En México hay cerca de 2.5 millones de personas adultas mayores de 60 años o más que necesitan asistencia, de acuerdo con el Sistema Nacional de Cuidados del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI).

De acuerdo a la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores, el Artículo 12 establece los Derechos de la persona mayor que recibe servicios de cuidado a largo plazo: “La persona mayor tiene derecho a un sistema integral de cuidados que provea la protección y promoción de la salud, cobertura de servicios sociales, seguridad alimentaria y nutricional, agua, vestuario y vivienda; promoviendo que la persona mayor pueda decidir permanecer en su hogar y mantener su independencia y autonomía.”

Ante ello las personas cuidadoras brindan apoyo y realizan determinadas tareas que contribuyen al bienestar físico, mental, emocional y social de las personas adultas mayores para optimizar su capacidad funcional y promover su independencia.

Las personas cuidadoras se clasifican en informales y formales:

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La necesidad de cuidados se establece de acuerdo con el nivel de dependencia funcional de la persona adulta mayor, por ello, se recomienda para seleccionar al cuidador adecuado lo siguiente:

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Cabe señalar que es de suma importancia que el cuidador tenga una distribución equilibrada de las tareas, para evitar que colapse debe tener:

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Al realizar programas de enseñanza que tienen por objetivo reforzar los conocimientos en materia gerontológica para mejorar la práctica profesional de los cuidadores y con ello contribuir al bienestar de las personas adultas mayores.

Para más información consulta nuestra página web https://www.gob.mx/inapam/acciones-y-programas/educacion-para-la-salud.

 

Referencias: