Programa de Fomento a la Agricultura 2019  << CERRADA >>

Componente Riesgo Compartido Tercera Convocatoria Tercera Convocatoria

Tercera Convocatoria Publicada el 15 de octubre de 2019. El periodo para la recepción de solicitudes de apoyo junto con su respectiva documentación soporte, será a partir del miércoles 16 de octubre de 2019 permaneciendo abierta hasta agotarse la disponibilidad presupuestal.

De conformidad con lo dispuesto en al artículo 5 fracciones I y II, del ACUERDO por el que se dan a conocer las disposiciones generales aplicables a las Reglas de Operación y Lineamientos de los Programas de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 27 de febrero de 2019 y al artículo 9, 10 fracción I y 106 fracción I, del ACUERDO por el que se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa de Fomento a la Agricultura de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, para el ejercicio 2019, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 28 de febrero de 2019, (en lo subsecuente, las Reglas) el Fideicomiso de Riesgo Compartido (FIRCO), en su calidad de Unidad Responsable del Componente Riesgo Compartido 2019, en lo subsecuente, el Componente, Convoca a las personas físicas y morales que pertenezcan a la población objetivo a presentar su solicitud de incentivos, en los términos siguientes:

Población objetivo (¿quién puede solicitar los apoyos del Componente?)

La población objetivo del Componte serán ejidatarios, comuneros, colonos o pequeños propietarios, ya sean personas físicas o morales, que se encuentren ubicados en los estratos de Unidades Económicas Rurales: E2, E3 o E4, cuyos proyectos estén orientados a impulsar actividades agrícolas, o pecuarias, o acuícolas, incluidos los no maderables, que incorporen valor agregado a sus procesos productivos.

Estrato. - Nivel de clasificación de las Unidades Económicas Rurales, según sus niveles de ingreso, tomando en cuenta su dimensión productiva y la generación de ingresos;

 

Estrato

Definición

Rango (ingresos por la venta de sus productos provenientes de la actividad agroalimentaria)

E2

Unidades económicas del sector rural y pesquero principalmente de autoconsumo pero que realizan ventas esporádicas de sus productos provenientes de la actividad agroalimentaria y cuya producción tiene como destino al autoconsumo.

Cuyos ingresos por la venta se encuentran en un rango que va de $16.00 a $55,200.00 anuales.

E3

Unidades económicas del sector rural y pesquero en transición.

Cuyos ingresos por la venta se encuentran en un rango que va de $55,219.00 a $97,600.00 anuales.

E4

Unidades económicas del sector rural y pesquero rentables pero frágiles.

Cuyos ingresos por la venta se encuentran en un rango que va de $97,700.00 a $228,858.00 anuales.

 
  • Objetivo Específico del componente (¿para qué solicitar los apoyos del Componente?)

Apoyar proyectos productivos sustentables de las UERA agrícolas, pecuarias o acuícolas mediante incentivos de riesgo compartido que faciliten el acceso en el mediano plazo al crédito formal.

  • Cobertura (¿en dónde aplicará el Componente?)

Es nacional; por tanto, puede ser en cualquier estado de la República Mexicana.

  • Conceptos y monto de apoyo (¿qué se puede pedir y hasta cuánto?)

Adquisición de activos, ya sea: maquinaria o equipo nuevo, o construir infraestructura para: habilitar, incrementar, mejorar o innovar técnicamente las unidades productivas dedicadas a actividades agrícolas, pecuarias o acuícolas y que los incentivos estén dedicados o estrechamente vinculados a un proceso de transformación y/o valor agregado.

El incentivo se otorgará bajo la modalidad de Riesgo Compartido, mismo que puede ser complementario y otorga respaldo financiero, para inversión en activos de mediano y largo plazo, con el fin de impulsar su actividad vinculada al sector agroalimentario y rural en su conjunto, de acuerdo a lo siguiente:

Concepto de incentivo

Monto máximo de incentivo

Incentivos directos para inversión en activos en riesgo compartido

Incentivo hasta por el 95% del costo de inversión del proyecto sin rebasar $500,000.00 (Quinientos mil pesos 00/100 M.N.), por persona física o moral.

Estrato de las Unidades Económicas Rurales

Monto de aportación en efectivo del Solicitante

Estrato E2 ó E3

Al menos el 5% del monto total de la inversión.

Estrato E4

Al menos el 10% del monto total de la inversión.

 

Las aportaciones en contrapartida del solicitante serán únicamente en efectivo, y deberán demostrarse en forma posterior a la fecha de autorización del incentivo.

El incentivo de Riesgo Compartido es un incentivo “recuperable”, es decir, deberá reintegrarse al FIRCO una vez que cumpla el objeto para el cuál se otorga, considerando el cumplimiento de las condicionales del convenio de concertación correspondientes y se otorgará hasta por el plazo previsto en el flujo del proyecto de inversión, mismo que se aplicará y recuperará de acuerdo con las condicionales y periodos que se establezcan en el convenio de concertación que suscriba el beneficiario con el FIRCO.

Este incentivo puede ser complementario a otros incentivos de la Secretaría, sin rebasar los límites de incentivo máximos por socio o persona física, y no excluye al solicitante del cumplimiento de los requisitos generales y específicos que se le solicitan en otros componentes o programas de incentivo.  El recibir otros incentivos no le otorga prioridad u obligación de acceder al incentivo de Riesgo Compartido. De igual forma, no por el hecho de resultar beneficiario de este incentivo, se hará acreedor o dará prioridad para recibir otros incentivos.

  • Conceptos no elegibles (que es lo que no se puede apoyar)

No son elegibles los conceptos de: capital de trabajo; pago de pasivos; renta o adquisición de terrenos; renta o adquisición de tractores o implementos agrícolas; vehículos de transporte de pasajeros o con características de lujo; renta o adquisición de equipos o maquinaria usada; renta o adquisición de infraestructura preexistente; y tampoco se reconocen inversiones realizadas con anterioridad a la entrega de los incentivos.

  • Requisitos (¿qué se necesita?)

Los interesados en concursar por los incentivos en Riesgo Compartido, según sea su caso, deberán entregar en ventanilla los documentos que se mencionan en el cuadro siguiente, presentándolos en copia simple y original para cotejo. Una vez cotejados le serán devueltos los originales al interesado:

Persona física:

No Personas físicas mayores de edad.

  1. Solicitud de Incentivo del Programa de Fomento a la Agricultura (Anexo I) de las Reglas de Operación de la Secretaria de Agricultura y Desarrollo Rural.
  2. Identificación oficial vigente (credencial para votar, pasaporte, cartilla del servicio militar nacional o cédula profesional);
  3. CURP, en los casos en que al presentar la identificación oficial contenga la CURP, no será necesario presentar ésta.
  4. RFC, en su caso;
  5. Comprobante de domicilio del solicitante (recibo de luz, teléfono, predial, agua, constancia de residencia expedida por el ayuntamiento), con una vigencia no mayor a tres meses anteriores a la fecha de solicitud;
  6. Acreditar la propiedad o la legal posesión del predio donde instalará el Proyecto, mediante el documento acto jurídico que corresponda, con las formalidades que exija el marco legal aplicable en la materia, debiendo estar inscrito en el Registro Público que corresponda conforme la Ley aplicable y, además de las cláusulas que por ley deban pactarse, deberá contemplar: el destino final de las inversiones, penalización a cargo del propietario en caso de que decida terminar anticipadamente el contrato por causas imputables a él se deba rescindir; la vigencia de este instrumento deberá ser al menos igual a la del periodo de vigencia del convenio de concertación.

Requisitos específicos:

En caso de que la persona física esté representada, el representante o apoderado legal deberá cumplir además con los siguientes requisitos documentales:

  1. Carta poder firmada por el otorgante para gestionar los incentivos. La designación de un representante o apoderado legal, no presumirá que éste adquiere la calidad de participante, así como los derechos y obligaciones que le correspondan a su(s) representado(s), por tanto, tampoco se presumirá la existencia de una asociación ni copropiedad sobre derechos empresariales entre el solicitante y el representante o apoderado legal, salvo que se compruebe con el documento respectivo lo contrario;
  2. Identificación oficial vigente (credencial para votar, pasaporte, cartilla del servicio militar nacional o cédula profesional);
  3. CURP, en los casos en que al presentar la identificación oficial contenga la CURP, no será necesario presentar ésta, y
  4. Comprobante de domicilio (recibo de luz, teléfono, predial, agua), con una vigencia no mayor a tres meses anteriores a la fecha de solicitud.

Persona moral:

No. Persona Moral

1           Solicitud de Incentivo del Programa de Fomento a la Agricultura (Anexo I) de las Reglas de Operación de la Secretaria de Agricultura y Desarrollo Rural.

2          Acta constitutiva con un mínimo de 12 meses de antigüedad, las modificaciones a ésta y/o a sus estatutos, que en su caso haya tenido a la fecha de la solicitud, debidamente protocolizada ante Fedatario Público;

3          Acta de asamblea en la que conste la designación de su representante legal o el poder que otorga las facultades suficientes para realizar actos de administración o de dominio, debidamente protocolizado ante Fedatario Público;

4         Comprobante de domicilio fiscal (recibo de luz, teléfono, predial, agua, constancia de residencia expedida por el ayuntamiento), con una vigencia no mayor a tres meses anteriores a la fecha de solicitud;

5          RFC;

6          Identificación oficial del representante legal vigente (credencial para votar, pasaporte, cartilla del servicio militar nacional o cédula profesional);

7          CURP del representante legal;

8          Acreditar la propiedad o la legal posesión del predio donde instalará el Proyecto, mediante el documento acto jurídico que corresponda, con las formalidades que exija el marco legal aplicable en la materia, debiendo estar inscrito en el Registro Público que corresponda conforme la Ley aplicable y, además de las cláusulas que por ley deban pactarse, deberá contemplar: el destino final de las inversiones, penalización a cargo del propietario en caso de que decida terminar anticipadamente el contrato por causas imputables a él se deba rescindir; la vigencia de este instrumento deberá ser al menos igual a la del periodo de vigencia del convenio de concertación.

9          Listado de productores integrantes de la persona moral solicitante (anexo IV) de las Reglas de Operación del Programa de Fomento a la Agricultura

10        Escrito de libre redacción, a través del cual El/La representante legal manifieste bajo protesta de decir verdad, que su representada cuenta con infraestructura necesaria en su domicilio fiscal y/o en su sede de operación, que le permite utilizar el incentivo para los fines que se autoricen;

Requisitos específicos:

11         Proyecto de inversión con los elementos señalados en el Guión para la formulación de proyectos de inversión de Riesgo Compartido Anexo XXVI de las Reglas de Operación del Programa de Fomento a la Agricultura (entregar original para cotejo y copia de los permisos, licencias o concesiones que correspondan, para operar y/o construir la unidad de producción, conforme la Ley que le resulte aplicable).

Notas:

1.- En caso de haber recibido incentivos en ejercicios anteriores, deberán demostrar que están al corriente de sus obligaciones ante la Secretaría, entregando el original para cotejo y copia del Convenio de Concertación vigente o Acta Finiquito de ese Convenio.

2.- Copia del registro del padrón de solicitantes y beneficiarios de la SADER. Este de acuerdo al artículo 6, numeral III.

3.- Los documentos originales una vez cotejados por el responsable de la ventanilla y generando el registro administrativo correspondiente, le serán devueltos inmediatamente al solicitante.

Para mayor detalle, se recomienda leer los artículos 1, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 100, 101, 102, 103, 104, 105, 106, 107, 108, 109, 110, 111 y 112 de las Reglas de Operación del Programa de Fomento a la Agricultura de la SADER para el ejercicio 2019, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 28 de febrero de 2019 y su modificatorio del día 21 de junio de 2019, donde se mencionan, entre otros, los criterios técnicos de selección y la mecánica operativa para acceder a los apoyos.

G.      Periodo de recepción de solicitudes (plazo).

El periodo para la recepción de solicitudes de apoyo junto con su respectiva documentación soporte, será a partir del Miércoles 16 de octubre de 2019 permaneciendo abierta hasta agotarse la disponibilidad presupuestal.

H.      Recepción de Solicitudes (Los interesados en participar para la obtención de los apoyos del Componente deberán realizar los siguientes procesos):

  1. Los interesados en recibir incentivos del Componente Riesgo Compartido, podrán efectuar el pre-registro de su solicitud en línea a través del Sistema Único de Registro de Información, en la página www.gob.mx/firco en la sección Ligas de Interés apartado SURI_FIRCO 2019 Riesgo Compartido.
  2. Los interesados deberán presentar la Solicitud de Incentivo del Programa de Fomento a la Agricultura (Anexo I de las Reglas de Operación de la SADER) junto con los requisitos que se mencionan anteriormente, en la Gerencia Estatal del Fideicomiso de Riesgo Compartido en la entidad federativa donde se vaya a realizar el proyecto.
  3. La ventanilla recibirá la solicitud y documentos de acuerdo a los requisitos generales y específicos del Componente, verificará que estén completos y cotejará los documentos originales con las copias, devolviendo los originales al interesado. Si al solicitante le faltara algún(os) requisito(s) de los señalados en las Reglas de Operación, se le hará de conocimiento, invitándole para que los presente completos a la brevedad dentro del plazo de ventanilla vigente dando así la solicitud por no presentada y el trámite como no iniciado.
  4. El solicitante deberá proporcionar una cuenta de correo electrónico, para que en lo sucesivo todas las notificaciones relacionadas con el trámite de incentivo de Riesgo Compartido, se hagan a dicha cuenta.
  5. Cuando los requisitos estén completos, la ventanilla le entregará un acuse de recepción de documentación completa con folio de registro el cual deberá conservar para el seguimiento de su solicitud, dando así inicio al trámite para concursar por incentivos del Componente.
  6. La ventanilla integrará un expediente con la documentación presentada por el solicitante y verificará la pertinencia de los documentos entregados por el solicitante. En caso de identificar alguna inconsistencia en la documentación presentada, se emitirá una notificación vía electrónica a la cuenta de correo señalada por el solicitante en la solicitud de incentivos, en la que se señalen dichas inconsistencias, otorgándole por única vez un plazo perentorio de diez días hábiles para que subsane dichas inconsistencias y presente los documentos adecuados nuevamente en la ventanilla. De no hacerlo así, la solicitud se dará por cancelada y el trámite por concluido, notificando de ello al solicitante vía electrónica a la cuenta de correo señalada por éste en su solicitud de incentivos.
  7. Una vez, cumplido el plazo perentorio otorgado, si los elementos documentales de cualquiera de los requisitos no se apegan a lo establecido en las Reglas de Operación, la solicitud se dará por cancelada y el trámite por concluido, notificando de ello al solicitante vía electrónica a la cuenta de correo señalada por éste en su solicitud de incentivos.
  8. Si los elementos documentales de los requisitos se apegan a lo establecido en las Reglas de Operación, se procederá con el dictamen Técnico-Financiero del proyecto.
  9. La Gerencia Estatal, realiza el análisis de los elementos descritos en el documento del proyecto presentado por el solicitante, considerando la congruencia de su contenido, los conceptos de inversión, la solución técnica y los costos, entre otros.
  10. La Gerencia Estatal dictaminará la solicitud, si el resultado es no favorable, notificándolo al solicitante vía electrónica, cancelando la solicitud de incentivos y dando el trámite por concluido.

Nota: No obstante, en caso de que su solicitud sea cancelada y la ventanilla correspondiente al Componente Riesgo Compartido continúe abierta, el interesado podrá iniciar un nuevo trámite para concursar por los incentivos de este Componente.

  1. Ventanilla (lugar y horario).

El Fideicomiso de Riesgo Compartido en calidad de Unidad Responsable e Instancia Ejecutora, recibirá las solicitudes de apoyo y demás documentos para el Concepto de incentivo Riesgo Compartido, en las oficinas de las Gerencias Estatales, cuya ubicación se encuentra publicada en la página electrónica https://www.gob.mx/firco sección Acciones y Programas, de lunes a viernes en el horario de 9:00 a 14:30 hora centro, en días hábiles.