Consejo Ciudadano del Instituto Nacional de Migración

Tercera convocatoria para la selección de personas a formar parte del Consejo Ciudadano del Instituto Nacional de Migración.

Instituto Nacional de Migración | 14 de abril de 2021
Consejo Ciudadano del Instituto Nacional de Migración Consejo Ciudadano del Instituto Nacional de Migración

El Consejo Ciudadano del Instituto Nacional de Migración con fundamento en lo establecido en el artículo 128 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación (Reglamento); 4 y 7 del Acuerdo por el que se define la estructura, organización y funcionamiento del Consejo Ciudadano del Instituto Nacional de Migración (Acuerdo) y Sexto, Octavo, Noveno, Décimo y Décimo Primero de los Lineamientos Internos del Consejo Ciudadano del Instituto Nacional de Migración (Lineamientos), y

CONSIDERANDO

Que en términos del artículo 128 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación, el Instituto Nacional de Migración contará con un Consejo Ciudadano encargado de formular propuestas, intercambiar opiniones, proponer acciones de coordinación con las entidades federativas y de concertación con organizaciones de las sociedades civil, académica y otros actores relevantes, para lo cual, emitirá sus Lineamientos Internos que contendrán lo relativo a su organización, integración y otras funciones que se estimen pertinentes para su funcionamiento.

Que con fecha 26 de octubre de 2012 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se define la estructura, organización y funcionamiento del Consejo Ciudadano del Instituto Nacional de Migración, como órgano de carácter consultivo y de apoyo, cuyo objetivo es emitir opiniones, brindar asesoría y proponer acciones específicas en materia de la gestión de la política migratoria.

Que en el referido Acuerdo se establece que las personas que integran el Consejo Ciudadano serán propuestas por las instituciones u organizaciones interesadas de conformidad con la Convocatoria Pública que realice el Presidente del Consejo y su Secretario Técnico, en la que se establecerá la forma de selección y el plazo para su incorporación, así como que las y los Consejeros permanecerán en su cargo dos años, contados a partir de la fecha en que acepten la invitación, con posibilidades de renovar por un periodo igual.

Que la convocatoria a la que hace referencia el párrafo anterior deberá ser publicada en el portal electrónico del Instituto y, al menos, en un diario de circulación nacional, con treinta días naturales de anticipación al proceso de elección.

Que acorde a lo anterior, y de conformidad con el artículo Octavo de los Lineamientos Internos del Consejo Ciudadano, aprobados por sus miembros en su Segunda Sesión Ordinaria, celebrada el 15 de agosto de 2013, y modificados en su Primera Sesión Ordinaria de fecha 11 de marzo de 2014, que establece que el Presidente del Consejo y el Secretario Técnico del mismo , realizarán una Convocatoria Pública a las organizaciones de la sociedad civil, instituciones académicas y profesionales vinculados al tema migratorio, así como a la sociedad en general, con el objetivo de hacer del conocimiento común el inicio de cualquier proceso de invitación para participar en el procedimiento de selección de las personas integrantes del Consejo Ciudadano.

Que la Primera Convocatoria fue declarada desierta, ya que no se cumplió con las ocho personas consejeras que la misma requirió, por lo cual se realizó la segunda convocatoria para la selección de ocho personas consejeras, misma que tampoco se cumplió con la postulación de la propuesta, es por ello que se lanza esta Tercera Convocatoria  para la selección de ocho personas a formar parte del Consejo Ciudadano del Instituto Nacional de Migración

Que con el objetivo de que la elección emane de un proceso claro, equitativo, abierto a las personas, transparente y participativo y, de que este abone a la construcción de la democracia y al fortalecimiento del Instituto Nacional de Migración, se emite la siguiente:

Para la elección de OCHO personas, para integrar el Consejo Ciudadano del Instituto Nacional de Migración, que formarán parte durante un período de dos años a partir de su incorporación, y con posibilidades de renovarse por un periodo igual, de cargo honorífico y sin emolumento o contraprestación alguna, conforme a las siguientes:

BASES

PRIMERA.- Esta convocatoria está dirigida a personas especialistas en temas de derechos de la niñas, niños y adolescentes, de las y los jóvenes, de las mujeres, integrantes de Organizaciones de la Sociedad Civil para la atención a víctimas vinculadas al tema migratorio o que alberguen a personas extranjeras en situación de migración, personas que realicen actos humanitarios, de asistencia o de protección a personas migrantes personas académicas, de organismos empresariales o profesionales interesados, reconocidas dentro del tema migratorio y ciudadanía distinguida que deseen presentar candidaturas de representantes para integrarse al Consejo Ciudadano del Instituto Nacional de Migración.

SEGUNDA.- Las etapas del procedimiento de selección serán:

1.- Período de publicación de convocatoria en el portal electrónico del Instituto Nacional de Migración http://www.gob.mx/inm/acciones-y-programas/consejo-ciudadano-del-instituto-nacional-de-migracion, y al menos un diario de circulación nacional, con al menos treinta días naturales de anticipación a que inicie el procedimiento de elección al interior del Consejo Ciudadano y presentación de candidaturas. Esta convocatoria se publicará en el portal electrónico a partir del 15 de abril del 2021. Posteriormente, serán recibidas las candidaturas para integrar el Consejo Ciudadano del Instituto Nacional de Migración en el periodo comprendido entre el 16 y el 31 de mayo de 2021.

2.- Período de análisis de la documentación entregada por las personas interesadas en formar parte del Consejo y los demás criterios de elegibilidad publicados en esta convocatoria. Esta etapa se llevará a cabo del 01 al 15 de junio de 2021.

3.- Período relativo a la evaluación y selección de las candidaturas, misma que en sesión extraordinaria se  evaluarán por parte de las y los miembros del Consejo. Esta etapa se desarrollará del 16 al 30 de junio de 2021.

4.- Período del acto formal de invitación, aceptación y nombramiento del/a(os) nuevo/a(s) personas consejeras que resulten seleccionado/a(as) por parte del Secretario Técnico. Se prevé el desarrollo de esta etapa del 01 al 15 de julio de 2021.

TERCERA.- Las personas interesadas en formar parte del Consejo Ciudadano del Instituto Nacional de Migración, deberán contar con cualquiera de los perfiles que a continuación se señala:

1.- Ser de nacionalidad mexicana.

2.- Ser representante de una organización de la sociedad civil especializada en temas de derechos de la niñez y derechos de las mujeres, vinculadas al tema migratorio, o

3.- Ser persona académica, o

4.- Ser representante de un organismo empresarial o profesional, vinculado al tema migratorio.
 

En la selección que se efectúe se elegirá solo a una persona por cada uno de los perfiles establecidos en esta base hasta cubrir las ocho  vacantes del Consejo a las que se refiere la presente Convocatoria.

CUARTA.- Requisitos que deberán cumplir las personas interesadas en ser seleccionadas como integrantes  del Consejo Ciudadano:

1.- No desempeñar cargo, comisión o empleo alguno en el servicio público a nivel federal, estatal o municipal;

2.- No desempeñar cargo o empleo alguno en un partido político, y

3.- Cumplir con uno de los perfiles específicos establecidos en la base tercera de la presente convocatoria.

QUINTA.- La persona interesada para ser considerada candidata a integrar el Consejo Ciudadano del Instituto Nacional de Migración deberá presentar, como requisitos indispensables, los siguientes documentos:

1.- Carta de intención con una extensión no mayor a una cuartilla, en donde manifieste su voluntad de participar en el proceso de selección y las razones o motivos por las que desea formar parte del Consejo Ciudadano del Instituto Nacional de Migración.

2.- Curriculum Vitae no mayor a tres cuartillas, que refiera claramente la experiencia profesional con la que cuenta en actividades relacionadas con el bienestar de las personas, familias y comunidades migrantes, en particular las propuestas realizadas a instancias de la administración pública o procesos de interlocución con dichas instancias. Contar con reconocida trayectoria en materia de migración y/o en temas vinculados a la migración en México.

3.- Carta aval de la institución que representa no mayor a dos cuartillas, y que dé cuenta de la experiencia institucional en actividades relacionadas con el bienestar de las personas, familias y comunidades migrantes, en particular las propuestas realizadas a instancias de la administración pública o procesos de interlocución con dichas instancias.

4.- Tres cartas con una extensión no mayor a una cuartilla cada una, en la que se exprese la recomendación o se manifieste el apoyo por parte de Organizaciones de la Sociedad Civil. No se aceptarán cartas de organizaciones que ya respalden a personas integrantes del Consejo en turno.

5. Carta compromiso de contar con el tiempo necesario para el cumplimiento de las funciones derivadas de ser parte del Consejo, de acuerdo con lo estipulado en el Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación

SEXTA.- Criterios para la selección y elegibilidad de las personas al Consejo:

1.- Tener probado conocimiento y experiencia en la defensa y promoción de los derechos humanos de las personas, familias y comunidades migrantes.

2.- Contar con reconocida trayectoria en materia de migración y/o en temas vinculados a la migración en México.

3.- En caso de postulaciones en las que falte cualquiera de los documentos establecidos como requisitos en la presente convocatoria o que cualquiera de ellos no cumpla con las características que se señalan en esta sección serán descalificados y no podrán seguir participando en las demás fases de la elección.

4.- Contar con el tiempo necesario para el cumplimiento de las funciones derivadas de ser parte del Consejo, de acuerdo con lo estipulado en el Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación, el Acuerdo por el que se define la estructura, organización y funcionamiento del Consejo Ciudadano del Instituto Nacional de Migración y los Lineamientos Internos del Consejo Ciudadano.

5.- No tener ningún tipo de adscripción a alguna organización, institución académica, organismo empresarial o profesional que representado por cualquier integrante del Consejo actual

SÉPTIMA.- Métodos de selección de las personas Consejeras:

  • El Consejo creará un instrumento técnico donde se viertan las ponderaciones logradas por cada una de las personas aspirantes, mismo que contendrá un espacio para expresar criterios subjetivos de evaluación.
     
  • La ponderación se realizará respecto de los criterios establecidos en la base sexta de la presente Convocatoria, siendo estos: conocimientos de los derechos humanos de las personas migrantes, experiencia en la defensa y promoción de derechos de personas migrantes, trayectoria en materia de migración y/o temas relacionados, e historial de trabajo propositivo con instancias de la administración pública, en donde se seleccionará a las personas aspirantes con mayor puntaje en la sumatoria de calificación que se obtenga en total en el cumplimiento de cada uno de los criterios señalados; por ello deberá resultar en una calificación de 100 puntos, dicha puntuación deberá ser democrática, equitativa, clara y transparente.
     
  • La ponderación deberá reflejar qué tanto se acerca la persona aspirante al perfil, entendiendo que 0 es lo más lejano al perfil y 100 lo más cercano al perfil establecido para resultar seleccionada.
     
  • Dicho instrumento también contará con un espacio para valorar las cartas de recomendación de apoyo y/o las objeciones que pudieran resultar de alguna candidatura presentada.
     
  • En caso de ser necesario, el Presidente del Consejo Ciudadano generará un espacio deliberativo para discutir las candidaturas, en las que participarán quienes integran actualmente dicho Consejo.
     
  • El Consejo deberá designar a las personas que con mayor calificación que se hayan registrado, por ello deberá verificar y calificar en definitiva los criterios establecidos en el instrumento evaluatorio para ser invitadas a participar en definitiva en el Consejo Ciudadano.

Cualquier asunto no previsto en la presente convocatoria será resuelto por el Comité de Elección Bipartita.

OCTAVA.- Plazos y lugar de recepción de candidaturas:

1.- La recepción de documentos de postulación señalados en la Base Sexta de esta Convocatoria se llevará a cabo del 16 al 31 de mayo de 2021, de lunes a viernes, en un horario de 10:00 a 15:00 y de 16:00 a 18:00 horas.

2.- El lugar para la presentación y recepción de documentos físicos es la Secretaría Técnica del Consejo Ciudadano del Instituto Nacional de Migración, ubicada en la calle de Homero 1832, Col. Los Morales Polanco, Delegación Miguel Hidalgo, C.P. 11510, Ciudad de México, Piso 19.

3.- Los documentos también podrán ser entregados vía correo electrónico a la dirección electrónica del Presidente del Consejo Ciudadano del Instituto Nacional de Migración, presidencia.ccinm@gmail.com, asimismo, al Secretario Técnico al correo secretariatecnicacc@inami.gob.mx Únicamente serán consideradas las candidaturas presentadas por correo electrónico que sean recibidas a partir de las 10:00 horas del día 16 de mayo y hasta las 18:00 horas del 31 de mayo de 2021.

4.- Una vez recibidas las candidaturas, el Comité de Elección Bipartita resolverá en un plazo no mayor a 45 días naturales para emitir respuesta respecto de las postulaciones.

Solo se recibirán y concursarán aquellas postulaciones cuyo matasellos o correo electrónico se ciñan a las fechas y horario señalados.

NOVENA.- Los resultados del proceso de selección se darán a conocer en la página electrónica del Instituto Nacional de Migración http://www.gob.mx/inm/acciones-y-programas/consejo-ciudadano-del-instituto-nacional-de-migracion. Únicamente las personas que hayan sido seleccionadas recibirán un oficio del Secretario Técnico del Consejo Ciudadano, en un plazo no mayor a quince días naturales después del periodo relativo a la evaluación y selección, como un acto formal de invitación. La aceptación por parte de las personas seleccionadas-invitadas tendrá que realizarse de manera escrita al Secretario Técnico, con copia al Presidente del Consejo Ciudadano  por vía correo electrónico o escrito presencial.

Transparencia del proceso de selección

En aras de que el proceso de renovación de personas Consejeras cumpla con los más altos estándares de transparencia, el Instituto Nacional de Migración publicará en su portal electrónico: http://www.gob.mx/inm/acciones-y-programas/consejo-ciudadano-del-instituto-nacional-de-migracion toda la información que se genere durante dicho proceso.

Dado en la Ciudad de México, a 15 de abril de 2021.- Presidente del Consejo Ciudadano del Instituto Nacional de Migración. Doctor Rafael Alonso Hernández López.

 

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