¿Cuál es el objeto del Programa Proequidad?

Impulsar la participación de la sociedad civil en la promoción y procuración de la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres, a través del otorgamiento de apoyos a las Organizaciones de la Sociedad Civil legalmente constituidas, con fines no lucrativos, para la realización de acciones que permitan reducir las brechas de desigualdad en el país por cuestión de género en los ámbitos social, político, económico o cultural.

¿Cuál es el periodo de ejecución de los proyectos?

Comprende desde la firma del contrato hasta el 30 de noviembre de 2018.

¿Cuáles son las temáticas que contempla la Convocatoria?

Las temáticas son las siguientes, mismas que encontrará detalladas en el ANEXO UNO de las Bases de Participación de la Convocatoria de la Décima Séptima Emisión del Programa Proequidad:

  1. Impulsar el empoderamiento de las mujeres, su participación y representación en espacios de toma de decisión en el Estado y consolidar la cultura democrática.
  2. Potenciar la agencia económica de las mujeres a favor de mayores oportunidades para su bienestar y desarrollo.
  3. Fortalecer las capacidades de las mujeres para alcanzar una salud integral y el pleno ejercicio de sus derechos sexuales y reproductivos.
  4. Promover el acceso de las mujeres a la seguridad y la protección civil.
  5. Promover el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia.
  6. Promover la igualdad jurídica, los derechos humanos de las mujeres y la no discriminación, en el marco del estado de derecho.
  7. Fomentar la creación y profesionalización de las organizaciones de la sociedad civil hacia la promoción de la igualdad de género.

¿Cuántos subtemas deberá atender el proyecto?

De acuerdo con las Bases de Participación de la Convocatoria, el proyecto deberá desarrollar una temática y tres subtemas. Los subtemas podrán seleccionarse de la temática en que se registre el proyecto, o bien combinar subtemas de otras temáticas del ANEXO UNO.

¿Cuál es el contenido de los Anexos de la Convocatoria?

  • ANEXO UNO: Temáticas, subtemas, y ponderación, de las cuales deberá elegir una temática, y tres subtemas.
  • ANEXO DOS: Categorías y montos de participación, incluyendo requisitos de años de constitución requeridos.
  • ANEXO TRES: Tipos de gastos y montos máximos permitidos para el presupuesto del proyecto.
  • ANEXO CUATRO: Municipios dentro de los polígonos del Programa Nacional para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia. Se asignará un puntaje adicional durante la fase de Evaluación Técnica, si el proyecto cuenta con población beneficiada en alguno de dichos municipios.

¿Cuál es la diferencia entre gastos de operación y gastos de inversión?

Los recursos destinados a gastos de inversión serán aquellos utilizados para la compra de equipo, herramientas y, en general, cualquier activo fijo requerido para el desarrollo del proyecto. Por su parte, los gastos de operación abarcan cualquier otro tipo de gasto requerido para el desarrollo de las actividades del proyecto, como pueden ser: insumos de papelería, honorarios, gastos de viaje, impresión de materiales, etc.

¿Qué se revisará en los proyectos con Categoría C?

Además de los requisitos para todas las categorías, se evaluará lo siguiente:

- Que el proyecto contemple acciones que produzcan un efecto inmediato al concluir su ejecución, es decir, la realización de acciones tangibles que demuestren que mejoran las condiciones de vida de la población beneficiada.

- Que las actividades principales del proyecto no estén enfocadas solamente a la capacitación y/o sensibilización, a menos que demuestren la generación de materiales editoriales, modelos de intervención o incidencia, u otros que permitan la continuidad o réplica del proyecto.

¿Hay un mínimo de población beneficiada directa que el proyecto debe atender?

Sí, el mínimo es de 75 personas en total, para cualquier categoría y temática seleccionada.

¿Hay puntajes adicionales por beneficiar una mayor cantidad de población directa?

Sí, se asignará un puntaje de acuerdo con la cantidad de población beneficiada directa:

Población beneficiada

Población Beneficiada

Rango 1

Rango 2

Rango 3

75 a 190 personas

191 a 690 personas

691 o más personas

2 puntos

4 puntos

8 puntos

 

¿Si mi OSC resulta seleccionada, puedo utilizar el recurso para entregar dinero en efectivo a la población beneficiada?

No. Diríjase al apartado XI de las Bases de Participación de la Convocatoria para verificar los conceptos no permitidos para el gasto de recurso. No se permite entregar dinero en efectivo, ni en esquemas de becas o donativos a la población beneficiada por el proyecto.

¿Cuál es la diferencia entre proyectos productivos y proyectos no productivos?

Los proyectos productivos contemplan una o más actividades productivas, que son aquellas tareas que contribuyen económicamente al hogar y a la comunidad, por ejemplo: cultivos y cría de ganado, fabricación de artesanías, empleo remunerado, transformación de materias primas, la producción de bienes y servicios para el autoconsumo y/o la comercialización.

Por otro lado, los proyectos no productivos contemplan actividades de diversa índole que no necesariamente generan una contribución económica al hogar y la comunidad, por ejemplo: capacitaciones, talleres, pláticas, generación y fortalecimiento de redes, creación de observatorios o contralorías sociales, atención jurídica o psicológica, generación de materiales informativos o de divulgación, campañas de sensibilización, servicios asistenciales, actividades artísticas o culturales, etc.

¿Dónde puedo encontrar documentos de apoyo para la elaboración de proyectos con perspectiva de género?

En la sección “documentos del apoyo” del Sistema Proequidad

http://proequidad.inmujeres.gob.mx/public/index.html

 

B. SOBRE LAS OSC PARTICIPANTES

¿Puede participar cualquier tipo de Organización de la Sociedad Civil?

Solamente aquellas que estén constituidas legalmente bajo las figuras de: Asociación Civil (A.C.), Institución de Asistencia Privada (I.A.P.) o Sociedad Civil (S.C.), que estén inscritas en el Registro Federal de las Organizaciones de la Sociedad Civil, coordinado por la Comisión de Fomento a las Actividades de las Organizaciones de la Sociedad Civil, encabezada por el Instituto Nacional de Desarrollo Social (Indesol), y que estén al corriente de todas sus obligaciones fiscales.

¿Puedo presentar más de un proyecto para participar?

No. Sólo se permitirá el registro de un proyecto por organización, tampoco podrán presentar el mismo proyecto dos o más organizaciones.

Si mi organización se dedica solamente a la investigación, ¿puedo participar?

No. No se apoyarán proyectos que estén abocados únicamente a la investigación.

¿Es obligatorio que el objeto social de mi OSC incluya actividades que promuevan la equidad o igualdad de género?

Sí, su objeto social debe incluir el desarrollo de acciones de fomento y promoción de la igualdad de género o de atención a problemáticas puntuales en favor de las mujeres que, por motivos de su género, sufran de discriminación, como lo establecen las Bases de Participación de la Convocatoria.

Y deberán transcribirlo de manera textual como aparece en la Acta Constitutiva pues en la firma de contrato se cotejará. De no coincidir la información que aparece en el Sistema Proequidad con la información descrita en las Actas Protocolarias, no podrá recibir el recurso y éste será transferido a la siguiente organización en la lista de OSC elegibles.

¿Es obligatorio contar con Clave Única de Inscripción al Registro Federal de las Organizaciones de la Sociedad Civil (CLUNI)?

Sí.

Mi asociación obtuvo su CLUNI este año, ¿puedo participar?

Sí.

Mi asociación se constituyó legalmente este año, ¿puedo participar?

No, deberán tener al menos un año de constitución legal cumplido a la fecha de cierre de la Convocatoria.

Si mi representante legal representa a otra organización ¿ambas organizaciones pueden participar?

No. Cuando una persona funja como representante legal de dos o más organizaciones, sólo podrá representar a una de las organizaciones para las que colabore.

¿En qué consiste la figura del responsable interno solidario del donatario?

Es la persona que deberá asegurar la correcta aplicación de los recursos del donativo, en términos de lo que establece el ACUERDO por el que se emiten las reglas, requisitos y los modelos de contratos para formalizar el otorgamiento de donativos publicado en el DOF el 28 de agosto de 2008. Recomendamos que sea la misma persona que funja como “Responsable del Proyecto” ante el Inmujeres, ya que ambas figuras deberán acudir a la firma de contrato si el proyecto resulta seleccionado.

¿El representante legal de mi OSC puede ser el responsable interno solidario del donatario?

No.

¿El representante legal de mi OSC puede ser el responsable del proyecto?

Sí.

¿Qué pasa si mi documento del 32-D del SAT (opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales) no tiene una opinión positiva?

En ese caso, la OSC no aprobará la fase de Evaluación Técnica, por lo cual no podrá continuar concursando para la recepción del donativo.

Presenté mi declaración y el SAT no actualizó a tiempo su sistema ¿Puedo presentar algún otro documento mientras se actualiza el sistema?

No. Sólo es válido el documento 32-D del SAT en opinión positiva. De no contar con este documento en las fechas solicitadas, no podrá continuar en el proceso de elegibilidad sin excepción alguna.

¿Me puedo registrar si no tengo el acuse de recibo de Informe Anual 2015 de las OSC presentado ante Indesol?

Sí. El acuse de recibo del Informe Anual 2017 de las OSC ante Indesol, deberá presentarlo únicamente si su OSC resulta elegible. Deberá contar con dicho acuse al momento de la firma de contrato y presentación de documentos originales. De no presentarlo, no podrá recibir el recurso y éste será transferido a la siguiente organización en la lista de OSC elegibles.

¿Qué pasa si no obtuve una Carta de Terminación por un proyecto desarrollado en el Programa Proequidad en 2017?

En ese caso la OSC no puede participar en ninguna de las categorías de la Convocatoria a la Décima Séptima Emisión 2018 del Programa Proequidad.

¿La OSC necesita ser Donataria Autorizada para poder participar?

No. Si una OSC resulta ganadora, en el comprobante fiscal que entreguen a Inmujeres, la descripción del servicio o concepto deberá detallarse que el importe recibido corresponde al Donativo otorgado por la Federación para la ejecución del Proyecto (describiendo el nombre con el que participe en la presente convocatoria); lo anterior independientemente de que la OSC tenga o no, el carácter de donataria autorizada por parte del Servicio de Administración Tributaria.

Sin embargo, si la OSC es una Donataria Autorizada, su comprobante fiscal deberá cumplir con todos los requisitos fiscales establecidos para su figura.

¿La OSC puede concursar en el Programa Proequidad si está concursando en otra convocatoria o programa del Gobierno Federal?

Sí. Puede concursar, siempre y cuando al momento de su registro en esta Convocatoria, no esté integrada en algún otro padrón de beneficiarios de programas a cargo del Gobierno Federal durante el ejercicio 2018.

¿La OSC puede recibir un recurso del Programa Proequidad si ha sido declarada ganadora de algún otro recurso Federal?

No. Si resulta elegible en el Programa Proequidad, no debe estar integrada en ningún otro padrón de beneficiarios de programas a cargo del Gobierno Federal. Esta situación será verificada mediante el proceso de confronta con la Secretaría de la Función Pública

¿Qué es el proceso de Confronta?

El Inmujeres, en cumplimiento del artículo 80, fracción IV de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria realizará una Confronta en el Registro Único de los Beneficiarios de Donativos en Dinero otorgados por la Federación SIDEOF, de la Secretaría de la Función Pública (SFP). Esta verificación permitirá identificar a las OSC que ya se encuentran en algún padrón de beneficiarios del Gobierno Federal, lo cual les impedirá recibir el recurso del Inmujeres.

Para tal efecto se deberá considerar lo siguiente:

a) Inmujeres publica en su página www.gob.mx/inmujeres la lista preliminar de resultados obtenidos en la fase de dictaminación.

b) Inmujeres solicita la confronta ante la SFP.

c) Con la respuesta que emita la SFP, Inmujeres procederá a eliminar de la lista preliminar aquellas OSC que se encuentren en algún padrón de beneficiarios del Gobierno Federal.

d) Inmujeres publicará en su página www.gob.mx/inmujeres la lista de OSC elegibles, en la cual se indicará quiénes fueron eliminadas por confronta, mismas que también serán notificadas vía correo electrónico para su conocimiento.

 

C. SOBRE EL SISTEMA PROEQUIDAD

Le recomendamos consultar el Manual de usuaria(o) para uso del Sistema Proequidad, antes de comenzar el registro de su proyecto:

En la sección “documentos de apoyo” en la siguiente liga http://proequidad.inmujeres.gob.mx/public/index.html.

¿Cómo inicio el registro de mi proyecto para concursar en la Convocatoria?

Para obtener su registro, las OSC participantes deben realizar la inscripción del proyecto por internet en la dirección http://proequidad.inmujeres.gob.mx/public/index.html.  y contar con una cuenta de correo electrónico.

¿Si registré un proyecto en 2014, 2015, 2016 o 2017, debo generar un nuevo usuario y contraseña?

Sí. El Sistema Proequidad es de reciente creación por lo que no tiene almacenada ningún tipo de información.

¿Cómo verifico que mi proyecto se registró correctamente?

Una vez completado el ingreso de la información y archivos en todas las secciones, el Sistema enviará un mensaje de confirmación a su correo electrónico (acuse), siempre y cuando haya realizado el registro dentro del periodo establecido o dentro del tope de registros que indican las Bases de Participación. Deberá esperar a la Evaluación Técnica para saber si su proyecto continúa al proceso de Dictaminación.

Si me registro o me inscribo, ¿obtengo el estímulo económico?

No. Para obtener el recurso deberá aprobar cada una de las etapas del proceso:

a. Presentar un proyecto de acuerdo con la Convocatoria y registrarlo completamente en el Sistema Proequidad.

b. Posterior a ello habrá un periodo de Evaluación Técnica para revisar si los proyectos cumplen con todos los requisitos para ingresar a la fase de Dictaminación. Si se detecta alguna inconsistencia en la información presentada, tendrá 48hrs. hábiles para solventarlo directamente en el Sistema Proequidad. Solamente pasarán a la fase de Dictaminación aquellos proyectos que aprueben la Evaluación Técnica.

c. En la fase de Dictaminación serán evaluados por un Comité Dictaminador, y ordenados de acuerdo a la puntuación obtenida.

d. En la fase de Confronta se verificará que las OSC no se encuentran en algún otro padrón de beneficiarios del Gobierno Federal, o quedarán eliminadas.

e. Si su proyecto es seleccionado como elegible, deberá presentar toda la documentación legal, fiscal y administrativa obligatoria, para poder obtener el recurso.

f. Si no llegara a presentar toda la documentación requerida para la firma de contrato, el donativo será ofrecido a la siguiente OSC en la lista, de acuerdo a la puntuación.

¿Toda la información y documentos se deben presentar de forma digital?

Sí. Toda la información del proyecto deberá ser llenada en los campos indicados, y los documentos solicitados deberán ser cargados en el Sistema Proequidad en cualquier formato de lectura, con un peso máximo de 4 MB. No se recibirán documentos físicamente en las oficinas de Inmujeres.

¿Si no cuento con computadora o con correo electrónico, puedo entregar el proyecto impreso o físicamente en las oficinas del INMUJERES?

No. Sólo se recibirán proyectos por medio del Sistema Proequidad: http://proequidad.inmujeres.gob.mx/public/index.html.

Si no tengo alguno de los documentos digitales solicitados o no lleno todos los campos, ¿qué pasa?

Al faltar cualquier documento o información solicitada, el Sistema Proequidad no le permitirá finalizar el registro de su proyecto.

¿Será necesario presentar la documentación original en forma física en algún momento?

Sí. Si su organización resulta elegible, deberá presentar los documentos originales para cotejo el día de la firma del contrato, además de los solicitados en el apartado X de las Bases de Participación de la Convocatoria. La falta de cualquier documento impedirá la firma del contrato, y por ende, la recepción del donativo.

¿Cuánto tiempo toma el registro de un proyecto en el Sistema Proequidad?

Suponiendo que tiene disponible toda la información y todos los archivos solicitados sobre el proyecto al momento de ingresar al Sistema Proequidad, el registro de su proyecto le tomará alrededor de cuatro horas continuas. Ud. debe considerar que deberá llenar campos de texto, descargar y llenar formatos, digitalizar (escanear) documentos para cargarlos al sistema, ingresar cronograma de actividades y desgloses presupuestales, etc. Por lo anterior, le invitamos a que comience su registro a partir de la fecha en que se abre la Convocatoria, de modo que tenga tiempo suficiente para cubrir cualquier faltante o resolver cualquier duda sobre el registro en el Sistema Proequidad.

¿Hay algún requisito que mi computadora deba cumplir para accesar al Sistema?

Se recomienda que utilice versiones recientes de los navegadores Google Chrome o Firefox/Mozilla para accesar al Sistema con total funcionalidad.

D. SOBRE LOS REQUISITOS DE REGISTRO EN EL SISTEMA PROEQUIDAD

¿Qué pasa si incluyo el nombre de la OSC, siglas o acrónimos dentro del texto en la sección de “Presentación del Proyecto” del Sistema Proequidad?

- Si se detecta en cualquiera de las etapas del proceso de elegibilidad el nombre, siglas o acrónimos de la OSC dentro de la sección “Presentación del Proyecto “del Sistema Proequidad, quedará automáticamente descalificado del proceso de elegibilidad.

¿Cuáles son los documentos y archivos que deberá presentar la OSC en el Sistema Proequidad del SAT?

- Archivo PDF en el que se otorga una opinión positiva respecto del Cumplimiento de las Obligaciones Fiscales de la organización, de conformidad con lo establecido en el último párrafo del Artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, el cual debe contar con Cadena Original y Sello Digital del SAT. El archivo deberá ser emitido con fecha igual o posterior a la publicación de la Convocatoria y ser generado por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) directamente desde su página en formato PDF. No se recibirán impresiones escaneadas. (El instructivo para descarga está disponible en la sección de “documentos de apoyo del Sistema Proequidad”).

¿Cuáles son los documentos y archivos que deberá presentar la o el representante legal en el Sistema Proequidad?

- Identificación oficial vigente con fotografía;

- Archivo digital de la carta firmada, manifestando bajo protesta de decir verdad los diez puntos establecidos en el inciso (e) del apartado VIII de las Bases de Participación de la Convocatoria (el formato está disponible para descarga en la sección “documentos de apoyo” en el Sistema Proequidad).

¿Cuáles son los documentos y archivos que deberá presentar la o el responsable del proyecto en el Sistema Proequidad?

- Identificación oficial vigente con fotografía;

- Archivo digital del oficio suscrito por el o la representante legal de la OSC mediante el cual se designe a la persona “responsable del proyecto”, quien será responsable de la entrega de los informes (el formato está disponible para descarga en la sección “documentos de apoyo” en el Sistema Proequidad).

- Ficha curricular (el formato está disponible para descarga en el Sistema Proequidad);

- Soporte documental digital (diplomas, reconocimientos y constancias de estudios que amparen la ficha curricular).

¿Cuáles son los documentos y archivos que deberá presentar la o el responsable interno solidario del donatario, en el Sistema Proequidad?

- Identificación oficial vigente con fotografía (de cada persona);

- Archivo digital del oficio suscrito por el o la Representante Legal de la OSC mediante el cual se designa como “responsable interno solidario del donatario” (el formato está disponible para descarga en la sección “documentos de apoyo” en el Sistema Proequidad).

- Comprobante de domicilio.

¿Cuáles son los documentos y archivos que deberá presentar el personal capacitador en el Sistema Proequidad?

- Ficha curricular para personal capacitador (de cada persona, el formato está disponible para descarga en la sección “documentos de apoyo” en el Sistema Proequidad);

- Constancias de estudios. Revisar Bases de Participación para identificar dónde aplican cédulas profesionales.

E. SOBRE LOS REQUISITOS PARA LA FIRMA DE CONTRATOS (SOLO PARA OSC ELEGIBLES)

Si mi OSC resulta elegible, ¿a partir de cuándo puedo pasar a firmar el contrato?

Las OSC elegibles serán notificadas vía correo electrónico, con las indicaciones y fechas en que deberán asistir a la firma del contrato de donativo.

¿Quiénes deben acudir a firmar el contrato?

Las personas que funjan como: Representante Legal, Responsable del Proyecto y Responsable Interno Solidario del Donatario. Recuerde que la misma persona puede fungir como Responsable del Proyecto y como Responsable Interno Solidario del Donatario.

A la cita para firma de contrato, ¿debo llevar copias de todos los documentos?

No, deberán presentar los originales de todos los documentos solicitados, para cotejo. Algunos archivos se le solicitarán en formato digital. Tanto los originales como su dispositivo electrónico le serán entregados al finalizar la cita.

¿Qué pasa si acudo a la firma de contrato pero no traigo todos los documentos requeridos?

La OSC tendrá un plazo no mayor a 48 horas para entregar la documentación faltante. Transcurrido dicho plazo, si el Inmujeres no recibe la documentación faltante, se aplicará afirmativa ficta y se entenderá que la OSC ha declinado el apoyo asignado.

¿Qué documentos puedo utilizar como comprobantes de domicilio?

Comprobante de servicios como recibo de teléfono o televisión por cable luz, agua, o estado de cuenta expedido por una institución bancaria, con antigüedad máxima de tres meses a la fecha de publicación de resultados, en original.

¿La cuenta bancaria debe ser exclusiva para el proyecto presentado?

Sí. La cuenta bancaria será exclusiva para el manejo de los recursos otorgados y no podrá estar ligada a ningún otro instrumento de inversión. Ahí deben permanecer los recursos hasta en tanto sean utilizados, y deberá mantenerse exclusiva hasta el final del ejercicio.

¿Qué pasa si transfiero el recurso a otra cuenta bancaria?

Si se transfiere el recurso a una cuenta bancaria que no fue autorizada por el Inmujeres, deberá restituir la totalidad del recurso a la Tesofe sin importar lo que ya se haya ejercido.

¿Puedo utilizar una cuenta bancaria ya existente en la organización?

Sí, siempre y cuando la cuenta no sea de inversión ni esté relacionada a ningún instrumento de inversión. La OSC se comprometerá a utilizar dicha cuenta únicamente para la administración del proyecto, y hasta el término del mismo, incluso si concluye la erogación del recurso antes del término del contrato.

Si se realizan a depósitos a dicha cuenta provenientes de otros apoyos económicos, se penalizará a la OSC con la no entrega de la Carta de Terminación.

¿Puedo presentar el documento del Registro Federal de Contribuyentes (RFC) que me entregaron cuando lo obtuve?

No. Deberá entregar el RFC actualizado de su OSC, que se genera a través de la página del SAT: www.sat.gob.mx. (Instructivo de descarga en la sección “documentos de apoyo” en la siguiente liga: http://proequidad.inmujeres.gob.mx/public/index.html.

 

Dudas y aclaraciones:

Para cualquier aclaración sobre la presente Convocatoria, podrá comunicarse a los teléfonos 01800 091 1466 o (55) 53 22 42 00, extensiones 3204, 3203 y 3402, al área de Participación Social, de lunes a jueves de 09:00 a 17:00 horas y viernes de 10:00 a 13:00 horas, o bien a los correos electrónicos: arangel@inmujeres.gob.mxlvcampos@inmujeres.gob.mx y/o mperezl@inmujeres.gob.mx