ARTÍCULO PRIMERO. Se aprueba el Programa Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas
con Discapacidad 2014-2018.
ARTÍCULO SEGUNDO. El Programa Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con
Discapacidad 2014-2018 será de observancia obligatoria para la Secretaría de Desarrollo Social y las
entidades paraestatales coordinadas por la misma; las demás dependencias y entidades de la Administración
Pública Federal se sujetarán a sus disposiciones cuando dicho programa incida en el ámbito de sus
respectivas competencias.
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DECRETO por el que se aprueba el Programa Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad 2014-2018.
DECRETO por el que se aprueba el Programa Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad 2014-2018.
Instituto Nacional de Desarrollo Social |
26 de marzo de 2018
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