Reconocimiento y Protección Legal de las

Denominaciones de Origen y de las Indicaciones Geográficas

En México, el Sistema de Propiedad Industrial protege la elaboración de productos a partir de métodos tradicionales, vinculados a las costumbres de zonas geográficas delimitadas y que se caracterizan por contener una importante carga histórica y cultural; y las indicaciones geográficas, que identifican un producto como originario de una región, localidad o lugar del país, cuando su calidad, reputación u otra característica del producto se deba fundamentalmente a su origen geográfico.

La denominación de origen y la indicación geográfica son bienes de dominio del poder público de la Federación y se reconocen a través de una declaratoria de protección emitida por el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial. Por medio de las Denominaciones de Origen y las Indicaciones Geográficas, se protegen productos agroalimentarios y manufacturados, tales como las artesanías y las bebidas típicas.

Gracias a las reformas a la Ley de la Propiedad Industrial, productores, fabricantes, comerciantes y exportadores regionales o locales, personas físicas o morales, cámaras o asociaciones de fabricantes o productores, dependencias o entidades del Gobierno Federal, así como Entidades de la Federación pueden promover sus productos en los planos nacional e internacional.

¿Qué es una Denominación de Origen?

Dentro de los elementos que forman la Propiedad Industrial, existen signos distintivos conocidos como “Denominaciones de Origen”, las cuales están constituidas por los nombres geográficos de un país, región o lugar concreto y que se han convertido en designación de un producto originario de esa región geográfica, cuyas características y cualidades especiales respecto de otros productos de su misma especie, se deben exclusiva o esencialmente al medio ambiente geográfico y sus factores naturales y humanos. Por consiguiente, estos signos distintivos son también indicaciones de procedencia y de calidad de dichos productos. La Ley de la Propiedad Industrial define el concepto de la Denominación de Origen conforme a lo siguiente:

“el nombre de una zona geográfica o que contenga dicho nombre, u otra denominación conocida por hacer referencia a la citada zona, que sirva para designar un producto como originario de la misma, cuando la calidad o las características del producto se deban exclusiva o esencialmente al medio geográfico, comprendidos los factores naturales y humanos, y que haya dado al producto su reputación”

 

México cuenta actualmente con 16 denominaciones de origen:

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¿Qué es una indicación geográfica?

 

La Indicación Geográfica se utiliza para identificar productos cuyas características son otorgadas por las cualidades naturales del medio geográfico donde se produce. A pesar de que en otras zonas encontremos productos del mismo género, la Indicación Geográfica no asegura que el nombre del lugar que complementa la identificación del producto va acompañada de características particulares y exclusivas. La Ley de la Propiedad Industrial define el concepto de la Indicación Geográfica conforme a lo siguiente:

“el nombre de una zona geográfica o que contenga dicho nombre, u otra indicación conocida por hacer referencia a la citada zona, que identifique un producto como originario de la misma, cuando determinada calidad, reputación u otra característica del producto sea imputable fundamentalmente a su origen geográfico”

 

¿Cuál es la diferencia entre las denominaciones de origen y las indicaciones geográficas?

La diferencia fundamental consiste en el vínculo con el lugar de origen, que es más fuerte en la Denominación de Origen, en la que además deben existir factores naturales y humanos que otorguen características específicas al producto, mientras que en una Indicación Geográfica basta que cumpla con un solo criterio atribuible al origen geográfico, ya sea una calidad, reputación u otra característica.

 

¿Cuáles son los beneficios de la declaratoria de una Denominación de Origen y de una Indicación Geográfica?

El uso y aprovechamiento de estos derechos de propiedad industrial generan ganancias económicas importantes en la comercialización y exportación de productos, obteniendo así el reconocimiento del valor que denota las características sustentadas en sus productos a través de una calidad y tradición comprobadas.

Entre los beneficios específicos de la Denominación de Origen destacan:

  • Otorga al producto un valor agregado que se ve reflejado en el precio.
  • Su uso y aprovechamiento generan ganancias económicas importantes en la comercialización y exportación de los productos.
  • Impide la competencia desleal en la forma de imitaciones o falsificaciones.
  • Crea un efecto de derrama económica, incluso en el ámbito turístico.
  • El consumidor y los comercializadores las conocen y confían en su calidad.
  • Con el refuerzo de una marca y buenas prácticas de distribución, el producto se coloca en nichos de mercado exclusivos.
  • Aseguran calidad, sustentabilidad, desarrollo y conservación.

Por su parte, la Indicación Geográfica otorga los siguientes beneficios:

  • Identifica las características del producto y evalúa si tiene posibilidades en los mercados internos y externos.
  • Genera cohesión en el grupo de productores y con otros agentes que intervienen y que constituirán los pilares del régimen de Indicación Geográfica.
  • Establece normas o un código de prácticas o reglamento de uso para generar sistemas de trazabilidad, verificación y control a fin de garantizar calidad y conformidad.
  • Describe factores naturales o humanos que están presentes en la región y que contribuyen a las características del producto.
  • Otorga protección jurídica de la Indicación Geográfica y permite diseñar estrategias de observancia y comercialización.

 

¿Quiénes pueden ser titulares de una Denominación de Origen o de una Indicación Geográfica?

  • Personas físicas o morales que se dediquen a la extracción, producción o elaboración del producto.
  • Las cámaras o asociaciones de fabricantes o productores vinculados con el producto.
  • Las dependencias o entidades del Gobierno Federal.
  • Los gobiernos de las Entidades de la Federación en cuyo territorio o zona geográfica se extraiga, produzca o elabore el producto.

 

¿Cómo es el trámite de solicitud de declaratoria de protección de una Denominación de Origen o Indicación Geográfica?

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Para conocer más sobre denominaciones de origen e indicaciones geográficas, acércate al IMPI.