Soraya Pérez Munguía, Presidente del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, órgano desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 31 fracciones XXIX, XXX y XXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 11 fracción 11, 26, 27, 28 fracciones 1, 11 y VII, 29, fracciones I y IX, 32 fracciones IV, VI y XII, 50 párrafo tercero, fracción V, 66, 102 y 105 de la Ley General de Bienes Nacionales; 2o. Apartado D, fracción VI y 98-C del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; numerales 98 a 106, 107 fracción VII, 111, 141, 143, 144 y 178 del ACUERDO por el que se establecen las disposiciones en Materia de Recursos Materiales y Servicios Generales; 1, 3 fracciones 1, 111, VIII, XIV y XXIX, 4 fracción 1, inciso a, 6 primer párrafo y 10 fracción 11 del Reglamento del Instituto de Administración y Avalúas de Bienes Nacionales, PRIMERO, CUARTO, OCTAVO y DÉCIMO SEGUNDO de las NORMAS de organización y funcionamiento del Comité del Patrimonio Inmobiliario Federal y Paraestatal, y

 

CONSIDERANDO

Que el artículo 134 Constitucional establece que los recursos económicos de que dispongan la Federación, se administrarán con eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez para... 

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