El pasado 14 de junio se llevó a cabo una conferencia sobre el "Protocolo para la prevención, atención y sanción del hostigamiento sexual y acoso sexual" , la cual fue impartida por Héctor Martín Frías Barrón, subdirector de capacitación y formación en género, del Instituto Nacional de las Mujeres (INMUJERES).

El objetivo de la misma fue que las y los servidores públicos fortalecieran sus capacidades para comprender e identificar el hostigamiento sexual y el acoso sexual en su entorno laboral y participen activamente en su detección, prevención y atención, de conformidad con las disposiciones en su aplicación, en las dependencias y entidades de la administración pública federal (APF).

Martín Frías destacó que este protocolo se puso en marcha, ya que el Estado mexicano debe cumplir y hacer cumplir las leyes que en materia de violencia contra las mujeres ha emitido, además porque está obligado a garantizar los derechos humanos y, en este caso particular, el derecho de las mujeres a vivir una vida libre de violencia, incluido el hostigamiento sexual y el acoso sexual, y porque debe atender la observación del Comité de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW, por sus siglas en inglés) sobre la aplicación de dicho protocolo, es decir, el gobierno consideró indispensable e impostergable contar con un procedimiento único y efectivo en la APF para atender el tema.

Asimismo, hizo énfasis en que el protocolo explicita el mecanismo de actuación en la “vía administrativa” mediante las atribuciones establecidas para la Persona Consejera, los Comités de Ética y los Órganos Internos de Control de las dependencias públicas, para lo cual fue necesario emitir el “Acuerdo por el que se modifica el Código de Ética de los/as servidores/as públicos del gobierno federal, las reglas de integridad para el ejercicio de la función pública” y los “Lineamientos generales para propiciar la integridad de los/as servidores/as públicos y para implementar acciones permanentes que favorezcan su comportamiento ético, a través de los comités de ética y de prevención de conflictos de interés”, donde se incluyó la Regla de Integridad número 13, “comportamiento digno”, la cual establece que “El servidor (a) público en el desempeño de su empleo, cargo, comisión o función, se conduce en forma digna sin proferir expresiones, adoptar comportamientos, usar lenguaje o realizar acciones de hostigamiento o acoso sexual, manteniendo para ello una actitud de respeto hacia las personas con las que tiene o guarda relación en la función pública”, es decir, se requiere contar con un procedimiento único, homogéneo y efectivo que oriente la actuación en esta materia y hacer exigible el derecho a una vida libre de violencia.

El protocolo, agregó Héctor Frías, pretende prevenir, desalentar la ocurrencia del acoso y el hostigamiento sexual; atender orientando y acompañando en la denuncia de un caso de esta índole; sancionar al resolver denuncias de acuerdo a la legalidad, y registrar, documentar la observancia de su aplicación.

Además de definir y ejemplificar lo que son el acoso y el hostigamiento sexual, se mencionó cuál es la ruta para denunciar y que el caso o casos sean atendidos, enfatizando que el caso puede ser denunciado y resuelto también por la vía laboral o la vía penal.

Como conclusión, Héctor Frías dijo que la implementación del protocolo exhorta a las dependencias y entidades de la APF a emitir una declaración de cero tolerancia ante el acoso sexual y el hostigamiento sexual; a impulsar la creación del mecanismo para su prevención, atención y sanción; a sensibilizar sobre el protocolo al cien por ciento de sus empleados y empleadas, así como a capacitar al personal de los comités de ética y certificar a las Personas Consejeras, y por supuesto, documentar los casos de denuncia que se presenten.

Les invitamos a ver el video: explicando “consentimiento” con una taza de té.