De conformidad con el numeral 4, de las Obligaciones y atribuciones de los Comités de Ética, fracciones I, II, IV, XVII, XIX y Capítulo II De la Conformación de los Comités de Ética del Acuerdo por el que se emiten los Lineamientos Generales para la Integración y Funcionamiento de los Comités de Ética publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de diciembre de 2020, el Comité de Ética del INEEL tiene entre otras, las siguientes obligaciones:

  • Elaborar y presentar su Programa Anual de Trabajo.
  • Presentar su Informe Anual de Actividades.
  • Elaborar o en su caso actualizar el Código de Conducta.
  • Difundir y promover los contenidos del Código de Ética y Código de Conducta, privilegiando la prevención de actos de corrupción y de conflictos de intereses, así como la austeridad como valor en el ejercicio del servicio público.
  • Instrumentar, por sí mismos o en coordinación con las autoridades competentes, programas de capacitación y sensibilización en materia de ética pública, prevención de conflictos de intereses y austeridad en el ejercicio del servicio público;
  • Integración del Comité de Ética

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