La trata de personas afecta prácticamente a todos los países, ya sea como punto de origen, tránsito o destino. En la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos, están contempladas 11 modalidades:

Se entenderá por explotación de una persona a:

  1. La esclavitud.
  2. La condición de siervo.
  3. La prostitución ajena u otras formas de explotación sexual.
  4. La explotación laboral.
  5. El trabajo o servicios forzados.
  6. La mendicidad forzosa.
  7. La utilización de personas menores de dieciocho años en actividades delictivas.
  8. La adopción ilegal de persona menor de dieciocho años.
  9. El matrimonio forzoso o servil.
  10. Tráfico de órganos, tejidos y células de seres humanos vivos.
  11. Experimentación biomédica ilícita en seres humanos.

Puedes checar la ley completa aquí (liga)

http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGPSEDMTP_190118.pdf

A quien o quienes cometan toda acción u omisión dolosa para captar, enganchar, transportar, transferir, retener, entregar, recibir o alojar a una o varias personas con fines de explotación se le impondrá de 5 a 15 años de prisión y de mil a veinte mil días multa, además de las sanciones que correspondan para cada uno de los delitos cometidos, previstos y sancionados en la Ley contra la trata y en los códigos penales.

Si eres víctima, pide ayuda; si eres testigo, denuncia.

Acércate a la Fiscalía Especial para los Delitos de Violencia Contra las Mujeres y Trata de Personas (FEVIMTRA) a través de:

- Número 01 800 00 854 00. Servicio gratuito y confidencial.                       

- Página web www.gob.mx/pgr

- Oficinas en Río Elba No. 17, Col. Cuauhtémoc, Del. Cuauhtémoc, C.P. 06500, México, D.F.

Prevenir la Trata está en manos de todas y todos.