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Consulta la información referente a los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI)  

Estimado proveedor

Instituto Mexicano del Petróleo | 03 de septiembre de 2018

Derivado de las Reformas fiscales vigentes para 2018, se les informa lo siguiente:

  1. A partir del 1 de septiembre del 2018, es obligatorio emitir los Comprobantes fiscales Digitales por Internet (CFDI), denominados “Recibo de pago”; cuando la contraprestación no se pague en una sola exhibición o bien cuando se realice el pago de la contraprestación en una sola exhibición, pero está no sea cubierta al momento de la expedición de la factura, incluso cuando se trate de operaciones a crédito y estás se paguen en fechas posteriores a la emisión de la factura.

Procedimiento de Recepción de Comprobantes fiscales Digitales por Internet (CFDI), denominados tipo de documento “Comprobante de pago”.

Una vez que el proveedor confirma la recepción del pago realizado por parte del Instituto Mexicano del Petróleo “IMP”, podrá generar e ingresar sus Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI), en el portal del IMP como tipo de documento “comprobante de pago” a través de la liga https://www.imp.mx/FactElectronica/

Para la integración de las facturas correspondientes a su pago, usted podrá realizar la consulta a través del hipervínculo https://akbal.imp.mx/InfoProvsGobmx, digitando su número de acreedor (señalado en el pedido fincado), y contraseña** y, posteriormente ingresar a la sección “Pagos efectuados”. Asimismo podrá usted conocer los siguientes datos: Banco, RFC de la institución bancaria, Número de la cuenta bancaria y CLABE, Método de pago y Forma de pago.

Al respecto y por convenir a la operación del “IMP”, se les hace una cordial invitación para almacenar su CFDI denominado “Recibo de pago” a más tardar dentro de los 5 días siguientes, a partir de la recepción del pago de sus facturas.

  1. Así mismo a partir del día 1° de septiembre de 2018 se inicia el nuevo esquema de cancelación de facturas, este proceso evita el mal uso y la cancelación del CFDI, por lo que se requiere de la aceptación del receptor.

Procedimiento de cancelación a través del Buzón Tributario

El  “PROVEEDOR” (prestador de bienes y servicios),  solicitará la cancelación del CFDI a través del “Servicio de cancelación de Factura Electrónica” en el portal del SAT.

El “SAT” a través del buzón tributario enviará un mensaje de interés al correo electrónico del “RECEPTOR” del CFDI “IMP”,  con la leyenda “Recibiste una solicitud de cancelación de factura, consulta tu buzón tributario”

El “RECEPTOR” del CFDI “IMP”, recibe una notificación de solicitud de cancelación (cuenta con tres días  a partir de la fecha de depósito de este mensaje para aceptar o rechazar la solicitud de cancelación, en caso de no enviar una respuesta se cancelará automáticamente).

Nota: el “IMP” podrá solicitar al proveedor la cancelación  de un CFDI.

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