¿Qué es?
En caso de ser necesario, presente la solicitud de prórroga ante el IMSS, para que por única ocasión se le otorguen 10 días hábiles, adicionales a los 40 días hábiles que se tienen para la presentación de la corrección patronal. La solicitud debe presentarse antes del vencimiento del plazo para la presentación de la corrección patronal, para que ésta sea aceptada.

¿Quién lo puede realizar?
Patrón, sujeto obligado o representante legal del patrón.

¿Dónde puedo realizar este trámite?
En línea:
Realiza tu trámite en línea aquí las 24 horas, los 365 días del año.
Nota: Para realizar este trámite en línea es necesario el uso de la e.firma, por lo que deberá utilizar Internet Explorer 10 o superior.

Presencial: En la Subdelegación del IMSS que controle el registro patronal, o en caso de solicitar corregirse por la totalidad de sus registros patronales, en la que controle el registro correspondiente al domicilio fiscal, de lunes a viernes de 8:00 a 15:30 horas.

¿Se puede realizar en línea?
Si, en https://serviciosdigitales.imss.gob.mx/portal-web/portal

¿Cuál es el costo de este trámite?
Trámite gratuito

¿Qué documentos necesito y cuáles deben ser sus características?
Solicitud de Prórroga para la Presentación de la Corrección Patronal (CORP-03). Original y Copia
Nota: Se debe contar con la Solicitud de Corrección Patronal autorizada.

¿Es necesario llenar algún formato?
Si, Solicitud de Prórroga para la Presentación de la Corrección Patronal (CORP-03)

¿Qué información necesito conocer antes de realizar este trámite?
Requisitos
Haber presentado previamente la solicitud de corrección patronal mediante formato CORP-01.

Vigencia
El plazo de prórroga es de 10 días hábiles, siempre y cuando se presente, antes del vencimiento del plazo para la presentación de la corrección patronal.

Fundamento Jurídico
Fundamento jurídico que da origen al trámite

Artículo 180, segundo párrafo.
Ordenamiento: Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización.
Tipo ordenamiento: Reglamento.

Medio de presentación del trámite
Presencial En la Subdelegación del IMSS que controle el registro patronal, o en caso de solicitar corregirse por la totalidad de sus registros patronales, en la que controle el registro correspondiente al domicilio fiscal, de lunes a viernes de 8:00 a 15:30 horas.
En Línea: Podrás realizarlo a través del Sistema de Corrección en Línea en la liga https://serviciosdigitales.imss.gob.mx/portal-web/portal

Plazo Máximo de Respuesta
No aplica.

Plazo de prevención
No aplica.
Observaciones: El plazo de la prórroga es de diez días a partir del siguiente día hábil en que se concluye el plazo normado para la presentación de la corrección patronal, siempre y cuando se presente, antes del vencimiento del plazo para la presentación de la corrección patronal.

Si al término del plazo máximo de respuesta, la autoridad no ha respondido, se entenderá que la solicitud fue resuelta en: Afirmativa ficta

Artículo 180, segundo párrafo.
Ordenamiento: Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización.