El Instituto Nacional de Migración (INM) aclara que, en todo momento ha actuado con estricto apego al respeto de los derechos humanos de las personas migrantes, y en acatamiento a la Ley de Migración y su reglamento, y en cumplimiento a las medidas sanitarias establecidas por el Gobierno de México en el actual contexto de la contingencia sanitaria por el coronavirus SARS-Cov-2.

Respecto a la información difundida sobre un supuesto incumplimiento de una resolución del Juzgado Primero de Distrito en Materia Administrativa, en perjuicio de personas migrantes “detenidas en estaciones migratorias del país”, se precisa:

La autoridad migratoria no contempla, entre sus disposiciones de ley, la calidad de “detenido” o “recluido”.  El instituto tiene entre sus facultades alojar a las personas migrantes, en tanto se resuelve su proceso administrativo migratorio.

Desde el 17 de abril del año en curso, en tiempo y forma se dio respuesta a la resolución dictada por el juzgado, referente a las 11 medidas aplicadas a favor de la salud y la vida de las personas migrantes en sedes del instituto en el país, que obra en el expediente del juicio de garantía.

En los primeros días del mes de marzo se instruyó a la aplicación de protocolos y medidas preventivas en estaciones migratorias y estancias provisionales del instituto, que se mantienen vigentes, para prevenir y evitar contagios de COVID-19 en las estaciones migratorias y estancias provisionales del Instituto Nacional de Migración, en colaboración con la Secretaría de Salud y del Comité Internacional de la Cruz Roja.

En acatamiento a las recomendaciones sanitarias de las autoridades de Salud, así como de organismos internacionales y la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, se inició la salida paulatina –desde el 21 de marzo– de las personas migrantes que estaban alojadas en las estaciones y estancias del Instituto. 

El Instituto Nacional de Migración no tiene, a la fecha, el registro de algún caso de contagio de COVID-19 entre la población migrante alojada en estaciones migratorias o estancias provisionales.

El instituto refrenda su compromiso por la salvaguarda de los derechos humanos de las personas migrantes, sin importar su origen, nacionalidad ni condición migratoria, y seguirá sustanciando el juicio de amparo bajo los principios pro persona, debido proceso y respeto a los derechos humanos.