De acuerdo con el artículo 108 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, son servidores públicos quienes desempeña un empleo, cargo o comisión subordinada al Estado, en cualquiera de sus tres Poderes, independientemente de la naturaleza de la relación laboral que los ligue a el área a la cual presten su servicios, estando obligados apegar su conducta a los principios de lealtad, honradez, imparcialidad y eficiencia.
El Comité de Ética del Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático, mediante Acuerdo 02/E2-2022, dictado en su Primer Sesión Extraordinaria 2022, celebrada el día 06 de julio de 2022, aprobó la ratificación del Código de Conducta del Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático, el cual tiene como objetivo primordial guiar a las personas servidoras públicas en el desempeño de su empleo, cargo, comisión o función, dando certeza plena sobre el comportamiento ético al que debe sujetarse en su quehacer cotidiano.