domicilio,
e) Copia de la Clave Única de Registro de Población (CURP),
f) Copia de la identificación oficial (credencial del INE o cédula profesional),
g) Copia del comprobante con el que acredite tener estudios de nivel bachillerato o equivalente, preferentemente tener formación en derecho, antropología social, sociología, trabajo social, psicología, lengua y cultura, salud intercultural y enfermería, y
h) Documentos que avalen tener conocimientos en las temáticas de derechos de las mujeres, igualdad de género, prevención de la violencia de género y derechos sexuales y reproductivos. Se puede presentar como probatorio lo siguiente:

  • Copia simple de las constancias de haber recibido cursos y formación en los temas referidos,
  • Copia simple de las constancias de haber impartido cursos, talleres y/o conferencias en los temas propuestos en el proyecto, y
  • Contratos/Convenios/Acuerdos celebrados con instituciones federales, estatales y municipales para el desarrollo de acciones en temas de la promotoría.

De los documentos que se pide copia, se deberá presentar al momento de su entrega el original para cotejo.

¿Existe un monto de apoyo?

Los apoyos se otorgarán para el ejercicio fiscal en curso por un periodo máximo de ocho meses. Cada apoyo será por monto mensual de $8,000.00 (Ocho mil pesos 00/100 M.N.), Adicional a lo anterior, se otorgarán a cada persona promotora, de manera mensual $1,000.00 (Mil pesos 00/100 M.N.) por concepto de movilidad.

¿Cuál es el procedimiento?

Dependiendo de las necesidades detectadas en materia de derechos de las mujeres indígenas y afromexicanas y con base en la disponibilidad presupuestal, las Unidades Operativas y Administrativas del INPI podrán contar con una promotora de los derechos de las mujeres indígenas. En aquellos casos en que las necesidades de operación lo requieran, podrán contar con un número mayor de promotoras.

El Instituto formulará las invitaciones por escrito a las personas prospectas, de acuerdo con los criterios señalados en la normatividad, debiendo invitar a un número mayor del total requeridas, para seleccionar entre ellas a la que se apegue de mejor manera al perfil.

Si las personas invitadas a participar como promotoras de los derechos de las mujeres indígenas y afromexicanas, no entregan al INPI -durante el plazo establecido- la documentación correspondiente, se entenderá que no se encuentran interesadas en participar y se valorarán únicamente los perfiles de quienes sí entregaron la documentación completa.

Las personas invitadas que se encuentren interesadas en participar y no entreguen al Instituto la documentación completa dentro del plazo establecido, contarán con cinco (5) días hábiles posteriores a la fecha de entrega de la documentación, para integrar en su totalidad al expediente los requisitos establecidos; en caso de no dar atención dentro de este plazo, se entenderá que no se encuentra interesada en participar y se tendrá por desierta la invitación.

Concluido este periodo, el INPI realizará la revisión y valoración de los expedientes, así como la evaluación de conocimientos, habilidades y aptitudes.

Una vez que el Instituto cuente con la definición de la persona que da cumplimiento con los criterios y requisitos establecidos en la presente normatividad, informarán por escrito a las personas interesadas el resultado.

La persona seleccionada como promotora, deberá acudir al Instituto a firmar el Convenio de Concertación en el que se precisarán las particularidades del apoyo, derechos y obligaciones.

Conforme a las necesidades detectadas y de acuerdo con la disponibilidad presupuestal, el INPI realizará actividades de capacitación a las promotoras con el propósito de atender aspectos de mejora, y con ello fortalecer sus capacidades para el mejor desempeño de sus actividades.

De manera mensual, la promotora deberá presentar un informe de las actividades realizadas y los objetivos alcanzados, de conformidad con lo señalado en el Convenio de Concertación suscrito; y al concluir el periodo de la promotoría deberá presentar un informe final. De igual manera, la persona responsable que coordine a la promotora emitirá un informe final de su desempeño.

¿Cuál es el horario de atención?

Para mayor información de lunes a viernes vía telefónica de 09:00 hrs. a 15:00 hrs. y de 16:00 hrs. a 18:00 hrs.

¿Con quién se puede establecer contacto?

Con el área responsable de la Atención a mujeres indígenas y afromexicanas para el ejercicio de sus derechos en Oficinas Centrales.

Teléfono: 01 (55) 91832100, ext. 7534, 7541, y 7527
Correo electrónico:  mcalvarez@inpi.gob.mx

En las Oficinas de Representación del INPI en las entidades federativas y en los Centros Coordinadores de Pueblos Indígenas.

¿Cuál es la Unidad administrativa responsable?

Coordinación General de Derechos Indígenas.

¿Tiene vigencia?

Lo estipulado en el convenio de concertación