¿Qué es?
Si eres ejidatario, comunero, colono o pequeño propietario, puedes solicitar tu Incorporación Voluntaria al Régimen Obligatorio del Seguro Social; tu incorporación también puede ser de manera colectiva, a través de la celebración de un convenio con el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). Al inscribirte podrás obtener asistencia médico familiar, quirúrgica, farmacéutica y hospitalaria, así como las pensiones de invalidez y/o de viudez o por vejez (65 años de edad), orfandad y ascendencia.

¿Quién lo puede realizar?
Trabajador no asalariado del campo, ya sea ejidatario, comunero, colono o pequeño propietario.

¿Dónde puedo realizar este trámite?

En línea
Realiza tu trámite en línea aquí»
Ingresa a la página web del IMSS.
Selecciona los nuevos servicios digitales.
Accede al Escritorio Virtual en la liga: https://serviciosdigitales.imss.gob.mx/portal-web/portal.
Debes tener a la mano tu e.firma o FIEL y correo electrónico personal.
Seleccionar el recuadro de incorporación voluntaria al régimen obligatorio.
Para realizar el trámite utilizando tu CURP, ingresa en la siguiente liga: https://serviciosdigitales.imss.gob.mx/portal-ciudadano-web-externo/home, en donde es necesario tener a la mano tu correo electrónico.

Presencial: Acude personalmente a la Subdelegación que te corresponda de acuerdo con tu domicilio.
Entrega toda la documentación requerida para la incorporación de los trabajadores no asalariados del campo.
Realiza el pago en la institución bancaria correspondiente.

¿Se puede realizar en línea?
https://serviciosdigitales.imss.gob.mx/portal-ciudadano-web-externo/home 

¿Cuál es el costo de este trámite?
Trámite gratuito

¿Qué documentos necesito y cuáles deben ser sus características?

En línea:
Para realizar el trámite en línea deberás tener a la mano:
1. Clave Única de Registro de Población (CURP).
2. Número de Seguridad Social (NSS).
3. Correo electrónico.
4. En su caso, datos para responder cuestionario médico proporcionado por el IMSS, llenado por el solicitante y por cada familiar a asegurar, cuando aplique, original.

En la Subdelegación:
1. Clave Única de Registro de Población (CURP).
2. Número de Seguridad Social (NSS).
3. Correo electrónico.
4. En su caso, datos para responder cuestionario médico proporcionado por el IMSS, llenado por el solicitante y por cada familiar a asegurar, cuando aplique, original.
5. Identificación oficial vigente. Original y copia.
6. Comprobante de domicilio. Original y copia.

¿Qué información necesito conocer antes de realizar este trámite?

El costo anual del seguro es de $17,410.83, vigente a partir del 1° de febrero de 2024.

Los ejidatarios, comuneros, colonos y pequeños propietarios (modalidad 43), podrán realizar el pago de forma bimestral o anual.

La contratación podrá ser individual y colectiva; para realizarla se requieren cuando menos 25 personas.

No podrás solicitar la incorporación Voluntaria al Régimen Obligatorio del Seguro Social, si presentas:

  • Alguna enfermedad preexistente, tales como: tumores malignos; enfermedades crónico degenerativas como: complicaciones tardías de la diabetes mellitus; enfermedades por atesoramiento (enfermedad de gaucher); enfermedades crónicas del hígado; insuficiencia renal crónica; valvulopatías cardíacas; insuficiencia cardíaca; secuelas de cardiopatía isquémica (arritmia, ángor o infarto del miocardio); enfermedad pulmonar obstructiva crónica con insuficiencia respiratoria, entre otras, y
  • Enfermedades sistémicas crónicas del tejido conectivo; adicciones como alcoholismo y otras toxicomanías; trastornos mentales como psicosis y demencias; enfermedades congénitas y síndrome de inmunodeficiencia adquirida o Virus de Inmunodeficiencia Adquirida Humana positivo (VIH)

La cobertura de esta incorporación voluntaria es de 1 año, iniciando los servicios médicos del IMSS para ti como trabajador no asalariado del campo y tus beneficiarios, a partir del primer día del mes siguiente al de tu ingreso al Seguro Social.

Podrás renovar tu incorporación, dentro de los 30 días naturales previos al vencimiento de la anualidad contratada que está transcurriendo.

En ningún caso, el IMSS te hará la devolución total o parcial de los pagos realizados, por lo que es muy importante que toda la información que proporciones sea la correcta y completa, en especial respecto a las enfermedades preexistentes.

Fundamento jurídico

Fundamento jurídico que da origen al trámite

Artículo 13, Fracción III de la Ley del Seguro Social.

Artículo 75 del Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización.

Fundamento jurídico de la vigencia

ACUERDO número ACDO.AS2.HCT.260122/12.P.DIR, dictado por el H. Consejo Técnico en sesión ordinaria de 26 de enero de 2022, por el cual se aprobaron los plazos máximos de resolución y vigencia, así como los datos y documentos específicos que se deben proporcionar o adjuntar a los trámites ante el Instituto Mexicano del Seguro Social, por conducto de la Dirección de Incorporación y Recaudación, así como su Anexo Único. Número 14.

Vigencia del trámite: 1 año.

Fundamento jurídico del plazo máximo y plazo de prevención

ACUERDO número ACDO.AS2.HCT.260122/12.P.DIR, dictado por el H. Consejo Técnico en sesión ordinaria de 26 de enero de 2022, por el cual se aprobaron los plazos máximos de resolución y vigencia, así como los datos y documentos específicos que se deben proporcionar o adjuntar a los trámites ante el Instituto Mexicano del Seguro Social, por conducto de la Dirección de Incorporación y Recaudación, así como su Anexo Único. Número 14.

Plazo de Prevención: Inmediato.

Plazo Máximo de Resolución: 1 día hábil.