ARTÍCULO 1. La presente ley tiene por objeto establecer la coordinación entre la Federación, las entidades federativas, el Distrito Federal y los municipios para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres, así como los principios y modalidades para garantizar su acceso a una vida libre de violencia que favorezca su desarrollo y bienestar conforme a los principios de igualdad y de no discriminación, así como para garantizar la democracia, el desarrollo integral y sustentable que fortalezca la soberanía y el régimen democrático establecidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos...
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Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia .Marco Normativo
Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia
Instituto Nacional de Desarrollo Social |
22 de septiembre de 2021
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